martes, 17 de septiembre de 2019

Funciones de la Secretaria Docente. Decreto 2299/11


Secretaría Provincia de Buenos Aires
Artículo 60. Es el personal docente jerárquico, integrante del equipo de conducción, que tiene a su cargo los aspectos técnicos-administrativos del Proyecto Institucional con arreglo a las previsiones de los artículos 36, 37, y del 44 al 46 del presente Reglamento.
TAREAS DEL SECRETARIO
Artículo 61. Las tareas del Secretario, enmarcadas en las previsiones de los artículos 38 al 42 y los artículos 47 y 48 del presente reglamento, son:
1. Actuar, en el ámbito de su competencia, con el fin de promover el derecho a la educación en los términos establecidos por la Ley N° 13.688 y los diseños curriculares vigentes.
2. Asumir las acciones acordadas en el marco del Proyecto Institucional para la conducción en equipo que prescribe este Reglamento.
3. Cumplimentar los procedimientos administrativos de la institución que tenga a su cargo.
4. Observar y comunicar al director toda situación de relevancia institucional, relacionada con su función, y proponer las innovaciones que considere oportunas.
5. Hacerse cargo de las acciones acordadas en el marco del Plan de Continuidad Pedagógica, tomando secciones a su cargo cuando corresponda.
18.Acompañar rotativamente las delegaciones escolares del establecimiento cuando sea menester participar de actos públicos patrios y/o fijados por el calendario escolar.
19.Ejecutar las acciones necesarias para dar cumplimiento a las propuestas de naturaleza socioeducativa y comunitaria de este reglamento, del Proyecto Institucional y sus planes de Continuidad Pedagógica y de Prevención del Riesgo.
21. Confeccionar y suscribir las certificaciones académicas y títulos del Nivel o Modalidad en que se desempeña.
22. Participar en la articulación de las comunicaciones institucionales.
23. Supervisar y registrar el cumplimiento de las tareas administrativas que corresponden a cada puesto de trabajo en el marco del Proyecto Institucional.
24. Ejecutar las acciones necesarias para dar cumplimiento a las propuestas de naturaleza socioeducativa y comunitaria de este reglamento y del Proyecto Institucional.
25. Acompañar rotativamente las delegaciones del establecimiento cuando sea menester participar de actos públicos patrios y/o fijados por el calendario escolar.
26. Cumplir las tareas que se le asignen en el marco del Proyecto Institucional y en tanto guarden relación con la naturaleza y competencia de su cargo y se funden en razones de promoción de derechos de los alumnos.
OTROS CARGOS DE CONDUCCIÓN EN LA INSTITUCIÓN
PROSECRETARIO
Artículo 62. Es el personal docente jerárquico, que colabora con el Secretario en la tarea técnico administrativa.
Artículo 63. Realiza en el marco de las prescripciones de los artículos 36, 37, las tareas enumeradas en el artículo 61 excepción hecha de las establecidas en los incisos 5, 16 y 20, las que también ejecutará cuando asuma las funciones de Secretario del servicio por ausencia del mismo. En relación al Contralor suministrará los insumos necesarios para su confección.
Decreto 2299/11 para Ver y Descargar
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jueves, 12 de septiembre de 2019

Paulina Calderón: “la propuesta innovadora de las escuelas generativas se orienta a promover un aprendizaje significativo motivando la creatividad, la libertad”. San Luis




