miércoles, 15 de diciembre de 2021

Cumplir el Horario Docente. Provincia de Buenos Aires

Ante la citación a docentes a concurrir a las escuelas, por parte de algunos equipos directivos, hasta fines de Diciembre, con la figura de "cumplir horario".
Desde SUTEBA Tigre llamamos a rechazarlo por las siguientes razones:
1) En el articulo 30º del Decreto 2.299/11 Reglamento General de escuelas se plantea que el acto educativo es toda actividad curricular, extracurricular y complementaria. No consta en ningún artículo la figura “cumplir horario”.
2) El articulo 36º del mencionado Reglamento afirma que se entiende por trabajo docente, el trabajo realizado por el personal docente que constituya actos educativos.
3) La obligación de les compañeres de estar presentes en las escuelas es para realizar la intensificación de aprendizaje que según establece el cronograma del calendario escolar, finaliza el 17/12, luego las tareas de elaboración de RITE, se pueden hacer en formato virtual sin la necesidad de ir a las escuelas. Además desde el 23/12, las escuelas tienen que entregar las llaves en la distrital en respeto de la licencia anual obligatoria.
Como consta en el artículo 114N del Estatuto Docente, les docentes estamos a disponibilidad de la DGCYE hasta el 30/12, no de los equipos directivos.
4) En un año de pandemia, luego de un trabajo bimodal que llevo a una mayor sobrecarga laboral, en dónde lxs docentes pusimos todos nuestros recursos para garantizar la continuidad pedagógica, el pedido de "cumplir horario", no corresponde, además de seguir abonando a la sobrecarga laboral y la movilización de docentes a las escuelas sin necesidad alguna.
Estamos frente a una acción punitiva que amenaza con descuentos y ninguna retribución consecuente con ese pedido.
Debemos destacar también que quienes quieren imponer el cumplimiento de horario con la excusa de la norma, son los mismos que hacen caso omiso de las condiciones de salubridad e higiene que muchas veces padecemos en las escuelas y que con la pandemia se agudizaron.
Con la experiencia acumulada en los últimos años, llamamos a las escuelas a organizarse por las condiciones de trabajo y que rechacemos colectivamente estas imposiciones, tanto el cumplimiento de horario como la realización de múltiples tareas que excede nuestra labor.
SUTEBA Tigre.
13/12/21
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miércoles, 8 de diciembre de 2021

Convocatoria 2022 Equipo de Tutores/as “Universitarios por más Universitarios”

La Secretaría de Educación Media de la Universidad de Buenos Aires abre la inscripción a quienes deseen apoyar el proceso educativo de estudiantes que cursan el último año de la escuela secundaria en instituciones públicas de los barrios del sur de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Desde el año 2011, la UBA otorga la Beca de Ayuda Económica “Nicolás Avellaneda” a estudiantes del último año de escuelas secundarias públicas del sur de la Ciudad. Además de la ayuda económica, cada becario recibe el apoyo de un tutor, cuya función consiste en velar por la finalización del secundario y promover la continuidad de estudios en el nivel superior.

Se convoca a estudiantes avanzados y graduados recientes de todas las carreras de la UBA para integrar el Equipo de Tutores “Universitarios por más Universitarios”.

A cada tutor/a se le asignarán hasta tres becarios/as, a los que acompañará en forma personalizada en los distintos aspectos que hacen a la vida de los y las adolescentes, focalizando en lo académico y cultural. Para ello, se realizarán encuentros quincenales tanto en las escuelas a las que asisten los y las estudiantes como en las distintas dependencias de la Universidad.

Entre los meses de marzo y diciembre de 2022, los/as tutores/as participarán de reuniones de seguimiento, elaborarán informes y realizarán algunas tareas administrativas. La dedicación semanal estimada es de 5 horas en promedio y se contempla un estipendio para cubrir viáticos.

En cuanto a los requisitos, en el caso que los/as tutores/as sean estudiantes universitarios, deberán estar cursando una carrera de grado en la Universidad de Buenos Aires y tener aprobadas al menos 50% de las materias, incluyendo el CBC. En cuanto a los/las graduados/as recientes, tendrán que haber terminado la cursada, como máximo en 2015. En todos los casos, deberán residir en el Área Metropolitana de Buenos Aires.

Quienes deseen postularse, deberán:

  1. Completar el formulario

https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSe1PKMNezCCBDPKd6953PI6FARKGYqPZ00-Q1bS_EU2YnCwjg/viewform

2. Concurrir a una reunión informativa on line  a la que serán convocados entre diciembre 2021 y febrero 2022.

3. Participar de una capacitación inicial y obligatoria durante los días sábado 5 y sábado 12 de marzo de 2022. (a definir modalidad: virtual, presencial o mixta)

Esta es una lista de distribución, para consultas escribir a: 

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sábado, 4 de diciembre de 2021

Convocatoria abierta para el programa TechGirls 2022

a División de Programas para Jóvenes del Departamento de Asuntos Educativos y Culturales (ECA) del Departamento de Estado se complace en anunciar el programa TechGirls 2022 para jóvenes de escuela secundaria de 36 países que demuestres interés en ciencia, tecnología, ingeniería y matemática (STEM). Descripción del programa TechGirls es un programa de intercambio intensivo de cuatro semanas, diseñado para empoderar a mujeres jóvenes (de 15 a 17 años) para seguir carreras en ciencia y tecnología, a través del desarrollo de habilidades prácticas. El programa apunta a mejorar la condición de mujeres y jóvenes en todo el mundo; promover la educación STEM; fomentar los lazos entre naciones y profundizar el entendimiento entre la juventud de Estados Unidos y de Argentina. El eje principal del intercambio será un programa de dos semanas en Virginia Tech University, en Blacksburg, VA, que incluirá cuatro opciones de cursos básicos, entre los siguientes: codificación Java, desarrollo web, ingeniería ambiental, diseño gráfico, ciencia de datos, ciberseguridad y aprendizaje automático. Otras actividades adicionales incluirán visitas a empresas de tecnología con sede en Washington D.C., clínicas de liderazgo, talleres de planificación de acciones, oportunidades de servicio comunitario, observación laboral, colaboración intercultural y estadías de fin de semana con familias estadounidenses en el suroeste de Virginia. Durante el intercambio en los Estados Unidos, las participantes crearán planes de acción para proyectos comunitarios que deberán implementar al regresar a sus comunidades de origen. Los proyectos se diseñarán para reforzar y apoyar las habilidades y los vínculos adquiridos durante el programa en EE.UU. Todos los gastos del programa serán cubiertos por el Departamento de Estado de los Estados Unidos. Participarán jóvenes de Oriente Medio y África del Norte, África Subsahariana, Asia Oriental y el Pacífico, Europa y Eurasia, Hemisferio Occidental y Asia Central. Participantes Número de participantes por Argentina: Tres (3) candidatas principales. Las estudiantes elegibles para postularse son aquellas que: • Tengan ciudadanía argentina; • Tengan entre 15 y 17 años al inicio del intercambio (8 de julio de 2022); • Demuestren habilidades avanzadas y un interés comprobado en tecnología, ingeniería y/o matemáticas en sus estudios académicos; • Tengan intención de seguir una educación superior y/o carreras en tecnología; • Tengan buen dominio del idioma inglés; • Demuestren madurez, flexibilidad y mentalidad abierta; • Asistirán al menos a un semestre adicional de la escuela secundaria al regresar a su país de origen; y • Se comprometan a completar un proyecto comunitario a su regreso a casa. Se dará preferencia a aquellas postulantes que tengan experiencia previa limitada o nula en los Estados Unidos. TechGirls alienta a postularse a personas con antecedentes y habilidades diversos, incluidas personas con discapacidades. Tenga en cuenta que los candidatos que hayan viajado a los Estados Unidos en los últimos tres años como parte de cualquier otro programa de intercambio de la CEPA no son elegibles. Calendario – 15 de noviembre de 2021 – 15 de enero de 2022: Periodo de reclutamiento. – Principios/mediados de marzo de 2022: La Embajada de los Estados Unidos en Argentina realizará entrevistas virtuales con las semifinalistas . – 8 de julio – 3 de agosto de 2022: Fechas del programa. – La solicitud online estará disponible a través del enlace https://techgirlsglobal.org/ a partir del 15 de noviembre de 2021. Fecha límite para la aplicación: 15 de enero de 2022. Correo para consultas: techgirlsapplication@legacyintl.org

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domingo, 21 de noviembre de 2021

SUTEBA La Matanza, en alerta por “más de 800” docentes que tienen cobros salariales atrasados

Se trata de trabajadores de la educación contratados para programas provinciales como +ATR, articuladores, Fines, Forte, DAyA, entre otros. El miércoles, presentaron una nota ante la Jefatura Regional ubicada en San Justo, y, asamblea mediante, el próximo miércoles tienen previsto definir los pasos a seguir. Según explicaron desde la conducción Multicolor del SUTEBA La Matanza a este medio, se trata de un problema provincial pero que, en el caso de La Matanza, en estos momentos alcanza a unos “850” docentes contratados, a quienes se les debe en la gran mayoría de los casos el pago del salario del mes de octubre, en forma total o parcial. --------- Este artículo «SUTEBA La Matanza, en alerta por “más de 800” docentes que tienen cobros salariales atrasados» se ha publicado originalmente en: https://revista.elarcondeclio.com.ar/suteba-la-matanza-en-alerta-por-mas-de-800-docentes-que-tienen-cobros-salariales-atrasados/.Si va a utilizar este texto cite la fuente: revista.elarcondeclio.com.ar --------- --------- Este artículo «SUTEBA La Matanza, en alerta por “más de 800” docentes que tienen cobros salariales atrasados» se ha publicado originalmente en: https://revista.elarcondeclio.com.ar/suteba-la-matanza-en-alerta-por-mas-de-800-docentes-que-tienen-cobros-salariales-atrasados/.Si va a utilizar este texto cite la fuente: revista.elarcondeclio.com.ar ---------Visita: http:// www.elarcondeclio.com.ar

sábado, 13 de noviembre de 2021

. Acceso Universal Educativo para recursos en Conectividad en Argentina

Este es el link para colaborar con tu firma. https://www.change.org/adicional-incentivo-docente 

 

La educación es un derecho no un privilegio. Los docentes de aula, los padres y alumnos fuimos los que sostuvimos el sistema educativo a nivel nacional en el año 2020, este año 2021 y 2022 no debemos improvisar con el acceso a los recursos educativos, nuestro país es un muy grande y la educacíon digital debe ser parte de la política educacitiva. 

