domingo, 11 de agosto de 2019

El Perfil del Inspector de Enseñanza




La Ley de Educación Provincial 13.688 establece la responsabilidad de todos los agentes del sistema de garantizar las condiciones para el acceso a la educación, siendo el Inspector un actor fundamental en el entramado del Sistema Educativo provincial. En su artículo 74 indica que ¨(…) Dicha función constituye un factor fundamental para asegurar el derecho a la educación, teniendo como fin la atención de los aspectos pedagógicos y administrativos que inciden en la calidad de los procesos escolares.
El Inspector, en su función político pedagógica, establece enlaces dentro del Sistema Educativo. A partir de ello releva y construye información cuantitativa y  cualitativa, con el objetivo de transformarla en insumos indispensables para favorecer la articulación entre los Niveles y Modalidades, en pos de garantizar un modelo de educación inclusiva.
La escuela es el espacio público donde se produce el encuentro cotidiano entre estudiantes, docentes y conocimiento, donde se deben generar las mejores condiciones de enseñanzas que garanticen el desarrollo de las trayectorias educativas continuas, centralizando la mirada en cada estudiante y sus particularidades. En este contexto, la intervención del inspector debe estar orientada a “detectar logros y dificultades, resolución reflexiva de problemas y
  orientación hacia apoyos especializados para lograr la concreción de las metas de la Política Educativa en todas las escuelas de las Provincia (art.75).”[1]
Tomando el informe de la UNESCO de la Comisión Internacional sobre la Educación para el siglo XXI, se establecen cuatro pilares de la educación del futuro: aprender a conocer, aprender a hacer, aprender a vivir juntos y aprender a ser. En este marco es labor del Inspector de Enseñanza acompañar a los actores institucionales en el desarrollo de competencias personales y sociales que permitan asegurar en los estudiantes una educación integral. [2]
El perfil del Inspector de Enseñanza del Nivel Primario
Es prioridad de la Dirección de Educación Primaria enfatizar la función pedagógica didáctica del Supervisor. Éste se ve provisto de una formación especializada que lo constituye como profesional, permitiéndole mirar y leer las dinámicas institucionales en clave con el marco teórico y normativo que regula al Nivel.
En este sentido, se le reconoce al inspector un lugar estratégico dentro del Sistema Educativo, en tanto y en cuanto pueda detectar lo que permanece oculto, visibilizarlo y transformarlo en una práctica educativa tendiente al desarrollo de una institución escolar, donde la inclusión con calidad, la democratización del conocimiento y el buen clima escolar sean los principios estructurantes. Esta Dirección de Educación Primaria concibe la tarea del inspector como una práctica que favorece la enseñanza y el aprendizaje de todos los actores bajo el área de supervisión. Si asume la función de acompañante pedagógico se constituirá en animador y coordinador del trabajo en equipo.
Desde su función comunicacional se concibe al inspector como un productor de prácticas  sociales, de sentidos y significados, reconociendo al otro en una relación dialógica, que lo retome  en toda su subjetividad. Es prioritario que lo invite a expresarse y a incorporar prácticas y valores que enriquezcan su práctica cotidiana.
La presencia del supervisor en las instituciones del nivel primario debe tender a facilitar la problematización de lo ya sabido, de la rutina instalada, de las prácticas obstaculizadoras de los procesos de enseñanza y de aprendizaje. De esta manera promoverá, nuevas miradas que permitan establecer otras relaciones, no desde una posición de control ni remarcando lo que no está bien, sino desde un marco teórico que acompañe en la revisión de las prácticas con la incorporación de estrategias innovadoras.
El trabajo del inspector demanda el desarrollo de habilidades que puedan incidir en facilitar la comprensión y la acción sobre la realidad en la que se actúa. Dichas habilidades tienen que ver con estrategias facilitadoras de la comunicación, el intercambio de saberes y la promoción del trabajo en equipo.
En síntesis, desde la Dirección de Educación Primaria se espera que quien aspire a cumplir la función de Supervisor de Enseñanza, logre apropiarse del rol como un funcionario responsable que responda a los lineamientos de la Dirección General de Cultura y Educación.