1. ¿Porqué Escuelas Generativas?
El concepto de escuela generativa se inspira en la corriente de arte generativo, entendida como una práctica en la que el artista inicia su obra en libertad y de manera impredecible para lograr una obra de arte completa [1] . Hablar de escuela “generativa” implica pensar en las y los estudiantes como un punto que inicia un recorrido en total libertad, descubriendo distintas maneras de aprender junto con docentes capacitados para acompañarlos: “Para lograr el crecimiento personal y diferenciado de cada uno de los alumnos es fundamental que se genere un ámbito de libertad, imprescindible para la creación y el estudio: ámbito en el que reinará naturalmente la alegría que nace en el plano del espíritu cuando éste puede expresarse” (Labanca, 2010, p.39).[1] Al respecto, el concepto “escuelas generativas” ha sido patentado a nombre de su creador, el Gobernador de San Luis Dr. Alberto Rodríguez Saá quien relata sobre el arte generativo en relación con las escuelas: “Uno puede hacer un punto sobre el papel. No sabes cómo sigue, pero empezó a pintarse. Y eso luego llega a ser una obra de arte. Nosotros hoy sabemos que estamos acá, mañana no sabemos cómo sigue, pero si sabemos algo, que al finalizar vamos a tener obrasde arte. De cada alumno de las escuelas generativas vamos a hacer una obra de arte. Que el alumno sea feliz en la escuela, esa es la obra de arte. Eso es lo que tenemos que hacer”.
2) ¿Qué paradigma educativo se quiere implementar?
Las escuelas generativas son una alternativa que pretende dar más y mejores oportunidades a niños, niñas y jóvenes en la obligación del Estado de garantizar su derecho a la educación. Son escuelas públicas, gratuitas e inclusivas que replantean el sentido auténtico de la educación y de los aprendizajes reconociendo que los estudiantes llegan a las escuelas con un “capital cultural incorporado” e historias de vidas muy diferentes, lo que obliga de alguna manera a pensar estrategias que contemplen esta diversidad como condición inherente a la sociedad actual. Son instituciones que respetan y promueven la heterogeneidad porque toman al estudiante como centro, reconociendo quiénes son, cómo aprenden, cuáles son sus intereses, sus debilidades y fortalezas, sus entornos culturales y sociales.
3) ¿Cuáles son los objetivos de las Escuelas Generativas?
Desde los fundamentos normativos, la Convención Internacional de los Derechos del Niño establece en el artículo 28 que los Estados deben “adoptar medidas para fomentar la asistencia regular a las escuelas y reducir las tasas de deserción escolar”. Las escuelas generativas se enmarcan en esta línea fomentando nuevos espacios de enseñanza/aprendizaje para asegurar la inclusión de toda la población escolar en el Sistema Educativo Provincial. A su vez, el artículo 29 de la Convención menciona que uno de los objetivos de la educación como derecho es que el Estado debe incentivar el desarrollo de “la personalidad, las aptitudes y la capacidad mental y física del niño hasta el máximo de sus posibilidades”.
La propuesta innovadora de las escuelas generativas se orienta a promover en los niños, niñas y adolescentes un aprendizaje Significativo motivando la creatividad, la libertad, la solidaridad, la diversidad y el respeto por la diferencia, la originalidad, entre otros valores.
4) En San Luis: ¿Cuáles son nuevas formas de hacer y pensar con esta nueva forma de aprender?
Como innovación real y efectiva, las escuelas generativas se caracterizan por:
– Nuevas formas de gestión institucional: son escuelas de gestión social impulsadas por distintos tipos de organizaciones sociales como clubes, asociaciones civiles sin fines de lucro y organizaciones no gubernamentales, etc. Se trata de nuevas configuraciones institucionales en el sistema educativo que  tienen como característica central la gratuidad de los servicios que prestan y el haber sido creadas para atender a sectores de la población en situación de vulnerabilidad social; asimismo, son estructuras horizontales, pasan de la autoridad presumida a la creatividad colectiva. “Se las visualiza como espacios de inclusión social con un fuerte acento en los aspectos comunitarios y en su capacidad de generar innovaciones en las formas de gestión, para garantizar la permanencia de la población en el sistema educativo”.
Los clubes deportivos más importantes de la provincia han asumido el desafío de poner en marcha una escuela generativa promoviendo un sentido de pertenencia nunca antes visto en otras instituciones: los estudiantes van a la escuela al mismo lugar en donde entrenan y practican deportes. Claramente se apropiaron del espacio escolar porque es una alternativa que no sólo los contiene, sino que los considera parte esencial del aprendizaje.
– Nuevo diseño de los espacios de aprendizaje: la arquitectura de las escuelas generativas propone una nueva disposición de los espacios: no hay aulas y prevalece la dinámica colectiva con lugares multifuncionales, abiertos y luminosos.
Canchas de básquet, bajo tribunas de estadios de fútbol, salones multiusos y espacios verdes al aire libre se complementan con mobiliario innovador, cómodo y flexible generando entornos de aprendizajes más cálidos y motivadores. San Luis hace la diferencia continuando y profundizando el compromiso de inversión en la educación pública, apostando por nuevas variantes de infraestructura escolar.
En este escenario, el eje es mantener la escuela pero romper con la prisión del aula entendiendo que TODOS podemos aprender en cualquier momento y en cualquier lugar; el aprendizaje no se reduce a los ámbitos formales de educación históricamente conocidos. Podemos extender el aula y prolongar el horario escolar, incluso, a escenarios virtuales.
– Nuevos modos de interacción social y de utilizar el tiempo: las escuelas generativas se orientan a la combinación de distintas estrategias y recursos de  enseñanza-aprendizaje, promoviendo variantes en la distribución de tiempos y organización de espacios que contemplan las necesidades, inquietudes e intereses de los alumnos. Cada escuela cuenta con una matrícula aproximada de 120 estudiantes, son no graduadas y se trabaja con la dinámica de un docente cada 20 alumnos. Se propicia el trabajo por proyectos integrados que permiten el abordaje de contenidos articulando saberes de diversas áreas, a partir de ejes temáticos, juegos interactivos, saberes emergentes, situaciones problemáticas contextualizadas, entre otros recursos. La pedagogía es adaptable, cobra las formas de las necesidades de cada grupo y cada alumno. Es una pedagogía plástica, no un formato uniforme para todos.
“Trabajan en grupos, por actividades, por proyectos, no son guiados por un currículum fijo. El currículum está implícito. Mientras aprenden a hacer, mientras experimentan, todo fluirá. Los contenidos se adquirirán casi inconscientemente. De pronto habremos descubierto que hacíamos matemáticas mientras analizábamos las estadísticas de visita a nuestro blog” (Rivas, p.135, 2014). Las y los estudiantes no son pasivos reproductores, inventan, proponen, investigan, prueban; en este sentido, el programa es incierto, puede variar día a día y la propuesta es crear condiciones para que se exprese en un proceso creativo; de hecho, al comprobar que una experiencia vital recorre el edificio escolar, nadie quiere faltar y perderse de aprender.
Gracias Ministra.
Perfil de María Paulina Calderón.
María Paulina Calderón terminó la secundaria en la Escuela Normal “Juan Pascual Pringles”, con orientación administrativa, en 1995, con 6 años de estudios fundamentales de francés en la Alianza Francesa San Luis.
Estudió en la Universidad Nacional de Córdoba donde obtuvo el título de licenciada en Filosofía, en 2001. Cursó leyes en la Universidad Católica de Salta, donde egresó como abogada en 2016. Entre los numerosos cursos de especialización y postgrados, se destacan los de Epistemología y Sociología Política realizado en la FICES UNSL, en el 2002.
Su experiencia docente abarca desde la enseñanza primaria a universitaria. La Facultad de Filosofía y Humanidades, el Instituto de Formación Docente Continua y la Universidad Nacional de los Comechingones fueron los ámbitos donde desempeñó su labor por espacio de 19 años (1999 a marzo de 2018).
En la función pública, ejerció diferentes cargos en el Ministerio del Progreso, Medio Ambiente, Campo y Producción y en Educación en el cual ingresó en 2005. Desde julio de 2017, se desempeñaba en el cargo de jefa del Programa Innovación Educativa.
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lunes, 9 de septiembre de 2019