 

 

El ministerio de Educación de la Nación y los Ministerios provinciales destinan una infima cuota de conectividad para recursos tecnológicos para los docentes, y apra alumnos el gasto es de acuerdo a sus posibilidades. Nadie piensa en lo que invertimos los docentes para que se sostuvieran en gran medida parte el sistema educativo argentino, ¿Cuánto invertimos en reparar nuestras computadoras, adecuarlas, más crédito en nuestro celular, comprar de pizarrones, ect, todas inversiones que deben partir del estado ya sea nacional o provincial. Los recursos docentes cada vez son más finitos como así el de todas las familias. Los proyectos de ley no prosperaron a nivel nacional, otros solo fueron de implementación parcial para poder acceder a una conectividad, material docente y alumnos, una pena. ¿Qué es la bonificación del Incentivo Docente? El mismo tiene caracter nacional. Estos recursos son destinados a abonar una asignación especial de carácter remunerativo por cargo, se liquida mensualmente exclusivamente a los agentes que cumplan efectivamente función docente en el aula por lo tanto a través de esta petición se pide que el Ministerio Nacional de Educación en la cuota mensual que se instrumenta aumente la compensación económica que ya está destinada por ley por el lapso de un año escolar 2021-22 con el solo destino de poder brindar a nuestros alumnos un mayor acceso a la conectividad y recursos). No es la solución pero si es parte de la solución que se debe prever, esto debe ser parte de la tarea indelegable que tiene el Estado. Sería un adicional por todo este 2021 y el próximo año. Hoy la continuidad pedagógica virtual en Argentina se sostiene exclusivamente con nuestros recursos propios ya se sea de docentes o alumnos. Sin acceso a internet, se agiganta la desigualdad, con desigual tendremos una educación más fragmentada en este 2022. La educación es tarea de todos, no solo de los docentes por lo tanto trabajemos juntos para reducir las brechas existentes en parte que sufren los docentes de todo nuestro país. Esta petición no es la solución pero si es un comienzo. Esperamos contar con su apoyo en todo nuestro país. --------- Este artículo «Acceso Universal Educativo para recursos en Conectividad en Argentina» se ha publicado originalmente en: https://revista.elarcondeclio.com.ar/acceso-universal-educativo-para-recursos-en-conectividad-en-argentina/.Si va a utilizar este texto cite la fuente: revista.elarcondeclio.com.ar ---------Visita: http:// www.elarcondeclio.com.ar

miércoles, 3 de noviembre de 2021

El Senado sancionó la Ley de Trayectorias Educativas. Argentina

 


 

El 50% de Los estudiantes del país están en condiciones de vulnerabilidad que impactan sobre sus posibilidades de mantener los estudios. A casi un año de su aprobación en la Cámara de Diputados, el Senado sancionó este jueves la Ley de Trayectorias Educativas, que apunta a trabajar en la deserción escolar que produjo la pandemia por el Covid. La norma fue votada por unanimidad, con 45 votos positivos. El Senado de la Nación convirtió en ley el Programa Nacional para Fortalecer las Trayectorias Educativas, que tiene el objetivo de lograr la permanencia en la escuela y combatir la deserción escolar. Por unanimidad, con 45 votos favorables, la Cámara alta le dio aprobación definitiva al proyecto cuya autora es la vicepresidenta de la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados, Victoria Morales Gorleri (PRO). Según se puso de manifiesto en el debate, el 50% de los estudiantes del país de todos los niveles educativos obligatorios atraviesan situaciones de vulnerabilidad que impactan sobre sus posibilidades de mantener los estudios. El Consejo Federal de Educación, en base a acuerdos federales, establecerá los criterios y modalidades para actualizar el desarrollo de criterios de acreditación y evaluación integral y formativa que convaliden los avances en los procesos de enseñanza y de aprendizaje y permitan su seguimiento especialmente durante el período de continuidad pedagógica no presencial con el fin de propiciar y asegurar la continuidad de las trayectorias escolares, su finalización y pasaje de niveles educativos. También deberá diseñar criterios y propuestas pedagógicas y didácticas que consideren de manera integrada todas las dimensiones en los procesos de enseñanza y de aprendizaje, que contemplen pautas de evaluación, acreditación, promoción y el fortalecimiento de tutorías y/o acompañamientos específicos para todos los niveles educativos. Incluye pautas de evaluación, acreditación y promoción y el fortalecimiento de tutorías y/o acompañamientos específicos para todos los niveles educativos. La única oradora del debate fue la presidenta de la Comisión de Educación, Cristina López Valverde (FdT), quien explicó que “una trayectoria escolar es el recorrido que hace un alumno” en “un tiempo previsible, en forma permanente, con calidad, en forma articulada”. “Todos sabemos que la pandemia nos cambió todo, y por lo tanto lo que era previsible” se tornó “en una ambigüedad y una incertidumbre total”, y la educación estuvo incluida, analizó. Acerca de Clio Comunidad 601 Articles

miércoles, 13 de octubre de 2021

Nuevo documento de evaluación en la Provincia de Buenos Aires

Una mirada más contemplativa a la hora de evaluar a los estudiantes. Cierre del Bienio 2020-2021
Secuandaria.
En diciembre serán promovidos directamente todos los que logren la escala TEA en el segundo informe de 2021, sin importar cuál haya sido la calificación que recibieron en la primera mitad del año.
No obstante, quienes no alcancen una trayectoria educativa avanzada en el segundo informe tendrán que asistir a clases durante todo febrero para fortalecer los aprendizajes. En ese momento tendrán una evaluación y definirán su paso al siguiente curso.
Todos los estudiantes que logren en el segundo informe una valoración pedagógica TEA promocionarán al siguiente curso,
Para los alumnos de entre primer y quinto año que no alcanzaron la promoción directa habrá clases en febrero y podrán pasar de año con dos áreas de aprendizajes “pendientes de acreditación”.
Todos aquellos alumnos de sexto año que no acrediten los saberes tendrán clases durante febrero, marzo y abril de 2022 para que puedan obtener el título.
 https://es.scribd.com/document/530999237/Ensenanza-y-Evaluacion-Cierre-Bienio-2020-2021?fbclid=IwAR04CHUNQ0yjI67tNm_M04E6wLnWhEggvbDZSKBJLOi1l0Wuka-ktdo8JbE
En 2022 se retomaría el régimen académico tradicional.
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sábado, 9 de octubre de 2021

¿Cómo postularse a cargos remanentes? C.A.B.A --

¿COMO POSTULARSE A CARGOS REMANENTES? INSTRUCTIVO. 1) Una vez finalizado el acto público para cualquier asignatura/cargo de todas las áreas, niveles y modalidades educativas a través de la plataforma “Acto público en línea”, los docentes podrán visualizar durante 24 horas todas aquellas vacantes que no fueron cubiertas durante la vigencia de dicho acto. La información estará disponible ingresando al icono “Remanentes” pudiendo descargar el listado en formato PDF. 2) El docente que se encuentre interesado/a en alguna de las vacantes publicadas como “remanentes”, deberá enviar un correo electrónico desde su cuenta @bue, a la cuenta @bue delEstablecimiento Educativo al que desee postularse, con copia a la Junta de Clasificación correspondiente o en su defecto al siguiente correo electrónico: propuestas.coreap@bue.edu.ar manifestando su voluntad de postularse, (acompañando DNI, Titulo/s, Declaración Jurada de cargos, el PDF con el cargo remanente, etc.) en un plazo no mayor a 24 horas.

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Este artículo «¿Cómo postularse a cargos remanentes? C.A.B.A» se ha publicado originalmente en: https://revista.elarcondeclio.com.ar/como-postularse-a-cargos-remanentes-c-a-b-a/.Si va a utilizar este texto cite la fuente: revista.elarcondeclio.com.ar
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jueves, 30 de septiembre de 2021

Instructivo para cubrir los cargos del Programa ATR 2021

El Gobierno bonaerense envió a todas las escuelas secundarias públicas y privadas de la provincia el instructivo para cubrir los cargos del Programa ATR 2021 y completar el plantel docente y no docente para dar clases los sábados y a contraturno.

La Dirección General de Cultura y Educación (DGCyE) informó que “para la cobertura de estos módulos (un mínimo de 2 por docente que deben asignarse en múltiplos de 2) podrá designarse a personal docente que ya se desempeñe en la institución o bien proceder a la cobertura del mismo”.e esta manera, los módulos para el FORTE podrán asignarse a docentes que tengan un cargo o hasta 14 módulos, y no deberán superar los 28 módulos luego de la designación en el Programa ATR 2021.

Cabe señalar, que el plan anunciado la semana pasada el gobernador Axel Kicillof se implementará desde octubre en todos los niveles de las escuelas de gestión estatal y en el Nivel secundario de las instituciones privadas para fortalecer la trayectoria educativa de los alumnos.

Las actividades del Programa ATR 2021 se llevarán a cabo a contraturno los días de la semana además de los días sábado para “no interferir con el desarrollo presencial de las clases del ciclo lectivo 2021”, señalaron desde Educación.

Asimismo, el instructivo pidió a los inspectores de Nivel Secundario que informen a los equipos de conducción “la cantidad de módulos FORTE que se le ha asignado a cada establecimiento educativo para que comience el proceso de designación e implementación de la propuesta”.