Acciones que debe efectuar el inspector de enseñanza:
 Enlazar los lineamientos emanados del Nivel Central y su implementación en las escuelas.
  • Diseñar su propio PES, en relación con el PI de cada una de las instituciones que acompaña, con el PED y el PER correspondiente.
  • Facilitar la consolidación de equipos de trabajo inter e intra institucionales.
  • Garantizar la articulación entre niveles, modalidades, organismos distritales e instituciones.
  • Promover innovaciones educativas y procesos de mejora institucional.
  • Acompañar en la consolidación de la autonomía institucional y la elaboración de su proyecto pedagógico.
  • Participar de los procesos de enseñanza y aprendizaje de los estudiantes que integran su área de supervisión.
  • Orientar y acompañar en la implementación de la actualización de  los Diseños Curriculares.
  • Promover procesos de autoevaluación institucional, poniendo especial énfasis en la implementación del Régimen Académico del Nivel.
  • Construir un liderazgo basado en su saber pedagógico.
  • Demostrar habilidad en la toma de decisiones para la resolución de conflictos.
  • Conocer, difundir y garantizar la implementación de Planes y Programas Nacionales y Provinciales que apunten a enriquecer las propuestas pedagógicas y mejoren los índices de inclusión.
  • Facilitar espacios de encuentro para la revisión colectiva de prácticas institucionales.
  • Inspirar procesos de crecimiento, conocimiento y desarrollo profesional.
  • Asesorar pedagógicamente  a los equipos de conducción.
  • Intervenir pedagógicamente a partir de sus visitas institucionales.
  • Supervisar los estados administrativos escolares y orientar en el marco de la normativa al respecto.
  • Garantizar el seguimiento y monitoreo de la sistematización de sus intervenciones y sus resultados en el territorio.
¨La gestión escolar (…) que se centra en hacer de la escuela un proyecto y gestar su mejora, es un asunto complejo y multidimensional. Se requiere un saber hacer, un poder hacer y un querer hacer que no pueden agotarse en una actuación meramente técnica o de operatividad básicamente política. Por el contrario incluyendo ambas dimensiones, la técnica y la política, se plantea la gestión escolar como una práctica crítica y profundamente vital cuyo sentido último es hacer de una escuela una buena escuela[3] Una buena escuela es aquella donde todos los estudiantes aprenden.
Bibliografía:
 Carriego, Cristina. (2005) Los desafíos de la Gestión Escolar. Una investigación cualitativa. Colección Itinerarios. Editorial Stella. Bs. As.
  • Diseño Curricular para la Educación Primaria. Resolución N? 1482/17.
  • Ley Provincial de Educación Nº 13.688, 2007.
  • Nicastro, Sandra (2006) Revisitar la mirada sobre la escuela. Exploraciones acerca de lo ya sabido. Ed. Homo Sapiens. Bs. As.
  • Régimen Académico del Nivel Primario. Resolución 1057/14
  • Reglamento General de las Instituciones Educativas de la Provincia de Buenos Aires. Decreto 2299/11.
  • Romero, Claudia (2010) Hacer de una escuela, una buena escuela. Evaluación y mejora de la la gestión escolar. Ed. Aique. Bs. As.
  • Williams de Fox, Sonia (2014) Las emociones en la escuela. Propuestas de educación emocional para el aula. Ed. Aique. Bs. As.

[1]  Ley de Educación Provincial 13.688
[2] Citado en ¨Las emociones en la escuela. Propuestas de educación emocional para el aula.” Sonia Williams de Fox. Editorial Aique. Bs. As.
[3] Claudia Romero (2010) Hacer de una escuela, una buena escuela. Evaluación y mejora de la gestión escolar. Ed. Aique. Bs. As.


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