Proyecto “Alfa”. Provincia de Buenos Aires

a Dirección Provincial de Psicología Comunitaria y Pedagogía Social creó el proyecto “Alfa” con el objetivo de enriquecer el proceso de alfabetización de más de 8500 alumnos de 4º, 5º y 6º año de educación primaria que no afianzaron prácticas convencionales y autónomas de lectura y escritura
La Plata, septiembre, de 2019. En el año 1966, la UNESCO proclamó el 8 de septiembre como Día Internacional de la Alfabetización, con el propósito de recordar a la sociedad la importancia de “tomar conciencia de la problemática social del analfabetismo como clara manifestación de injusticia social”.  En este marco, el Calendario Escolar de la Provincia de Buenos Aires no sólo adhiere a la celebración de este día, sino que compromete a todo el sistema educativo a trabajar de manera sostenida para que la alfabetización se constituya en una realidad que avanza y se concreta en todo el territorio.
En la actualidad, la alfabetización es mucho más que la habilidad para leer y escribir. Este concepto se ha visto modificado, entre otras razones, por los cambios acelerados en los patrones de comunicación. Es por ello que, antes que hablar de analfabetos o alfabetizados, hacemos referencia a distintos niveles y usos de las competencias de alfabetización, de acuerdo al contexto en el que se presenten. Es decir, no se trata de una competencia única que la persona posee o no posee, sino que estamos ante competencias múltiples”, afirma Ilda Dominguez, Directora Operativa de la Dirección Provincial de Psicología Comunitaria y Pedagogía Social de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires.
En este marco, la Dirección Provincial de Psicología Comunitaria y Pedagogía Social lanzó “Alfa”, una propuesta de alfabetización cuyo objetivo es enriquecer la trayectoria escolar de alumnos de 4º, 5º y 6º año de educación primaria (segundo ciclo) que aún no afianzaron prácticas convencionales y autónomas de lectura y escritura. A través de este proyecto de acompañamiento, se espera que estos alumnos  y continúen su trayectoria escolar con mejores resultados.
En primer lugar, Mediante un protocolo de actividades, se evaluaron competencias de lectura, tales como lectura de instrucciones, identificación de información y la realización de inferencias a partir de lo leído; y también de escritura de palabras, ortografía y coherencia en la producción de textos. Además, se establecieron distintos niveles de evaluación para categorizar los resultados. Este protocolo actualmente están siendo acompañados por los equipos de orientación.
Según  relevamiento, más del 40% cuenta con sobreedad, es decir que ya han Es por ello que, desde la Dirección Provincial de Psicología Comunitaria y Pedagogía Social setres cuadernillos para el alumno y un material para el docente con orientaciones didácticas. A partir de estos materiales, los la realidad y posibilidades de organización de cada escuela. La propuesta contempla agrupamientos flexibles y la opción de trabajar en diferentes espacios dentro y fuera del aula.
“Alfa” permite a cada escuela hacer un seguimiento nominalizado de cada estudiante. De este modo, el acompañamiento es personalizado y es posible monitorear el avance de cada uno de los alumnos. Estos datos luego son enviados al Nivel Central para ser relevados y sistematizados por escuela y año.
Acerca de la Dirección de Psicología Comunitaria y Pedagogía Social
La Dirección de Psicología Comunitaria y Pedagogía Social depende de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires. Su objetivo es que cada chico y cada chica de la Provincia esté en condiciones de aprender y convivir con sus pares en un clima escolar favorable. Impulsan el trabajo en equipo entre diferentes actores de la comunidad educativa en el ámbito provincial, regional, distrital e institucional para construir colectivamente modos cotidianos de abordaje de situaciones pedagógicas y de convivencia en relación con la psicología. Para ello realiza relevamientos, diagnósticos, elaboramos instrumentos y desarrolla contenidos para garantizar que el trabajo y las intervenciones en el sistema educativo avancen en la dirección de la protección y promoción de derechos.
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miércoles, 4 de septiembre de 2019

Provincia de Buenos Aires: Jubilaciones Sacá un turno online y recibí asesoramiento personalizado

Hace unos meses, la Dirección General de Cultura y Educación bonaerense lanzó el portal de la Dirección de Jubilaciones y Certificaciones: un sitio que posibilita acelerar los trámites de miles de docentes y auxiliares.
Una de las novedades de la web es la posibilidad de sacar turno de manera online, seleccionando una fecha para ser asesorado en forma personalizada. Se trata de una herramienta muy útil, que evita traslados en vano y largas esperas. ¡Más de 4.000 agentes ya sacaron su turno digitalmente!
Descubrí el turnero: https://turnosjubi.abc.gob.ar/web/
La flamante página de Jubilaciones, además, ofrece todo lo necesario para resolver los trámites de manera rápida: las diferentes planillas para aquellos que aún no se digitalizaron, un tutorial en video para conocer paso a paso cómo gestionar la jubilación de forma virtual, un segmento de preguntas frecuentes y un espacio para realizar consultas.
Entrá al sitio e informate de todo sin moverte de tu casa: http://abc.gob.ar/jubilaciones/
Es importante destacar que el sistema virtual significa un gran avance, debido a que le permite al agente acceder a su jubilación en un plazo de 90 días, hacerlo desde su distrito y sin perder la cobertura de Ioma.
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sábado, 31 de agosto de 2019

LICENCIA POR VIOLENCIA DE GENERO ART 114 M 11 V.G.


CADENA N°  313  /2019PARA: 
todos los NIVELES Y MODALIDADES
Referencia:LICENCIA POR VIOLENCIA DE GENERO ART 114 M 11 V.G.
 Caseros,  26 de AGOSTO  de 2019
A LOS EQUIPOS DE CONDUCCIÓN:
Por la presente la AD da difusión a los Comunicados recibidos desde la DGAD sobre la licencia 114 M 11 V.G. (violencia de genero)
Se utilizara el formulario de 114 comun y se indica 114M11  VG
Tambien se envia otro formulario de pedido de licencia por 114 M11 VG
Debe acompañarse con documentación probatoria de la situación
Nota con emisión de criterio de Directivo y del Inspector
Se deberá elevar todo a la SAD para formar un  legajo y elevar como solicitud de expediente para  aprobación de licencia en un folio oficio.
Se adjuntan comunicados y formularios referidos a este tipo de licencia
NO-2019-12988454-GDEBA-SSEDGCYE (1) comunicado licencia violencia 14893 (3)
PERSONAL DOCENTE LIC 114-115
SOLICITUD LICENCIA VIOLENCIA DE GENERO LEY 14893 (1)
ME-2019-13046708-GDEBA-SSEDGCYE
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sábado, 24 de agosto de 2019

Comunicación "Semana de la ESI"


Comunicación Semana de la ESI 2019, a llevarse a cabo del 26 al 30 de agosto.