En este contexto, muchos docentes se preguntan cómo anotarse para dar clases en el Programa ATR 2021, cuáles son los pasos a seguir en el portal www.abc.gov.ar y qué documentación presentar para tomar horas.

 

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sábado, 25 de septiembre de 2021

Como anotarse en el programa de apoyo escolar

Como anotarse en el programa de apoyo escolar El Gobierno bonaerense hoy definió los pasos a seguir para los docentes bonaerenses que se preguntan cómo anotarse para dar clases en el programa +ATR.
Luego del anuncio del Gobierno bonaerense de avanzar con el Programa +ATR para reforzar las trayectorias educativas de los alumnos en el marco de la pandemia de coronavirus, surgió la duda sobre cómo inscribirse para dar clases los sábados y a contra turno.

En esa línea, La Dirección General de Cultura y Educación (DGCyE), a cargo de Agustina Vila, informó cómo anotarse en el Programa ATR septiembre 2021, creado a principios de mes para garantizar la educación de los estudiantes bonaerenses.
A la vez, para responder la pregunta cómo me inscribo programa ATR para dar clases los sábados, la entidad oficial detalló cuáles son los pasos a seguir y qué documentación se debe presentar.

En ese aspecto, la DGCyE agregó que “continúa abierta la convocatoria a graduados y estudiantes avanzados de Institutos de Formación Docente y Universidades para postularse a los cargos”.
Tal como lo oficializó la DGCyE, pueden anotarse para dar clases los sábados en el programa ATR 2021 “los estudiantes avanzados de Institutos Superiores de Formación Docente y de universidades nacionales con asiento en la provincia de Buenos Aires que cursen carreras de educación, ciencias sociales o afines”.

“Para postularse a los cargos de Fortalecimiento de las Trayectorias Educativas del Programa Más ATR 2021 deben remitirse a la Secretaría de Asuntos Docentes (SAD) del distrito donde residen, con la documentación correspondiente”, sostuvo el organismo.Cada persona que cumpla con el Programa ATR requisitos podrá inscribirse en el Listado 108 A in fine y 108 B in fine de la DGCyE a través de las departamentales del organismo.Así, “la SAD de cada distrito recepciona la documentación para programa ATR inscripciones a través del correo electrónico institucional”, aclaró la DGCyE. Se puede acceder al listado de mails por el siguiente link.

Las inscripciones se realizan por un solo distrito y la documentación será presentada y recepcionada en el distrito de inscripción. Para solicitar la inscripción en otros distritos, se debe solicitar desde el mismo distrito de inscripción.

Programa ATR 2021: documentación a presentar

Planilla de declaración jurada (se descarga desde www.abc.gob.ar).

Fotocopia de DNI, anverso y reverso.

Fotocopia del título habilitante (para listado 108 A).

En caso de programa ATR inscripciones para listado 108 B:

Constancia de título en trámite o certificado de alumno regular actualizado al momento de la inscripción donde se especifique la actualización (porcentaje) de las últimas materias aprobadas.

Constancia de título específico o, si correspondiera, tramo pedagógico (capacitación docente) que habiliten en conjunción.
Fotocopia del título secundario, (sólo en los casos que su condición de título lo requiera).
Cabe aclarar que la condición de alumno regular es determinante para ser habilitado en el listado complementario 108 B y su in fine.
Aclaración importante sobre la documentación enviada por correo electrónico: toda la documentación que se adjunte deberá estar escaneada en formato JPG o PDF para su mejor lectura.
Programa ATR 2021 qué es

ATR programa de acompañamiento escolar es una iniciativa del Gobierno bonaerense creada el 7 de septiembre con el objetivo de "generar nuevas acciones para la continuidad pedagógica” de los estudiantes en pandemia.
En ese contexto, el programa ATR septiembre 2021 se propone mejorar “el fortalecimiento de las trayectorias educativas de niños y adolescentes que requieren una enseñanza intensificada".Las actividades del Programa ATR se realizarán entre 1° de septiembre de 2021 y el 31 de marzo de 2022 y alcanzan a los estudiantes que asisten a establecimientos educativos de los niveles obligatorios en la provincia Buenos Aires.
Para poder llevar a cabo la propuesta, desde el Gobierno bonaerense hoy se convoca a docentes a inscribirse para dar clases los sábados y en contra turnos, para cumplir con el objetivo del programa ATR 2021.Visita: http:// www.elarcondeclio.com.ar

sábado, 28 de agosto de 2021

Convocatoria a Profesores de Historia a Nivel Nacional. Argentina


 

Estoy escribiendo un libro de contenidos (Historia) para primer año de la Provincia de Buenos Aires y los quiero invitar a ser parte de él. La convocatoria consiste en escribir una tarea para desarrollar de los contenidos de Ciencias Sociales para el mismo al final de cada capítulo. Condiciones: Los profesores tienen que estar dando clases en el aula del Nivel Secundario de Argentina. Contenidos de los Capítulos: ¿Cómo se estudia el tiempo histórico? Pre-Historia. Acá integración de Paleolítico y Neolítico. Poblamiento de América. Egipto. Cercano Oriente (Sumerios, Acadios, Caldeos, Amorreos, Asirios), Este debe ser una integración de tres pueblos como mínimo. Fenicios y Hebreos Persas. Grecia. Roma. Edad Media hasta Feudalismo. Acá se publicaran dos Es Ad Honorem, tiene ser de una hoja tipo impresión de libro. Se envían en formato Word o PDF. Solo se participa por un capítulo. La tarea debe ser original, no estar publicado en ningún otro libro o trabajo en redes. El libro cuando salga se entregará un ejemplar a los profesores de cada capítulo. Fecha límite de recepción 30 de noviembre. Consultas a:cliodaniela@gmail.com

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jueves, 19 de agosto de 2021

Se homologó un acuerdo entre las Patronales y SADOP

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El Gobierno homologó el acuerdo firmado entre el Sindicato Argentino de Docentes Privados (SADOP) y las Patronales en donde se reafirma el derecho del Sindicato de participar de la negociación colectiva.

La Resolución instruye a que los «representantes de la parte empleadora y las entidades gremiales docentes con representación nacional acuerden un convenio marco que incluya pautas generales referidas a condiciones laborales, calendario educativo, salario mínimo docente y carrera docente».

«El derecho a la negociación colectiva y la negociación salarial con la patronal reafirmadas en este acta tienen un alto valor para nuestra organización», aseguró Marina Jaureguiberry, Secretaria Gremial del Sindicato, y finalizó: «es un paso más en la línea trazada por SADOP».

Por su parte, el Secretario General de SADOP, Jorge Kalinger, destacó que la homologación de la Resolución es de «enorme valor institucional, político y de carácter histórico».

Al momento de firmarse el acuerdo en mayo de este año, SADOP había destacado que se abría “una nueva etapa en la historia del Sindicato, la del ejercicio pleno de la negociación colectiva” y en tal sentido el Ministro de Trabajo Nacional había alentado a fortalecer el diálogo entre las partes signatarias, instando a que se alcancen nuevos acuerdos sobre Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (CyMAT), más allá de lo estrictamente salarial.

Click para leer la Resolución 470/2021 completa
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jueves, 5 de agosto de 2021

Resolución 2516 de la Dirección General de Escuelas, que convoca a la presencialidad