Semana de la ESIhttps://sites.google.com/site/jefaturamonte2/Jornada%20institucional%2012%20de%20noviembre.%20Dispositivo%20de%20trabajo.pdf?attredirects=0&d=1
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viernes, 16 de agosto de 2019

El Psicopedagogo



La necesidad de conocer sobre la psicopedagogía despierta cada vez mayor interés, a medida que la actividad psicopedagógica se despliega, dada la gran cantidad de consultas, a partir de determinadas situaciones escolares y de derivaciones de parte de los pediatra, docentes, psicologos, fonoaudiologos,  porque es una actividad que se desarrolla con mucho trabajo interciplinario.      La Universidad del Salvador (USAL), en Argentina, fue pionera, pues la primera carrera de grado de Psicopedagogía en Latinoamérica forma parte de su Acta Fundacional del 2 de mayo de 1956, en Buenos Aires. El 17 de septiembre de 1982 se fundó la Federación Argentina de Psicopedagogos (FAP) en una reunión convocada por el Colegio Profesional de Psicopedagogos de San Juan. En su  Acta de Fundación Nº 1 de ese día, se estableció la fecha como Día Nacional de Psicopedagogo,
La función del psicopedagogo apunta fundamentalmente a realizar intervenciones dirigidas a ayudar a superar las dificultades y problemas que encuentran los alumnos cuando llevan a cabo nuevos aprendizajes. La psicopedagogía es aquella disciplina que se ocupa de abordar los comportamientos de las personas y los fenómenos psíquicos en el marco educativo.
La Psicopedagogía surge como disciplina científica a mediados de siglo XX, destacando el valor de la interdisciplina. A diferencia de un maestro que focaliza en el afianzamiento de contenidos escolares, el psicopedagogo busca instalar en el niño, mediante recursos compensatorios a sus problemas de aprendizaje, estrategias eficaces que le permitan aprender en forma autónoma y eficiente.
Su labor está basada en el conocimiento del perfil cognitivo de las habilidades, destrezas y competencias del menor; potenciando las que ya posee, habilitando las que no tiene y rehabilitando las que  por alguna u otra razón  haya perdido, ( afasia, mutismo selectivo, etc).El rol del psicopedagogo, debe ser dinámico y ajustarse a los cambios necesarios, de acuerdo a las filosofías que como familia y escuela se plantee, por eso las exigencias actuales en el ámbito educativo sobre la inclusión,  incentivan al psicopedagogo a redoblar esfuerzos por generar el trabajo en equipo.
Las funciones de un psicopedagogo dentro del aula son las siguientes:
  • Asumir un rol de colaborador del profesor y de los alumnos como una persona recurso.
  • Apoyar con estrategias específicas a los alumnos.
  • Registrar los procesos individuales de riesgo.
  • Los alumnos con riesgo.
  • Tomar en cuenta los aporte de los alumnos, docentes de todos los niveles y modalidades del Sistema y comunidad, que favorecen un ir haciendo con el otro y no por el otro o para el otro.
  • En la integración de alumnos con necesidades educativas especiales.
  • Asesorar a padres y familias
Fuera del aula un Psicopedagogo debe cumplir las siguientes funciones:
  • Asumir un rol de persona recurso junto al docente.
  • Evaluar psicopedagógicamente a los estudiantes con riesgo.
  • Proponer un plan de intervención específico para cada alumno.
  • Se trabaja en sesiones de apoyo de 45 minutos (hora pedagógica)
  • Se manejan técnicas e instrumentos de evaluación ya sea estandarizados o informales  los que aplica antes, durante y después de su intervención.
Monitoreo permanentemente  el proceso de intervención psicopedagogica
La psicología es la ciencia que estudia el comportamiento y los procesos mentales en general. Durante años ha sido una disciplina increíblemente extensa que ha pertenecido en parte tanto a las ciencias sociales como al mundo de las ciencias basadas en la biología, y en los últimos tiempos ha estrechado lazos con las neurociencias para entender mejor quiénes somos y por qué actuamos tal y como lo hacemos.
La psicopedagogía, por su parte, es mucho más específica y se centra un una parcela muy concreta de la experiencia humana: el aprendizaje y la educación, tanto en la infancia como en la adolescencia y la adultez. Eso significa que considera temas secundarios, por ejemplo, el estudio de la consciencia, la toma de decisiones o la intervención clínica sobre psicopatologías; solo se abordan desde las implicaciones que tienen para el proceso educativo.
Existen psicopedagogos dedicados al aprendizaje laboral (recursos humanos), otros orientados hacia la institución escolar (gabinete escolar) y por último los orientados al abordaje clínico-particular.

“Si la ayuda y la salvación han de llegar sólo puede ser a través de los niños» Porque los niños son los creadores de la humanidad» María Montessori (1870-1952) educadora y médica italiana.





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domingo, 11 de agosto de 2019

El Perfil del Inspector de Enseñanza




La Ley de Educación Provincial 13.688 establece la responsabilidad de todos los agentes del sistema de garantizar las condiciones para el acceso a la educación, siendo el Inspector un actor fundamental en el entramado del Sistema Educativo provincial. En su artículo 74 indica que ¨(…) Dicha función constituye un factor fundamental para asegurar el derecho a la educación, teniendo como fin la atención de los aspectos pedagógicos y administrativos que inciden en la calidad de los procesos escolares.
El Inspector, en su función político pedagógica, establece enlaces dentro del Sistema Educativo. A partir de ello releva y construye información cuantitativa y  cualitativa, con el objetivo de transformarla en insumos indispensables para favorecer la articulación entre los Niveles y Modalidades, en pos de garantizar un modelo de educación inclusiva.
La escuela es el espacio público donde se produce el encuentro cotidiano entre estudiantes, docentes y conocimiento, donde se deben generar las mejores condiciones de enseñanzas que garanticen el desarrollo de las trayectorias educativas continuas, centralizando la mirada en cada estudiante y sus particularidades. En este contexto, la intervención del inspector debe estar orientada a “detectar logros y dificultades, resolución reflexiva de problemas y
  orientación hacia apoyos especializados para lograr la concreción de las metas de la Política Educativa en todas las escuelas de las Provincia (art.75).”[1]
Tomando el informe de la UNESCO de la Comisión Internacional sobre la Educación para el siglo XXI, se establecen cuatro pilares de la educación del futuro: aprender a conocer, aprender a hacer, aprender a vivir juntos y aprender a ser. En este marco es labor del Inspector de Enseñanza acompañar a los actores institucionales en el desarrollo de competencias personales y sociales que permitan asegurar en los estudiantes una educación integral. [2]
El perfil del Inspector de Enseñanza del Nivel Primario
Es prioridad de la Dirección de Educación Primaria enfatizar la función pedagógica didáctica del Supervisor. Éste se ve provisto de una formación especializada que lo constituye como profesional, permitiéndole mirar y leer las dinámicas institucionales en clave con el marco teórico y normativo que regula al Nivel.
En este sentido, se le reconoce al inspector un lugar estratégico dentro del Sistema Educativo, en tanto y en cuanto pueda detectar lo que permanece oculto, visibilizarlo y transformarlo en una práctica educativa tendiente al desarrollo de una institución escolar, donde la inclusión con calidad, la democratización del conocimiento y el buen clima escolar sean los principios estructurantes. Esta Dirección de Educación Primaria concibe la tarea del inspector como una práctica que favorece la enseñanza y el aprendizaje de todos los actores bajo el área de supervisión. Si asume la función de acompañante pedagógico se constituirá en animador y coordinador del trabajo en equipo.
Desde su función comunicacional se concibe al inspector como un productor de prácticas  sociales, de sentidos y significados, reconociendo al otro en una relación dialógica, que lo retome  en toda su subjetividad. Es prioritario que lo invite a expresarse y a incorporar prácticas y valores que enriquezcan su práctica cotidiana.
La presencia del supervisor en las instituciones del nivel primario debe tender a facilitar la problematización de lo ya sabido, de la rutina instalada, de las prácticas obstaculizadoras de los procesos de enseñanza y de aprendizaje. De esta manera promoverá, nuevas miradas que permitan establecer otras relaciones, no desde una posición de control ni remarcando lo que no está bien, sino desde un marco teórico que acompañe en la revisión de las prácticas con la incorporación de estrategias innovadoras.
El trabajo del inspector demanda el desarrollo de habilidades que puedan incidir en facilitar la comprensión y la acción sobre la realidad en la que se actúa. Dichas habilidades tienen que ver con estrategias facilitadoras de la comunicación, el intercambio de saberes y la promoción del trabajo en equipo.
En síntesis, desde la Dirección de Educación Primaria se espera que quien aspire a cumplir la función de Supervisor de Enseñanza, logre apropiarse del rol como un funcionario responsable que responda a los lineamientos de la Dirección General de Cultura y Educación.

Acciones que debe efectuar el inspector de enseñanza:
 Enlazar los lineamientos emanados del Nivel Central y su implementación en las escuelas.
  • Diseñar su propio PES, en relación con el PI de cada una de las instituciones que acompaña, con el PED y el PER correspondiente.
  • Facilitar la consolidación de equipos de trabajo inter e intra institucionales.
  • Garantizar la articulación entre niveles, modalidades, organismos distritales e instituciones.
  • Promover innovaciones educativas y procesos de mejora institucional.
  • Acompañar en la consolidación de la autonomía institucional y la elaboración de su proyecto pedagógico.
  • Participar de los procesos de enseñanza y aprendizaje de los estudiantes que integran su área de supervisión.
  • Orientar y acompañar en la implementación de la actualización de  los Diseños Curriculares.
  • Promover procesos de autoevaluación institucional, poniendo especial énfasis en la implementación del Régimen Académico del Nivel.
  • Construir un liderazgo basado en su saber pedagógico.
  • Demostrar habilidad en la toma de decisiones para la resolución de conflictos.
  • Conocer, difundir y garantizar la implementación de Planes y Programas Nacionales y Provinciales que apunten a enriquecer las propuestas pedagógicas y mejoren los índices de inclusión.
  • Facilitar espacios de encuentro para la revisión colectiva de prácticas institucionales.
  • Inspirar procesos de crecimiento, conocimiento y desarrollo profesional.
  • Asesorar pedagógicamente  a los equipos de conducción.
  • Intervenir pedagógicamente a partir de sus visitas institucionales.
  • Supervisar los estados administrativos escolares y orientar en el marco de la normativa al respecto.
  • Garantizar el seguimiento y monitoreo de la sistematización de sus intervenciones y sus resultados en el territorio.
¨La gestión escolar (…) que se centra en hacer de la escuela un proyecto y gestar su mejora, es un asunto complejo y multidimensional. Se requiere un saber hacer, un poder hacer y un querer hacer que no pueden agotarse en una actuación meramente técnica o de operatividad básicamente política. Por el contrario incluyendo ambas dimensiones, la técnica y la política, se plantea la gestión escolar como una práctica crítica y profundamente vital cuyo sentido último es hacer de una escuela una buena escuela[3] Una buena escuela es aquella donde todos los estudiantes aprenden.
Bibliografía:
 Carriego, Cristina. (2005) Los desafíos de la Gestión Escolar. Una investigación cualitativa. Colección Itinerarios. Editorial Stella. Bs. As.
  • Diseño Curricular para la Educación Primaria. Resolución N? 1482/17.
  • Ley Provincial de Educación Nº 13.688, 2007.
  • Nicastro, Sandra (2006) Revisitar la mirada sobre la escuela. Exploraciones acerca de lo ya sabido. Ed. Homo Sapiens. Bs. As.
  • Régimen Académico del Nivel Primario. Resolución 1057/14
  • Reglamento General de las Instituciones Educativas de la Provincia de Buenos Aires. Decreto 2299/11.
  • Romero, Claudia (2010) Hacer de una escuela, una buena escuela. Evaluación y mejora de la la gestión escolar. Ed. Aique. Bs. As.
  • Williams de Fox, Sonia (2014) Las emociones en la escuela. Propuestas de educación emocional para el aula. Ed. Aique. Bs. As.

[1]  Ley de Educación Provincial 13.688
[2] Citado en ¨Las emociones en la escuela. Propuestas de educación emocional para el aula.” Sonia Williams de Fox. Editorial Aique. Bs. As.
[3] Claudia Romero (2010) Hacer de una escuela, una buena escuela. Evaluación y mejora de la gestión escolar. Ed. Aique. Bs. As.