LA DIRECTORA GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN RESUELVE: Capitulo I. Disposiciones comunes a los agentes designados bajo los regímenes de las Leyes N° 10.430 y N° 10.579 ARTICULO 1°: Dejar sin efecto los artículos 3º, 3º ter, los incisos a y b) y los requisitos de postulación establecidos en el artículo 4º, y los artículos 7º y 9º todos ellos de la Resolución Nº 416/21 de la Dirección General de Cultura y Educación, modificada por su similar Nº 1141/2021. ARTICULO 2º: Establecer que, conforme lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 2º del Decreto N° 521/21, las y los agentes de la Dirección General de Cultura y Educación que prestan servicios en establecimientos educativos, Consejos Escolares, Jefaturas Distritales de Inspección, Jefaturas Regionales de Inspección, Tribunales Descentralizados de Clasificación, Secretarías de Asuntos Docentes, Dirección de Transporte y Logística con función de chofer de vehículo automotor, Subdirección de Transporte Fluvial e Inspecciones Distritales y Regionales de Infraestructura Escolar,cualquiera sea su modalidad de contratación y/o régimen estatutario, que se encuentrencomprendidas/os en las dispensas establecidas por el artículo 1° de la Resolución N° 90/20 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, sus complementarias y modificatorias, retomarán su actividad presencial cuando hayan transcurrido VEINTIÚN (21) días de haber completado el esquema de vacunación de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19 autorizadas para su uso en la República Argentina. ARTICULO 3°: Establecer que, conforme lo dispuesto en el artículo 3º del Decreto 521/2021, las y los agentes de esta Dirección General de Cultura y Educación que prestan servicios en establecimientos educativos, Consejos Escolares, Jefaturas Distritales de Inspección, Jefaturas Regionales de Inspección, Tribunales Descentralizados de Clasificación, Secretarías de Asuntos Docentes, Dirección de Transporte y Logística con función de chofer de vehículo automotor, Subdirección de Transporte Fluvial e Inspecciones Distritales y Regionales de Infraestructura Escolar, cualquiera sea su modalidad de contratación y/o régimen estatutario, que se encuentren comprendidas/os por la dispensa establecida por el artículo 1° de la Resolución N° 90/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, sus complementarias y modificatorias, que habiendo tenido la oportunidad de acceder a la vacunación, optaron por no inscribirse a vacunarse o inscriptas/os no asistieron a su turno de vacunación por razones de índole personal, a la fecha de vigencia de la presente son convocados a prestar tareas presenciales el día 9 de agosto de 2021. En el caso que el/la trabajador/a se encuentre en proceso de vacunación en una jurisdicción distinta a la provincia de Buenos Aires, deberá presentar la correspondiente constancia que dé cuenta de su inscripción y vacunación en proceso, a través de la aplicación MIS LICENCIAS. ARTICULO 4°: Establecer que las y los trabajadores que se encuentren comprendidas/os por el artículo 1° de la Resolución N° 90/20 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, deberán presentarse el lunes o día hábil posterior -en caso de que sea feriado o no laboral- siguiente a la fecha en que haya finalizado el período de VEINTIÚN (21) días de haber completado el esquema de vacunación de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19 autorizadas para su uso en la República Argentina. Todas/os las/os agentes que se encuentran dispensadas/os conforme lo dispuesto en el artículo 1º de la Resolución Nº 90/20 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y a la fecha de vigencia del Decreto Nº 521/2021 hayan completado el esquema de vacunación conforme lo establece el artículo 1ºde la presente, deberán retomar su actividad presencial el día 9 de agosto de 2021. En el caso del personal comprendido en el régimen de la Ley N° 10.579, sin perjuicio de la obligacióndel personal de retomar su actividad presencial a la fecha de finalización de la dispensa, conforme loestablecido en el artículo 1º y 2º de la presente, será notificado de esta circunstancia,complementariamente, a través de las Jefaturas Distritales y por intermedio de los equipos directivos delos establecimientos educativos. En el caso del personal comprendido en el régimen de la Ley N° 10.430, sin perjuicio de la obligación del personal de retomar su actividad presencial a la fecha de finalización de la dispensa conforme lo establecido en el artículo 1º y 2º de la presente, será notificado de esta circunstancia, complementariamente, a través del Consejo Escolar del Distrito y por intermedio de los equipos directivos de los establecimientos. En todos los casos, las dependencias: a. deberán comunicar a las/os agentes dispensadas/os que allí prestan servicios las disposiciones de la presente resolución a los fines que conozcan la obligación de regreso a la actividad presencial establecida en el artículo 1º y 2º de la presente; b. recibirán los listados de las/os agentes que reúnen los requisitos para ser convocadas/os a la presencialidad, con base a la información suministrada por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, conforme lo establece el artículo 4º del Decreto Nº 521/21. ARTICULO 5°: Las y los agentes en uso de dispensa laboral por su condición de progenitor/a, conforme a lo estipulado en el artículo 1° de la Resolución N° 1141/21 de la Dirección General de Cultura y Educación, podrán continuar en uso de la misma, dando continuidad a la designación de la/el suplente extraordinario designada/o para su cobertura. ARTÍCULO 6°: Cuando con posterioridad a la vigencia de la presente, un agente se encuentre en las condiciones de edad o sobrevengan las condiciones de salud establecidas en el artículo 1º de la Resolución 90/20 del Ministerio Jefatura de Gabinete de Ministros, podrá solicitar su dispensa de la actividad presencial hasta tanto hayan transcurridos los VEINTIÚN (21) días de haber completado el esquema de vacunación de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19 autorizadas para su uso en la República Argentina. En el caso de dispensas por alcanzar los SESENTA (60) años, la o el agente deberá actualizar sus datos en la plataforma VACUNATE del Ministerio de Salud y deberá solicitar la dispensa en el establecimiento educativo, circunstancia que será notificada a través del SISTEMA UNICO DE NOVEDADES DE AGENTES (SUNA). En el caso de dispensas por motivos de embarazo o salud, la o el agente deberá actualizar sus datos de salud en la plataforma VACUNATE del Ministerio de Salud (siempre que no haya recibido la primera dosis de la vacuna) y deberá solicitar la dispensa en MIS LICENCIAS. Toda la documentación médica a presentar deberá tener fecha posterior a la vigencia de la presente resolución. Capitulo II. Del Personal Docente bajo el régimen de la Ley N° 10.579 ARTÍCULO 7°: Cesar en su cargo a las y los agentes que hayan sido designadas/os para la coberturade cargos extraordinarios, según lo estipulado en el artículo 4° inciso c) de la Resolución N° 416/21 y enel artículo 3° inciso c) de la Resolución N° 1141/21, ambas de la Dirección General de Cultura yEducación, al momento del reintegro de la o el agente que se encontraba en uso de una dispensalaboral estipulada por el artículo 1º de la Resolución N°90/20 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y sus complementarias. ARTÍCULO 8°: Prorrogar las coberturas de los cargos de base hasta el 28 de febrero del 2022 al personal comprendido en el régimen de la Ley N° 10.579, que haya accedido y/o cubierto por actopúblico al desempeño de un cargo de base provisional en el marco de lo estipulado en el artículo 4°inciso a) de la Resolución N° 416/21 y en el artículo 3° inciso a) de la Resolución N° 1141/21 de laDirección General de Cultura y Educación, siempre y cuando los cargos no sean alcanzados poracciones estatutarias antes de la fecha mencionada. En dicho caso la fecha de cese estará determinadapor la razón estatutaria. Para el caso de las y los agentes designadas/os para desempeñarse en el “Programa Provincial de Finalización de Estudios Primarios y Secundarios” y del Programa de “Educación Secundaria con Formación Profesional” continuarán en sus desempeños hasta la finalización del primer cuatrimestre lectivo del año 2021. ARTÍCULO 9°: Prorrogar las coberturas de los cargos de base hasta el 28 de febrero del 2022 o reintegro del titular del cargo (suplido), lo que ocurra primero, para el personal comprendido en elrégimen de la Ley N° 10.579, que haya accedido y/o cubierto por acto público al desempeño de unasuplencia en el marco de lo estipulado en el artículo 4° inciso b) de la Resolución N° 416/21 y en elartículo 3° inciso b) de la Resolución N° 1141/21 de la Dirección General de Cultura y Educación. ARTÍCULO 10°: Las Jefaturas Distritales deberán solicitar entre el 4 de agosto de 2021 y el 14 de agosto de 2021, de conformidad con el procedimiento administrativo habitual, la cobertura por Acto Público de los cargos jerárquicos provisionales y suplentes que fueran cubiertos en el marco de los estipulado en el artículo 4° incisos a, b y d de la Resolución N° 416/21 y en el artículo 3° incisos a, b y c de la Resolución N° 1141/21 de la Dirección General de Cultura y Educación. Las y los agentes que actualmente se desempeñan en dichos cargos, cesarán a medida que se realicen los nuevos procesos de cobertura. En caso de ser designada/o una/un docente que haya estado alcanzada/o por el artículo 1º de la Resolución 90/20 del Ministerio Jefatura de Gabinete de Ministros antes que hayan transcurrido VEINTIÚN (21) días de haber completado el esquema de vacunación de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19 autorizadas para su uso en la República Argentina, para el desempeño de un cargo provisional y/o suplente, podrá realizar reserva del cargo hasta completar el ciclo de vacunación y hayan transcurridos los VENTIÚN (21) días necesarios para desarrollar inmunidad. En caso de acontecer el supuesto previsto en el párrafo anterior, podrá realizarse una prolongación de servicios de la suplencia vigente hasta la toma de posesión de la/el agente designada/o.En el caso de una docente en estado de embarazo o post-parto dentro del periodo de licencia previstaen el inciso d, del artículo 114 del Decreto N°688/93 y sus modificatorios, se podrá realizar reserva decargos (provisionales – suplentes), según corresponda, acorde a normativa vigente.A tales fines todas/os las/os docentes que participen deberán presentar una Declaración Jurada de Salud que se aprueba como Anexo I (IF-2021-19163679-GDEBA-SSAYRHDGCYE) y que forma parte integrante de la presente. ARTÍCULO 11º: A partir de la vigencia de la presente medida, los Actos Públicos se realizarán conforme a lo estipulado en la Resolución Nº1380/20 de la Dirección General de Cultura y Educación y se utilizarán los listados vigentes a la fecha. En caso de ser designada/o una/un docente alcanzada/o por lo dispuesto en el artículo 1º de la Resolución 90/20 del Ministerio Jefatura de Gabinete de Ministros antes que hayan transcurrido VEINTIÚN (21) días de haber completado el esquema de vacunación de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19 autorizadas para su uso en la República Argentina, para el desempeño de un cargo provisional y/o suplente, podrá realizar reserva del cargo hasta completar el ciclo de vacunación y hayan transcurrido los VENTIÚN (21) días necesarios para desarrollar inmunidad. En caso de acontecer el supuesto previsto en el párrafo anterior, podrá convocarse a la cobertura del cargo, en condición de suplencia, hasta que se complete el ciclo de vacunación y hayan transcurrido losVEINTIÚN (21) días para desarrollar la inmunidad. Siempre que la cobertura corresponda a una suplencia, la o el docente que haya estado alcanzado por el artículo 1º de la Resolución 90/20 del Ministerio Jefatura de Gabinete de Ministros deberá acreditar que han transcurrido los VEINTIÚN (21) días de haber completado el esquema de vacunación de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19 autorizadas para su uso en la República Argentina. En el caso de una docente en estado de embarazo o post-parto dentro del periodo de licencia previstaen el inciso d, del artículo 114 del Decreto N°688/93 y sus modificatorios, se podrá realizar reserva decargos (provisionales – suplentes) según corresponda acorde a normativa vigente. A tales fines todas/os las/os docentes que participen deberán presentar una Declaración Jurada de Salud que se aprueba como Anexo I (IF-2021-19163679-GDEBA-SSAYRHDGCYE) y que forma parte integrante de la presente. Capitulo III. De los auxiliares de la educación (Ley N° 10.430) ARTÍCULO 12°: Establecer que las/os cocineras/os y auxiliares de cocina volverán a sus tareashabituales a partir de 9 de agosto de 2021. En el caso que estuvieran cubriendo las funciones deuna/un agente dispensada/o que todavía no ha completado su proceso de vacunación, conforme lodispuesto en el artículo 1º de la presente, el Consejo Escolar podrá asignar esas funciones aalgunas/os de las/os agentes designadas/os en los términos del artículo 10 de la Resolución Nº 416/21de la Dirección General de Cultura y Educación cuando la/el titular de dicho cargo volviera a sus tareas habituales en virtud de lo dispuesto en los artículo 1º y 3º de la presente. ARTÍCULO 13°: Cesar en su cargo a las y los agentes que hayan sido designadas/os para la cobertura de cargos extraordinarios, según lo estipulado en el artículo 10° de la Resolución N° 416/21 de laDirección General de Cultura y Educación, al momento del reintegro del agente que se encontraba enuso de una dispensa laboral estipulada por el artículo 1º de la Resolución N°90/20 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y sus complementarias, conforme lo establecido en los artículos 1º y 2º de la presente, sin perjuicio de la prolongación de funciones que pueda realizarse conforme lo establecido en el artículo 12º de la presente. ARTÍCULO 14°: Convocar a los actos públicos, sin limitaciones a los listados, conforme la Resolución N° 2250/20 de la Dirección General de Cultura y Educación, para la cobertura de cargos de personalauxiliar con carácter de reemplazantes, siendo de aplicación el “PROCEDIMIENTO DE ACTOSPÚBLICOS NO PRESENCIALES PARA LA COBERTURA DE CARGOS DE AUXILIARES, COCINEROS Y AYUDANTES DE COCINA DE LA LEY Nº 10.430 EN CONTEXTO DE PANDEMIA COVID-19”, aprobado por la Resolución N° 2250/20, como IF-2020-24581260-GDEBA-SSAYRHDGCYE. Dichas coberturas, que se realizarán a partir de la entrada en vigencia de la presente, se realizarán conforme la situación de revista establecida en la Resolución N° 293/18 de la Dirección General de Cultura y Educación, y dejándose sin efecto el apartado “REQUISITOS QUE DEBEN CUNMPLIR LOS POSTULANTES PARA SER DESIGNADOS” establecidos en el IF-2020-23456043-GDEBA-DPGRHDGCYE. ARTÍCULO 15°: Convocar a los actos públicos, sin limitaciones a los listados, conforme la Resolución N° 2250/2020 de la Dirección General de Cultura y Educación para la cobertura de cargos de personal auxiliar con carácter Temporario Transitorio Mensualizado, conforme la situación de revista establecida en la Resolución N° 293/18 de la Dirección General de Cultura y Educación y siendo de aplicación el “PROCEDIMIENTO DE ACTOS PÚBLICOS NO PRESENCIALES PARA LA COBERTURA DE CARGOS DE AUXILIARES, COCINEROS Y AYUDANTES DE COCINA DE LA LEY Nº 10.430 EN CONTEXTO DE PANDEMIA COVID-19”, aprobado por la Resolución N° 2250/20, como IF-202024581260-GDEBA-SSAYRHDGCYE. Para realizar las convocatorias deberán estar aprobados los listados 2020 con actualización de puntaje,conforme lo establecido en la Resolución Nº 1/21 de la Dirección General de Cultura y Educación.A tales efectos, se modifica la parte pertinente del apartado ALCANCE establecido en el“PROCEDIMIENTO DE ACTOS PÚBLICOS NO PRESENCIALES PARA LA COBERTURA DE CARGOS DE AUXILIARES, COCINEROS Y AYUDANTES DE COCINA DE LA LEY Nº 10.430 EN CONTEXTO DE PANDEMIA COVID-19”, aprobado por la Resolución N° 2250/20, como IF-202024581260-GDEBA-SSAYRHDGCYE, respecto al mecanismo a utilizarse en la cobertura de cargos de personal Temporario Transitorio Mensualizado.Asimismo, se deja sin efecto el apartado “REQUISITOS QUE DEBEN CUNMPLIR LOS POSTULANTESPARA SER DESIGNADOS” establecidos en el “PROCEDIMIENTO DE ACTOS PÚBLICOS NOPRESENCIALES PARA LA COBERTURA DE CARGOS DE AUXILIARES, COCINEROS Y AYUDANTES DE COCINA DE LA LEY Nº 10.430 EN CONTEXTO DE PANDEMIA COVID-19”,aprobado por la Resolución N° 2250/20, como IF-2020-24581260-GDEBA-SSAYRHDGCYE, respecto almecanismo a utilizarse en la cobertura de cargos de personal Temporario Transitorio Mensualizado. En el caso que la o el agente auxiliar que sea designada/o esté alcanzada/o por las disposiciones delartículo 1º de la Resolución 90/20 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, podrá tomarposesión cuando hayan transcurrido los VEINTIÚN (21) días de haber completado el esquema devacunación de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19autorizadas para su uso en la República Argentina. Cesará en su cargo la o el agente que haya sido designada/o para la cobertura de estas vacantes conforme lo establecido en el apartado ALCANCE establecido en el anexo identificado como IF-2020-24581260-GDEBA-SSAYRHDGCYE y de acuerdo a lo estipulado en las Resoluciones N° 416/21 y N°1141/21 de la Dirección General de Cultura y Educación, al momento de la toma de posesión del nuevoagente. ARTÍCULO 16°: Dar continuidad a las y los agentes que hayan sido designadas/os como suplentes extraordinarios, en el marco de lo estipulado en el artículo 12 de la Resolución N° 416/21 de la Dirección General de Cultura y Educación, hasta el 31 de diciembre de 2021, para atender a los establecimientos educativos denominados UNITARIOS. Capitulo IV. Disposiciones Finales ARTÍCULO 17°: Encomendar a la Subsecretaría de Educación y a la Subsecretaría de Administración y Recursos Humanos, en forma conjunta, el dictado de toda norma complementaria necesaria para la ejecución de la presente Resolución. ARTICULO 18º: Establecer que la presente Resolución será refrendada por la Subsecretaría de Administración y Recursos Humanos y la Subsecretaría de Educación. ARTÍCULO 19º: Registrar la presente Resolución en la Dirección de Coordinación Administrativa. Comunicar a la Subsecretaría de Educación y de Administración y Recursos Humanos. Publicar, dar al Boletín Oficial e incorporar al Sistema de Información Normativa y Documental Malvinas Argentinas (SINDMA). Cumplido, archivar

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Este artículo «Resolución 2516 de la Dirección General de Escuelas, que convoca a la presencialidad» se ha publicado originalmente en: https://revista.elarcondeclio.com.ar/resolucion-2516-de-la-direccion-general-de-escuelas-que-convoca-a-la-presencialidad/.Si va a utilizar este texto cite la fuente: revista.elarcondeclio.com.ar
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lunes, 26 de julio de 2021

COMUNICADO N° 334/21 ACTAS APD DISPENSAS 4, 5 y 6 -2021 SUPLENCIAS EXTRAORDINARIAS y APD 16 PROV Y SUPLENCIAS ORDINARIAS

REFERENCIA: ACTAS DISPENSAS 4, 5 Y 6 – 2021 SUPLENCIAS EXTRAORDINARIAS Y APD 16 PROV Y SUPLENCIAS ORDINARIAS EQUIPO DE CONDUCCIÓN/SECRETARIOS/DOCENTES Secretaria de Asuntos Docentes en este contexto excepcional de DISPO, informa acerca de las Actas realizadas en el APD de DISPENSAS 4, 5 y 6 – 2021 Designaciones de aspirantes postulados para Suplencias Extraordinarias, y APD 16 PROV Y SUPLENCIAS, según RESO-1380-2020 RESO -416-2021 – RESO – 1141-2021 VER ARCHIVO ADJUNTO APD – DISPENSAS 4 SUPLENCIAS EXTRAORDINARIAS – RES 416/2021 – RES 1141/2021 23-7-2021 ACTA N° 247-21 APD DISPENSAS 4 RAMA E (GGF).xlsx – ACTA N° 248-21 APD DISPENSAS 4 RAMA E (HTR- IAQ.xlsx – ACTA N° 249-21 APD DISPENSAS 4 RAMA E (MCS-MTM-LIT)xlsx.xlsx – ACTA N° 250-21 APD DISPENSAS 4 RAMA E (PIC-QDC)).xlsx – ACTA N° 251-21 APD DISPENSAS RAMA E (PYC-SYA-TYC) .xlsx – APD – DISPENSAS 5 SUPLENCIAS EXTRAORDINARIAS – RES 416/2021 – RES 1141/2021 23-7-2021 ACTA N° 252-21 APD DISPENSAS 5 RAMA E (ADS-BLG-CCD-CM2-CSC-EPO-GGF-IAF-HTR-IAQ).xlsx – ACTA N° 253-21 APD DISPENSAS 5 RAMA E (MCS-LIT-PLG-SYA-TYC) .xlsx – ACTA N° 254-21 APD DISPENSAS 5 RAMA G N T A .xlsx – APD – DISPENSAS 6 SUPLENCIAS EXTRAORDINARIAS – RES 416/2021 – RES 1141/2021 23-7-2021 ACTA N° 255-21 APD DISPENSAS 6 RAMA E (BLG-CSC-CNT-EPO-FCT-FDQ-FIA-GFF).xlsx – APD – PROVISIONALIDADES Y SUPLENCIAS ORDINARIAS 16– RES 416/2021 – RES 1141/2021 23-7-2021 ACTA Nº 256-21 APD 16 PROV SUPL RAMA T A.xlsx – ACTA Nº 257-21APD 16 PROV SUPL RAMA G S xlsx.xlsx – ACTA Nº 258-21 APD 16 APD PROV SUPL RAMA E (PR- BLG-CCD-CNT-FIA-LIT) .xlsx – ACTA Nº 259-21 APD 16 APD PROV SUPL RAMA E N (FQA- IAF-IAQ/ZI-EFC) .xlsx Lic. Silvia Molinas SSAD BerazateguiVisita: http:// www.elarcondeclio.com.ar

viernes, 9 de julio de 2021

SAD: Alta y bancarización en plataforma ABC

La secretaría de asuntos docentes informa a los/as docentes que en contexto de pandemia y distanciamiento social preventivo y obligatorio oportunamente anunciado por el Gobierno Nacional y Provincial, se pone a disposición el siguiente instructivo, que intentará acompañar en el proceso de apertura de cuenta personal en la plataforma ABC y posteriormente, de ser necesario, en la apertura de CUENTA DNI del Banco Provincia, para finalmente, de ser necesario, vincularlas entre sí.