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sábado, 3 de agosto de 2019

Regimen de Lidencias en la Provincia de Buenos Docentes. Artículo 114




El personal docente tiene derecho a licencias por las siguientes causas:
ARTICULO 114°:
a) Por enfermedad o accidente de trabajo.
b) Por examen médico prematrimonial.
c) Por matrimonio.
d) Por maternidad o adopción.
e) Por nacimiento de hijo.
f) Por atención de familiar enfermo.
g) Por donación de sangre.
h) Por razones de profilaxis.
i) Por unidad familiar o cuidado de familiar a cargo.
j) Por duelo familiar.
k) Por examen médico por incorporación al servicio militar.
l) Por servicio militar o incorporación a reserva de las FF.AA.
ll) Por pre-examen y examen.
m) Por citación de autoridad competente.
n) Por vacación anual.
ñ) Por donación de órganos.
o) Por causa particular.
Licencia Ordinaria por Enfermedad. .1) Personal titular hasta ciento veinte (120) días corridos por año calendario en forma continua o alternada en las siguientes condiciones:
Los primeros veinticinco (25) días con goce íntegro de haberes.
Los treinta y cinco días (35) siguientes con el cincuenta por ciento de haberes.
Los sesenta (60) días restantes sin goce de haberes.
1.2) Personal Docente provisional: gozará de la licencia determinada en este artículo e
incisos, en las condiciones y con los límites allí establecidos, hasta un máximo de veinticinco días
(25) corridos, continuos o alternados, en el año calendario. Cuando el personal Docente provisional alcance una antigüedad mínima de un año en la docencia, gozará de las licencias que se determinen en el presente artículo e inciso, en las mismas condiciones que los Docentes titulares.
1.3) Personal suplente: tres (3) días corridos por cada mes de trabajo completo cumplidos en el ciclo lectivo correspondiente hasta un máximo de veinte (20) días corridos por año calendario, computándose el desempeño en el escalafón que corresponda. El personal Docente suplente que alcance una antigüedad mínima de un (1) año en la docencia gozará de las licencias determinadas en el presente artículo e inciso, en las mismas condiciones que el personal titular.
Licencia extraordinaria por enfermedad
En caso de intervenciones quirúrgicas y/o enfermedades que produzcan incapacidad laboral invalidante por tiempo prolongado, de conformidad con lo determinado por la Junta Médica correspondiente. Esta licencia se otorgará independientemente de los plazos establecidos en 1.2.1. Personal titular con menos de cinco años de antigüedad: hasta setecientos veinticinco (725) días corridos en forma continua o alternada en las siguientes condiciones:
Los primeros trescientos sesenta y cinco (365) días con goce íntegro de haberes.
Cuando la incapacidad laborativa sea total y temporaria y la causa esté directamente vinculada con las patologías que se detallan en 2.8, hasta los 365 días con goce íntegro de haberes, renovables con las mismas condiciones por los días que se determine el organismo médico componente.
Los ciento ochenta (180) días siguientes con el cincuenta por ciento de haberes.
Los ciento ochenta (180) días restantes sin goce de haberes.
2.2. Personal titular con cinco o más años de antigüedad: hasta mil noventa y cinco (1095) días corridos en forma continua o alternada en las siguientes condiciones:
Los primeros trescientos sesenta y cinco (365) días con goce íntegro de haberes.
Cuando la incapacidad laborativa sea total y temporaria y la causa esté directamente vinculada con las patologías que se detallan en 2.8, hasta los 365 días con goce íntegro de haberes, renovables con las mismas condiciones por los días que se determine el organismo médico componente.
Los trescientos sesenta y cinco (365) días siguientes con el cincuenta por ciento de haberes.
Los trescientos sesenta y cinco (365) días restantes sin goce de haberes.
2.3. Por el período completo, sólo se podrá utilizar esta licencia una vez en la carrera Docente.
2.4. El personal que antes de cinco años de antigüedad hubiere agotado el período de setecientos veinticinco (725) días en forma completa, sólo podrá tener acceso a una diferencia de trescientos sesenta (360) días, luego de haber adquirido la antigüedad mínima de los citados cinco años. A dicha cantidad de días se accederá en las siguientes condiciones:
Los primeros ciento ochenta (180) días con el cincuenta por ciento de haberes.
Los ciento ochenta (180) días restantes sin goce de haberes.
2.5. En caso de que el personal Docente arribe a la antigüedad de cinco años, mientras se encuentra utilizando la licencia, podrá continuar y acceder a utilizar un período completo de mil noventa y cinco (1095) días, con la siguiente aclaración para el computo de los días:
Si se encuentra gozando de los primeros trescientos sesenta y cinco (365) días con goce íntegro, el computo hasta agotar los mil noventa y cinco (1095) días continuará normalmente.
Si se encuentra gozando de cualquiera de las fracciones de ciento ochenta (180) días (con el cincuenta por ciento o sin goce de haberes) se realizará la siguiente operación:
DG = Días ya utilizados correspondientes a las fracciones de ciento ochenta (180) días con el
cincuenta por ciento o sin goce de haberes.
TDG = Total de días utilizados con la conversión incluida por la diferencia de períodos.
DEG = Días de licencia que efectivamente le quedan para utilizar, a partir del día en que adquiera
la antigüedad de cinco años. 365 + (DG x 2) = TDG y luego: 1095 – TDG = DEG
2.6. Personal provisional: en iguales condiciones que el personal titular siempre que su duración no exceda de la décima parte de la antigüedad registrada en la Dirección General de Cultura y Educación a la fecha de interposición del pedido.
Cuando la incapacidad laborativa sea total y temporaria y la causa esté directamente vinculada con las patologías que se detallan en 2.8, hasta los 365 días con goce íntegro de haberes, renovables con las mismas condiciones por los días que se determine el organismo médico componente.
2.7. Personal suplente: no gozará de este beneficio, excepto en los casos en que el agente sufriera contagio en el lugar de trabajo de enfermedades infecto – contagiosas (sarampión, rubéola, hepatitis, etc.) situación que siempre deberá ser certificada y/o avalada por la Dirección de Reconocimientos Médicos, sus delegaciones, o delegaciones de la Dirección General de Cultura y Educación.
Cuando se trate de incapacidad laborativa y temporaria directamente vinculada con las patologías que se detallan en 2.8, los Docentes suplentes gozarán de licencia en los términos establecidos en los incisos 2.1.1.1, 2.2.1.1 y 2.6, siempre y cuando el término del otorgamientono exceda los términos de la designación y acrediten haber sido designados en la suplencia con anterioridad al diagnóstico de su patología.
Cada uno de los períodos de esta licencia será acumulable durante toda la carrera Docente a los efectos del cómputo total de la misma, cualquiera sea la situación de revista en que haya sido otorgada.
ISTADO DE PATOLOGÍAS CRÓNICAS (Acuerdo Paritario del 28-02-2008).
Colitis Ulcerosa.
Enfermedad Celíaca.
Enfermedad de Crohn.
Enfermedades metabólicas con afección sistémica con insuficiencia de órganos y sentidos.
Síndrome de Inmunosupresión adquirido.
Pancreatitis Crónica.
Hepatitis B, C y Hepatitis No clasificadas que evolucionan a la cronicidad con insuficiencia hepática.
Insuficiencia Hepática Crónica.
Insuficiencia Renal Crónica.
EPOC (Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica) – Asma Severo Recurrente (que no obedece a tratamiento preventivo).
Neumoconiosis – Insuficiencia Respiratoria Crónica.
Anemias Crónicas: Hemolíticas, Aplásicas, Genéticas.
Agranulocitosis Crónica.
Deficiencias del Factores de la Coagulación (VIII y IX).
Aplasias Medulares Crónicas.
Discracias sanguíneas severas.
Sarcoidosis.
Enfermedades degenerativas del SNC (Sistema Nervioso Central): Demencias o Déficit de esfera cognitiva irreversible.
Enfermedades Desmielinizantes: Esclerosis Múltiple.
Trastornos Extrapiramidales y del movimiento: Parkinson.
Demencias Orgánicas.
Lupus Eritematoso Sistémico.
Artritis Reumatoidea.
Oncológicas (Tumores malignos en tratamiento Quimio-Radio-Hormonoterapia u otra terapia alternativa con el debido respaldo científico, de cualquier sector de la anatomía).
Insuficiencia Cardíaca Crónica.
Dependientes de Oxigenoterapia intermitente.
Dependientes de Traqueotomías, Gastrostomías, Colostomías u otras ostomías de forma intermitente o permanente.
Órganos trasplantados.
RTICULO 115°: CASOS FACULTATIVOS.
a) Por estudio o perfeccionamiento docente.
b) Por representación gremial de acuerdo con las normas vigentes en la materia.
c) Por actividad de interés público o del Estado.
d) Por desempeño de cargos de mayor jerarquía en el sistema educativo.
e) Por desempeño de cargos electivos o representación política.
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domingo, 30 de junio de 2019