 

– Visualizar y descargar COULI (comprobante único de liquidaciones)

– Obtener el depósito de los haberes percibidos en cuenta bancaria.

– Obtener correo oficial de la DGCyE (@abc.gob.ar)

A continuación, compartimos:

Link para la creación de la cuenta personal en plataforma ABC:

https://autoregistracion.abc.gob.ar/myprofile/guest/new

Link con instructivo para la apertura de Cuenta DNI del Banco Provincia:

https://www.bancoprovincia.com.ar/cuentadni/index?url=cdniIndividuos

Link con instructivo para la vinculación entre Cuenta ABC y Cuenta DNI:

http://abc.gob.ar/bancarizaci%C3%B3n-total-de-las-y-los-agentes

Link a “Tiquetera Abierta” (para visualizar haberes por primera vez)

https://misservicios.abc.gob.ar/servicios/buscadores/tiquetera/

Aclaración: todos y todas los y las docentes al cobrar por primera vez, podrán visualizar la liquidación de sus haberes a través de Tiquetera Abierta, una vez verificado el depósito, deberán ponerse en contacto con la mesa de ayuda de la DGCyE al correo: infoayuda@abc.gob.ar solicitando se habilite los permisos para la aplicación “Mis haberes” que posteriormente permitirá la bancarización.

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lunes, 28 de junio de 2021

Información sobre la recepción de trámites legales. P.B.A

Desde la vigencia de las medidas sanitarias de prevención con motivo de la propagación del Covid-19, se establecieron nuevos procedimientos para el ingreso de documentación y oficios judiciales. Los mecanismos para garantizar la recepción fueron establecidos por el Departamento Mesa General de Entradas y Salidas, dependiente de la Dirección de Coordinación Administrativa y la Dirección de Coordinación de Actuaciones Judiciales. A continuación, explicamos las diferentes instancias disponibles, de acuerdo con la naturaleza del trámite a realizar. MESA GENERAL DE ENTRADAS Y SALIDAS: Para el ingreso de documentación en formato papel deberá solicitarse un turno al mail ntrojano@abc.gob.ar, perteneciente a la Sra. Norma Trojano, Jefa de Departamento de Mesa General de Entradas y Salidas. De esta forma se le indicará día y horario para su recepción. El mail anteriormente indicado se utilizará únicamente a los efectos de solicitar e indicar turno para el ingreso de dicha documentación. OFICIOS JUDICIALES (PROVINCIA DE BUENOS AIRES): Deberán ingresarse en el sitio notificaciones.scba.gov.ar, indicando la cuenta de usuario de destino dgescuelas-mesaentrada@dge.notificaciones. Se aclara que este es el único medio para recepción y posterior tramitación. OFICIOS JUDICIALES (NACIÓN): En este caso, deberán ser ingresados por el Sistema DEOX, usuario 60000000364, correspondiente a la Dirección de Coordinación de Actuaciones Judiciales. OFICIOS PROVENIENTES DE OTRAS JURISDICCIONES: Deberán ser remitidos por una de las dos alternativas posibles: 1) Por correo postal a la Dirección de calle 13 entre las de 56 y 57, La Plata por intermedio del Correo Argentino. 2) De manera presencial previa solicitud de turno al mail ntrojano@abc.gob.ar, perteneciente a la Sra. Norma Trojano, Jefa de Departamento de Mesa General de Entradas y Salidas.

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sábado, 12 de junio de 2021

Vuelta a clases presenciales Provincia de Buenso Aires.

COMENZAMOS A TRANSITAR EL RETORNO A LA PRESENCIALIDAD CUIDADA
Gracias al esfuerzo de las y los bonaerenses para alcanzar las condiciones epidemiológicas necesarias, desde este lunes las escuelas del AMBA comienzan a transitar el retorno a la presencialidad cuidada en los niveles Inicial, Primario y Secundario.
Será con el estricto cumplimiento de las medidas de cuidado y el esquema de presencialidad administrada vigente antes de la suspensión focalizada y temporaria de las clases presenciales.
Durante lunes y el martes las escuelas reorganizarán las actividades educativas y convocarán en forma progresiva a sus estudiantes, indicando qué días y horarios concurrirán a partir del miércoles. Seguimos cuidándonos con los protocolos que establece el Plan Jurisdiccional 👇
😷 El uso correcto de tapaboca, los agrupamientos de estudiantes para respetar el distanciamiento, los ingresos y egresos escalonados para evitar la concentración de personas y la alternancia de clases presenciales y no presenciales.
Reforzamos las medidas de cuidado con 33 mil medidores de CO2 para más de 11 mil escuelas de gestión estatal. Con esto podrán regular apertura de puertas y ventanas para una ventilación que mitigue el riesgo de contagio y la mayor comodidad térmica posible ante bajas temperaturas
🍀 La iniciativa "Buenos Aires en las escuelas" es desarrollada por la Dirección General de Cultura y Educación junto con el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, el Ministerio de Educación de la Nación Argentina, el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la provincia de Buenos Aires y el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Nación.
Lanzamos un Plan de vigilancia epidemiológica activa con testeos muestrales a docentes y auxiliares en escuelas para detección de casos asintomáticos. Avanzamos con la vacunación, enviando turnos a la totalidad de docentes y auxiliares inscriptos que aún no tenían su primera dosis. 💉
Finalmente, continuamos reforzando los planteles de docentes y auxiliares con la cobertura de 34.123 dispensados; incrementamos la provisión de insumos de limpieza, desinfección y protección personal y siguen las obras de mejora de la infraestructura con #EscuelasALaObra 🏫.
👉 Las escuelas del AMBA se suman a las de aquellos distritos del interior que se encuentran en fase 3 y 4, donde también se desarrolla la presencialidad escolar.
👩🏽👨🏼La vuelta a la presencialidad es un logro de todos los y las bonaerenses que debemos cuidar cada día, continuando con el cumplimiento de las medidas que son efectivas para minimizar el contagio.
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jueves, 27 de mayo de 2021

Inspectores Jefas/es Regionales de Gestión Estatal y Gestión Privada Región 1 a 25. Provincia de Buenos Aires

Inspectoras/es Jefas/es Distritales. Inspectoras/es de Enseñanza de Niveles y Modalidades. Equipos de conducción de instituciones educativas. De conformidad con lo dispuesto por el DNU 334/21, se suspenden las clases presenciales desde el 22 de mayo y hasta el 30 inclusive, en los distritos que se encuentran en Alarma Epidemiológica y Sanitaria y en Alto Riesgo Epidemiológico y Sanitario (distritos comprendidos en las fases 2 y 3, respectivamente, según el sistema de fases del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires, detalle que se adjunta a la presente comunicación). Durante los días 26, 27 y 28 de mayo, en estos distritos, continúan las clases con modalidad no presencial, y las escuelas permanecerán abiertas con dotación mínima de personal, indispensable, para llevar a cabo las actividades definidas como ininterrumpibles de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6° de la Resolución DGCyE 415/21, comprendidas también en la Resolución 394/21 del Consejo Federal de Educación. Por último, a partir del 31 de mayo de 2021, la suspensión de las clases presenciales se sostendrá exclusivamente en aquellos distritos de la Provincia de Buenos Aires que se encuentren comprendidos en Alarma Epidemiológica y Sanitaria (fase 2), en los términos de lo dispuesto en los artículos 13 y 22 del DNU 287/21. La actualización del listado de los distritos en fase 2 se comunicará la semana que viene, de conformidad con la evaluación epidemiológica semanal que realizan las autoridades sanitarias y que aprueba el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros. DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN

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domingo, 23 de mayo de 2021

Castelli. Cobertura Fonoaudiólogo-Fonoaudiología


 Secretaría de Asuntos Docentes informa que se encuentran sin aspirantes interesados las siguiente solicitudes:

  • 1 cargo Fonoaudiólogo (FO) – Jardín de Infantes N°902 – Sit. Revista: Suplente hasta el 31/08/2021
  • 2 Mód. Fonoaudiología (F.N) – I.S.F.D.yT.N°26 Anexo Castelli – Sit. Revista: Provisional.

Si hubiese interesados en dichas cobertura y no se encontraran inscriptos, se recuerda que pueden hacer una inscripción a los 108 A y B Infine para poder postularse.

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miércoles, 12 de mayo de 2021

Según SADOP, el 79,9% de docentes privados no ha recibido vacuna contra el covid -

El dato surge de una encuesta abierta y anónima que Sadop Entre Ríos realizó entre los docentes privados, con el objetivo de “obtener datos reales de la situación epidemiológica, de salud y de condiciones de trabajo” de las escuelas.La encuesta se realizó entre el 16 de abril y el 2 de mayo, con el propósito de “rescatar la voz de las y los docentes sin intermediaciones, para articular estrategias de acción con base en las necesidades del territorio”. El análisis de resultados reveló que “el 79,9 % de las y los docentes participantes de la encuesta aún no ha recibido la vacuna”. Además, un 88,9% manifestó estar inscripto para acceder a la vacuna, lo que “demuestra una gran expectativa” para recibirla. Y sólo el 4% manifestó que no quiere recibir la inoculación. Plataforma Cuidar Escuelas Otro dato que surge de la encuesta es que la mitad de los docentes que se enfermaron de covid aseguró que su caso no fue cargado a la plataforma “Cuidar Escuelas”, mientras que el 35,9% no lo sabe y el 14,1 % afirmó que su caso sí fue informado en la plataforma. En tanto, de los casos de contagios, un 60% declaró no haber hecho uso de las licencias correspondientes por enfermedad. Al respecto, desde el gremio se indicó que “este sistema de información para la notificación de casos sospechosos y confirmados de covid-19 en establecimientos educativos tiene como objetivo principal alertar sobre casos registrados por escuelas para servir a las acciones de prevención, control y monitoreo de covid-19 en establecimientos educativos”. También se remarcó “la trascendencia de publicitar los datos del Cuidar Escuelas, con referencia puntual a nuestro sector, dado que la falta de una estadística construida sobre datos ciertos sólo genera más inseguridad en la comunidad educativa”. Falta de conectividad La encuesta permitió asimismo “ver claramente la falta de capacitación e información existente, o los problemas de conectividad tanto para docentes como estudiantes”. Al respecto el gremio indicó que “el contexto actual evidenció las falencias estructurales y de recursos de nuestro sistema educativo, profundizando las diferencias preexistentes respecto a la conectividad, al acceso a las nuevas tecnologías de la información y comunicación, una herramienta fundamental para afrontar esta pandemia”. Cumplimiento de protocolos En cuanto al cumplimiento de los protocolos covid, el 90,7% de los encuestados indicó que se toma la temperatura corporal al ingresar al establecimiento educativo; y el 90,2% señaló que en su escuela hay dispenser de alcohol para uso de la comunidad educativa. Otro dato preocupante surge sobre el estado de las instalaciones: el 31,2 % manifestó que no hay baños con instalaciones adecuadas y suficientes para la cantidad de personas que están presentes en el edificio. Desde Sadop se remarcó que “en todas estas cuestiones de orden sanitario debe regir el principio de ‘Responsabilidad del empleador y el derecho a retener tareas por parte del docente privado’, por el cual la salud y la seguridad en el lugar de trabajo es responsabilidad exclusiva del empleador, al igual que la garantía de indemnidad, que es inherente siempre a las y los propietarios de los establecimientos educativos de gestión privada”. Por ello, desde el gremio se aseveró que “cuando las condiciones de trabajo y salud no estuvieran garantizadas, serán de aplicación los arts. 75, 77 y ccs. de la Ley de Contrato de Trabajo y las leyes de protección de la salud de la/el trabajador, entre las que se encuentran la ley de Riesgos del Trabajo N°24.557 y la ley de Seguridad e Higiene N°19.587; siendo esta normativa la que permite a las y los trabajadores retener tareas cuando las condiciones de trabajo de los establecimientos pongan en peligro inminente de daño a la salud”. En consecuencia, Sadop solicita a sus afiliados y afiliadas “que den conocimiento a través de los delegados o por sí mismos a los compañeros secretarios y secretaria general de las Delegaciones, a los efectos de ponernos al frente de cualquier reclamo y/o denuncia que sea menester realizar en el marco de la preservación de la salud de todos los que integramos el gremio de la docencia privada de la provincia de Entre Ríos”. (Fuente: APF) Fuente: https://www.elonce.com

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jueves, 29 de abril de 2021

Dirección de Educación Agraria. Protocolo Específico para las Residencias. Plan Jurisdiccional Provincia de Buenos Aires