Ley 10579 Estatuto del Docente en la Provincia de Buenos Aires: Obligación y Derechos de los docentes




Texto Actualizado con las modificaciones introducidas por las Leyes 10614, 10693, 10743, 12537, 12770, 12799, 12867, 13124, 13141, 13170, 13414, 13936 y 14814.
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY.
ARTICULO 6°: Son obligaciones del personal docente:
a) Desempeñar digna, eficaz y responsablemente las funciones inherentes al cargo.
b) Observar dentro y fuera del servicio donde se desempeñe una conducta que no afecte la función y la ética docentes.
c) Formar a los alumnos en las normas éticas y sociales con absoluta prescindencia partidaria y religiosa, en el amor y respecto a la patria y en el conocimiento y respeto de la Constitución Nacional y la Constitución Provincial.
d) Ampliar su cultura y su formación pedagógica, procurando su perfeccionamiento.
e) Conocer, respetar y cumplir el presente estatuto.
f) Cumplir las normas que se dicten para la mejor organización y gobierno de la enseñanza.
g) Respetar las normas sobre jurisdicción y vía jerárquica en lo docente, administrativo y disciplinario.
h) Declarar bajo juramento los cargos y/o actividades oficiales o privadas computables para la jubilación que desempeñe o haya desempeñado.
i) Declarar y mantener actualizado su domicilio ante el establecimiento o repartición donde preste servicios, el que subsistirá a todos los efectos legales, mientras no denuncie otro nuevo.
j) Declarar en los sumarios administrativos ordenados por autoridad competente siempre que no tuviera impedimento legal para hacerlo.
k) Mantener el secreto, aún después de haber cesado en el cargo, de los asuntos del servicio que por su naturaleza o en virtud de disposiciones especiales sea necesario.
ARTICULO 7°: Son derechos del personal docente titular:
a) La estabilidad en el cargo, categoría, jerarquía y ubicación o destino.
b) La percepción de una remuneración justa, acorde con la responsabilidad y la jerarquía de las tareas que realiza.
c) El ascenso, la permuta y el traslado de acuerdo con las condiciones establecidas en el presente estatuto.
d) El progresivo acrecentamiento de horas-cátedra, hasta el máximo compatible.
e) El cambio de funciones en caso de disminución o pérdida de aptitudes psico-físicas, cuando no se alcancen a cumplir los requisitos establecidos para la jubilación por incapacidad.
f) El conocimiento de las nóminas de aspirantes, de sus antecedentes, y del listado por orden de mérito, en casos de concursos contrataciones, ascensos, acrecentamiento de horas-cátedra y traslados.
g) El derecho a vista en toda actuación en la que sea parte interesada, con las limitaciones que establece el presente estatuto y su reglamentación y leyes aplicables.
h) La defensa de sus derechos mediante las acciones y recursos que este estatuto y demás normas legales establezcan.
i) La concentración de tareas.
j) El ejercicio de su actividad en las condiciones pedagógicas adecuadas.
k) La consideración, por parte de las autoridades, de los problemas que afecten la unidad familiar.
l) El uso de licencias reglamentarias.
ll) El goce de vacaciones reglamentarias.
m) La libre agremiación para la defensa de sus intereses profesionales.
n) El ejercicio sin trabas de todos aquellos que son inherentes a su condición de ciudadanos.
ñ) La obtención de becas para su perfeccionamiento cultural y profesional y la consiguiente licencia si fuera necesario.
o) La participación en el gobierno escolar, integrando los distintos organismos de la Dirección General de Escuelas y Cultura, prevista en este estatuto y leyes pertinentes.
p) La percepción de la indemnización que, por enfermedad profesional y/o accidente sufrido en el o por el acto de servicio, establezcan las leyes que rijan la materia, sin perjuicio de otros beneficios y derechos que legalmente le puedan corresponder.
q) Beneficiarse con los sistemas de asistencia y previsión social que se establezcan y participar en el gobierno que los rige de acuerdo con lo que establezcan las leyes orgánicas de cada entidad.
r) El goce de una jubilación justa.
ARTICULO 8°: El personal docente suplente y provisional gozará de los derechos establecidos en el artículo anterior a excepción de los enumerados en los incisos a), c), d),e), i), k), ñ) y o).
ARTICULO 9°: Las asociaciones gremiales docentes con personería o inscripción gremial, que habiendo cumplimentado los requisitos que la reglamentación establezca, se registren en la Dirección General de Escuelas y Cultura, podrán:
a) Participar en la cogestión en materia educativa integrando con representantes un organismo permanente que tendrá como principal finalidad emitir criterio en las consultas que se le formulen sobre asuntos de interés general, sometida a consideración por las autoridades educativas, o en los temas del mismo nivel que por propia iniciativa genere el organismo, previo a la decisión político-administrativa de la cuestión.
b) Actuar como observadores en los tribunales de clasificación, en los concursos que se realicen y en la comisión permanente de estudios de títulos.
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jueves, 20 de junio de 2019

El rol de los equipos de orientación escolar



Escrito para la Revista por Aida Mireno
¿Quiénes lo integran?? Quiénes lo supervisan?
¿Rol de cada uno de los integrantes?
¿Dónde y cómo trabajan?
Es función de los Equipos de Orientación Escolar desde un enfoque integrado, interdisciplinario y de corresponsabilidad basado en el reconocimiento de la educación como derecho y bien social, proveer e indicar a los adultos responsables de los alumnos información y orientación respecto de los servicios disponibles para modalidades y Centros Educativos Complementarios, se ocupan de la atención, orientación y acompañamiento de niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos con el propósito de contribuir a la inclusión educativa y social a través del …
Los equipos de orientación escolar, con sus diferentes denominaciones, historias institucionales, modalidades de funcionamiento y formas de intervención, trabajan en todas las jurisdicciones del país junto a supervisores, directivos y docentes ante las más diversas situaciones que requieren orientación o apoyo, y en el marco de diferentes políticas y proyectos. Los integrantes de los equipos, con sus saberes provenientes de distintos campos disciplinares, tales como la pedagogía, la psicología, el trabajo social, etcétera, colaboran de manera interdisciplinaria en el sostenimiento de las trayectorias educativas de todos los niños, niñas y adolescentes que habitan nuestras escuelas.
La disposición que regula las intervenciones de los equipos de orientación en las instituciones educativas es la 76/08. En su artículo número 2- expresa” Es responsabilidad de los Equipos de Orientación Escolar de todos los Niveles y Modalidades del Sistema Educativo Provincial la atención, orientación y acompañamiento de niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos a efectos de contribuir, conjuntamente con los otros actores institucionales, a la inclusión educativa y social a través del aprendizaje.”
Los roles que se desempeñan en los equipos de orientación en las instituciones educativas son:
Orientador educacional ( OE), Maestro Recuperador ( MR u  Orientador de los Aprendizajes), Orientador  Social ( OS) , Fonouadióloga (FO o UF) , Médico/a (DO).
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miércoles, 12 de junio de 2019

Nuevo Buscador de Carreras: ¿cómo ayudar a los alumnos a decidir qué estudiar?



Ya está online el primer buscador de cursos y carreras de la provincia de Buenos Aires, con toda la oferta universitaria, terciaria, de formación profesional y de finalización de primaria y secundaria de adultos. La plataforma es una propuesta del programa provincial Orientá tu futuro, que lleva adelante desde 2018 el Consejo Provincial de Educación y Trabajo (Copret) de la Dirección de Escuelas bonaerense.
El buscador está orientado especialmente a los jóvenes, pero puede ser utilizado por personas de cualquier edad que estén interesados en continuar sus estudios de grado. El objetivo es potenciar el desarrollo profesional y educativo de los jóvenes y que puedan obtener información de todas las carreras universitarias, terciarias y cursos de formación profesional gratuitos y con certificación oficial.
El buscador también guía la búsqueda del interesado por distrito y región. En ese sentido, en lo que va del año ya se registraron 111 personas en carreras terciarias técnicas. En ese nivel, la rama de Salud e Higiene es la más elegida. Sigue la Humanística, luego Economía y jurídica, Hotelería Turismo y Gastronomía, Ingeniería en Sistemas y Arte. E
n tanto, las carreras más elegidas en general por los usuarios del buscador son Técnico en Seguridad e Higiene, Enfermería y Trabajo Social.
En Formación Profesional se preinscribieron 1.519 personas a través del buscador y las áreas de interés más elegidas en Formación Profesional son: Arte diseño arquitectura y Construcción, Ciencias Económicas, Ciencias Jurídicas, Salud e Higiene, Hotelería y Turismo e Ingeniería en sistemas.
Orientá tu futuro es un programa del Copret que tiene el objetivo de brindar herramientas de orientación vocacional y ocupacional vinculadas al autoconocimiento, la reflexión sobre intereses y aptitudes, y toda la información sobre carreras y elementos claves para la búsqueda de trabajo.
Desde el año pasado, jóvenes y adultos participaron del presente Programa tanto de manera online a través de los test de orientación vocacional que se realizan en la web https://tufuturo.abc.gob.ar/prehome, como así también de manera presencial en las aulas móviles.
El programa, entre sus propuestas, incluye talleres de confección de CV, realización de test de orientación vocacional, así como el buscador de oferta de carreras universitarias, terciarias y cursos de Formación Profesional de la provincia de Buenos Aires.
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martes, 4 de junio de 2019

SADOP docentes extraprogramaticos, Grilla. 2019



El Sindicato Argentino de Docentes Privados (SADOP), junto al Consejo Superior de Educación Católica (Consudec), la Junta Coordinadora de Asociaciones de la Enseñanza Privada de la República Argentina (Coordiep) y la Asociación de Institutos Libres de Enseñanza en General, firmaron un alza salarial del 65% para todos los docentes extraprogramáticos del país.
El acuerdo entra en vigencia desde el 1 de mayo de 2019, en tanto que en agosto las partes volverán a reunirse, a fin de evaluar una “recomposición de los valores básicos de la escala a tenor de la evolución de los índices económicos a esa fecha”, según indica el acta.
Además, los presentes acordaron continuar trabajando, a fin de poder construir una nueva estructura orgánico funcional, diseñada en base al reconocimiento de los puestos de trabajo vigentes, cargos y funciones.
La última actualización que habían recibido los educadores extraprogramáticos fue dispuesta por el Consejo Gremial de Enseñanza Privada (CGEP), el 3 de mayo de 2017. Luego de eso, SADOP instó en rever las condiciones de este sector, pero los interlocutores se negaban a abrir una instancia de diálogo.
En representación por SADOP asistieron a la firma del acuerdo María Lazzaro (Secretaria General), Jorge Kalinger (Secretario General electo), Pedro Bayúgar (Secretario Gremial) y Marina Jaureguiberry (Secretaria Gremial electa).

 Click para descargar el Acta y Grilla Salarial
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