PLAN JURISDICCIONAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES PARA UN REGRESO SEGURO A LAS CLASES PRESENCIALES -Actualización para el inicio de clases 2021”, el que se incorporó como Anexo I (IF-2021-03876320-GDEBA-SSEDGCYE) de la Resolución Conjunta 10/21 y las Resoluciones N°386 /21 y 387/21 del Consejo Federal de Educación.El presente protocolo será acompañado por orientaciones y asesoramiento por parte de la Dirección de Educación Agraria yDirección de Educación Técnica para fortalecer su implementación en las Residencias. Buena parte de las/os estudiantes de la modalidad secundaria agraria y técnica se hospedan en las residencias estudiantiles.Las mismas constituyen una condición indispensable que permite el derecho a la educación de una parte del estudiantado bonaerense que, en muchos casos, se encuentra desfavorecido por las condiciones sociales, económicas, de distancia, acceso y movilidad. En la mayoría de los casos es una condición excluyente: sin la residencia no podrían matricularse en la escuela, e incluso, dificulta el acceso a la educación de nivel secundario obligatorio por razones socioeconómicas o geográficas. La Planificación y Organización de las Residencias Estudiantiles en este contexto específico implica:Arbitrar todos los medios para alcanzar a todas/os las/os estudiantes cuando eventualmente no puedan otorgarse la cantidad de cupos de residencia que se requieren.a-Contemplar para el desarrollo de la jornada, actividades diarias que favorezcan la vinculación de los estudiantes con los entornos formativos.b-Disminuir según el modelo de cada residencia la cantidad de noches en las que se use la misma. c-Dentro de las posibilidades de cada institución,aprovechar el tiempo disponible para el desarrollo de prácticas en los entornos formativos, considerando que los mismos se desarrollan al aire libre. Realizar la entrega en comodato de computadoras o notebook cuando las circunstancias lo ameriten optimizando los recursos para las y los estudiantes.e-Planificar la actividad escolar de modo que:-se asignen tareas domiciliarias para el día o los días que no asisten; -la o el estudiante y su familia conozcan con antelación la planificación de la presencialidad.-en la medida de lo posible, contemplar la organización familiar (procurando que los días de asistencia sean los mismos para los integrantes del mismo grupo familiar). Pautas para organizar la disposición de las y los estudiantes en el ámbito de las Residencias Estudiantiles1.Optimizar el uso de las residenciasconsiderando la posibilidad de que las/los estudiantes puedan emplear otros modos de acceso presencial a las clases.2.Determinar el cupo de estudiantes en cada una de las instituciones en el marco de las pautas que establecen a continuación:De la organización de los grupos:a.La cantidad de estudiantes total que hace uso de la residencia,discriminado por año y sección.b.La disponibilidad de la infraestructura para la organización y distribución de estudiantes. 3.Prever el alojamiento de alumnas/os teniendo en cuenta los recursos humanos, propuestas pedagógicas y condiciones de infraestructura. 4.Planificar las actividades de higiene personal considerando la organización del personal auxiliar y las características del establecimiento, en el marco del cumplimiento del Plan Jurisdiccional. 5.Implementar la DDJJ según las siguientes especificaciones:a.Las/los estudiantes ingresan a las residencias estudiantiles con una DDJJ que tiene una validez de 48 hs.b.Vencidas las 48 hs. la familia tiene la obligación de comunicarse a través de las vías que disponga la institución, ratificando y/o rectificando la información vertida en la DDJJ original respecto al estado de salud de los integrantes del núcleo familiar del estudiante. Organización de periodos de residencia:La organización de la residencia estudiantil guarda estrecha relación y articulación con: a) la propuesta pedagógica general de la institución b) la disponibilidad de cupos en función de la infraestructura de la residenciac) la disponibilidad de espacios en las aulas y entornos formativos Si la combinación de factores posibilita la inclusión de la totalidad de las/os estudiantes residentes al mismo tiempo, no se requieren mayores esfuerzos organizativos.Si la combinación de factores redunda en que las y los estudiantes residentes en la normalidad son más que los cupos que la escuela puede ofrecer, se deberán tener en cuenta las siguientes consideraciones: a) Asegurar que la totalidad de las/los estudiantes tengan acceso alternativamente a la residencia para garantizarles actividades presenciales.b) Diseñar de forma flexible el tiempo de permanencia en la residencia de los grupos de estudiantes.Pautas Generalesa.Medidas de distanciamiento:En todo momento se debe dar cumplimiento a las medidas de distanciamiento físico que se detallan a continuación:-Dentro de espacios edilicios incluyendo sanitarios, las y los estudiantes deben mantener como mínimo una distancia de 1,5 metros entre sí. La misma se aplica a los docentes y auxiliares.b.Uso de tapaboca -nariz:-Las y los estudiantes, como así también el personal docente y no docente, deberán utilizar el tapaboca el máximo tiempo posible en la residencia estudiantil. c.Toma de temperatura: A las personas que ingresen a la residencia se le deberá tomar la temperatura. Monitoreo diario.d. Ventilación: los espacios deberán estar ventilados permanentemente, generando de ser posible una ventilación cruzada que permita la renovación constante de aire, tal como lo prescribe el anexo 8 del “PLAN JURISDICCIONAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES PARA UN REGRESO SEGURO A LAS CLASES PRESENCIALES -Actualización para el inicio de clases 2021”. Verificación, acondicionamiento, higiene y desinfección de los espacios de residencia y comedor escolar a.Infraestructura: (Ver ANEXO II DEL PLAN JURISDICCIONAL)? Disponibilidad de agua para la limpieza del establecimiento e higiene personal. Funcionamiento de los servicios sanitarios de uso de estudiantes y personal, y del sistema de disposición de excretas. Debe existir al menos un inodoro/mingitorio y un pico de agua en funcionamiento cada 15 personas. Ventilación suficiente, de acuerdo con los protocolos sanitarios, de todos los ambientes habitables. ?Funcionamiento del sistema de calefacción, cuando las clases presenciales coincidan con el período invernal o cuando la temperatura sea inferior a 10º C. Funcionamiento del sistema eléctrico y de gas (para cocinar).?Las conexiones de electricidad y gas y la estructura edilicia no deben implicar riesgo.?Se recomienda que cada institución cuente con servicio de wifi y acceso a enchufes, para minimizar la circulación de los y las estudiantes dentro del ámbito de la residencia. Prever la distribución de los lugares destinados al descanso considerando la mejor ubicación de las camas, teniendo en cuenta posicionarse orientadas en dirección opuesta para reducir la transmisión causada al hablar, toser o estornudar. Es decir, considerar la disposición que permita la mayor distancia posible entre las caras de las y los estudiantes. Determinar la cantidad de residentes asegurando un distanciamiento mínimo entre los rostros de 3m. El caso de las residencias con cama “tipo cucheta”, deberá asignarse y ser utilizada únicamente una de ellas, preferentemente la de abajo, y posicionarse en función del distanciamiento establecido. Colocar la señalización y cartelería adecuada para comunicar medidas de seguridad generales y específicas según el tipo de actividad y los espacios propios de la residencia.?Señalizar en el suelo la distancia de seguridad para organizar las filas y/o grupos. Disponer de un sector o área para el cambio de ropa y calzado de aquellas personas provenientes del medio externo.?Se recomienda el uso de barreras impermeables entre camas. En concreto, se trata de biombos o estructuras similares.Destinar un espacio adecuado para el aislamiento transitorio de casos sospechosos y/o positivos, a la espera de activación del protocolo de COVID.?Colocar dispensadores de alcohol en gel que puedan ser usados por los y las estudiantes en cada uno de los espacios que comprenda la residencia y comedor o difusores con solución alcohólica. b.Limpieza y desinfección: la actividad deberá regirse conforme las pautas establecidas en el Anexo III del “Plan jurisdiccional de la Provincia de Buenos Aires para el regreso seguro a clases presenciales”. Se indica: Mantener los ambientes ventilados.Asegurarse el acceso a agua potable (por medio de la vía de suministro de agua del edificio o, si ésta no es potable, por medio de bidones de agua potable) y jabón, toallas de papel descartables y cestos de basura en todos sus baños. Garantizar provisión de alcohol en gel, o alcohol 70°, en todas las instalaciones. c.Limpieza y desinfección de las habitaciones: la misma se realizará según pautas del anexo 3 Actualización para el inicio de clases 2021”, luego de que los estudiantes hayan desocupado la habitación cada mañana, cada vez que un grupo de estudiantes abandone la residencia y cuando el docente a cargo lo considere necesario de acuerdo con eltránsito ocurrido.De agrupamientos y modelos de organización:Para los agrupamientos el equipo de gestión deberá tener en cuenta: La asignación de cuartos, camas y grupos, el primer día de ingreso a la residencia. Las rotaciones de estudiantes permitiendo intervalos de tiempo para la limpieza, desinfección y ventilación de los espacios comunes utilizados. La permanencia del grupo de estudiantes, conformando un grupo de residencia. Mantener a las/os estudiantes residentes que sean hermanas/os o convivientes familiares, dentro del mismo grupo.. De ingreso y egreso al espacio de las residencias. Toda persona que ingrese a la residencia deberá respetar el protocolo de ingreso que consiste en: oUsar el tapaboca-narizen todos los espacios comunes de la residencia.oTomar la temperatura corporal prohibiendo el ingreso a toda aquella persona que presente la temperatura superior a 37,4°C.oRealizar la limpieza de la superficie del calzado con una solución sanitizante.oHigienizar las manos siguiendo el protocolo de lavado de manos. Se recomienda disponer percheros para los abrigos, preferentemente cerca de los accesos o en lugares ventilados,para evitar el máximo contacto del exterior. .No está permitido compartir ningún tipo de elemento personal ni de protección. Realizar la limpieza de loscelulares o cualquier otro dispositivo electrónicocon alcohol al momento de ingresar.?El ingreso a lashabitaciones se podrá realizar con previa autorización por parte de la/el docente a cargo de la residencia, debiendo cuidar que solo ingresen sus ocupantes. De ser posible, la residencia y otros espacios permanecerán abiertos con las puertas trabadas abiertas para minimizar el contacto. En caso contrario, deben establecerse medidas para la desinfección periódica.De convivencia?Restringir la entrada a toda persona ajena al ámbito de la residencia, permitiendo aquella estrictamente necesaria.?No se podrá compartircualquier tipo de comida, bebida o cubiertos. No se podrá intercambiar ropa, objetos personales, recostarse en cama de otras y otros estudiantes. Realizar higiene de manos antes y después de utilizar elementos de uso común. Asegurar la provisión y la disponibilidad permanente de insumos para la higiene de los y las residentes y todo el personal, utilizar alcohol en gel con una periodicidad adecuada” y conservar el cubre bocas en todos los momentos en los que sea posible. Se deberá establecer una rutina de lavado de manos en el día. ?Establecer horarios para evitar aglomeraciones en las actividades/tareas propias de una residencia en momentos como, las duchas o durante el servicio de alimentación etc. Se debe realizar una limpieza periódica y frecuente de todas las instalaciones, especialmente en zonas de mayor contacto y circulación (picaportes, mesas, interruptores, etc.), con cada cambio de turno. Se debe realizar la desinfección diaria completa de superficies (la frecuencia debeser acorde al tránsito, acumulación de personas, época del año y complementaria a la ventilación de ambientes). Realizar limpieza de las superficies con agua y detergente previo a la desinfección.Circulación de estudiantes en espacios comunes Diagramar el uso de espacios comunes de las residencias evitando aglomeración de estudiantes, realizar y establecer mediante señaléticas las normas y pautas de uso de los espacios (cantidad de personas, permanencia, etc.) Evitar saludos, abrazos, besos. Al toser o estornudar cubrirse la boca con el pliegue del codo, o con un pañuelo desechable. Evitar compartir bebidas, utensilios personales, tazas, vasos, mate, etc.-Higiene personal. Establecer rutina de higiene de manos frecuente: esta consiste en la higiene de manos mediante el lavado de estascon agua y jabón, la aplicación de alcohol en gel o solución alcohólica al 70 %. Para reducir eficazmente el desarrollo de microorganismos en las manos, el lavado debe durar al menos 40-60 segundos.Es importante hacerlo frecuentemente:-Antes y después de comer, manipular alimentos.-Antes y después de manipular basura o desperdicios.-Luego de haber tocado superficies de uso público (picaportes, interruptores, barandas, etc.)-Manipular dinero, llaves, animales, etc.-Después de ir al baño. Elementos personales: cada uno de los residentes deberá hacerse cargo de sus elementos personales, del orden de su ropa (teniendo en cuenta que todo aquel elemento o prenda que no esté usando en ese momento, deberá permanecer guardada dentro de su habitación). Será necesario que periódicamente desinfecte los elementos de uso personal (teléfono celular, billetera, llaves, anteojos, etc.).Es aconsejable que los residentes lleven el mínimo de pertenencias posibles. Uso de baños:-Infraestructura:los mismos deberán contar con agua potable, fría y caliente, tanto para la higiene bucal, de manos y corporal. -Todas las acciones realizadas dentro de los baños deberán ser llevadas a cabo con objetos personales ya sean los provistos por la escuela o provenientes de sus hogares, sin posibilidad de intercambiar con otros. El espacio debe estar señalado con las medidas de distanciamiento preventivas indicando los usos posibles y restringidos de las instalaciones del lugar.-Ingreso y egresos a los baños delas residencias:En el momento de ingresar las/los estudiantes deberán colocarse la solución sanitizante que estará de forma fija y permanente en el ingreso de los sanitarios. Evitar aglomeraciones tanto al ingreso de los baños como dentro de ellos, generando flujo de movilidad que evite la permanencia innecesaria de las/os estudiantes dentro del mismo. Establecer ingresos mediante turnos preestablecidos o filas cortas de estudiantes pertenecientes al mismo grupo donde se respete el distanciamiento y se utilice el barbijo. Implementar el uso de señalética para fortalecer estas medidas preventivas de contagio. Uso de bachas o piletas para la higiene bucal y de manos: Teniendo en cuenta la disponibilidad de piletas o bachas y el distanciamiento entre las mismas dentro de los baños de la residencia, se recomienda que dichas acciones se realicen de manera alternada dejando una bacha o pileta por medio en el caso de que ingrese más de una persona. Las mismas deberán ser indicadas y señaladas para su uso.-Uso deduchas: Se propone el armado de diagramas de turnos donde el duchado de las/os estudiantes se lleve a cabo en dos momentos del día, a la mañana y por la noche, respetando en la disposición de los turnos los grupos previamente establecidos. Es importante que la organización se articule con los horarios del personal y las acciones de limpieza.-La limpieza y desinfecciónde todos los baños deberá llevarse a cabo como mínimo una vez por turno por el personal de limpieza. A su vez, los baños deberán contar con una solución sanitizante de alcohol al 70% o algún otro producto desinfectante que se utilice sobre los grifos y sanitarios con los que el estudiante tuvo contacto. Procedimiento ante casos sospechososEn el marco de las pautas establecidas Conforme en el Anexo IV del “PLAN JURISDICCIONAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES PARA UN REGRESO SEGURO A LAS CLASES PRESENCIALES Actualización para el inicio de clases 2021”, sobre aparición de síntomas y actuación ante COVID. Cada Residencia deberá: Ante la presencia de fiebre o síntomas compatibles con COVID en estudiantes o preceptores en residencia deben tomarse las medidas dispuestas en el Plan Jurisdiccional de la Provincia de Buenos Aires para situaciones ocurridas durante la actividad diaria.Se indica: Designar por acuerdo institucionala un interlocutor por turno que serán los responsables de la articulación con el referente de salud local. Aislar del resto a la persona con síntomas, ubicándola en una habitación reservada para tal fin, y activar las pautas del anexo 4, actuaciones en contexto COVID. Contactarse en forma inmediata con la familia responsable y con el sistema de salud (Línea 148 en Provincia de Buenos Aires y/o aquellas que se dispongan en cada municipio).?Se deberá dar aviso de la situación a todas aquellas personas que estuvieron en contacto directo para tomar las medidas indicadas por las autoridades de salud correspondientes.?Se deberá tener contacto diario con él o la estudiante o personal de la institución por algún mediode comunicación, para el seguimiento de su condición de salud y la verificación de que efectivamente se trató de un caso de COVID. ?Si se detecta un caso confirmado o sospechoso se realizará una desinfección exhaustiva del ámbito de la residencia, extremando los protocolos establecidos. En todos los casos, para el ingreso de las y los estudiantes a las Residencias, el director junto al interlocutor institucional deberá acordar de manera anticipada y conjunta, con el responsable familiar y el referente de salud local, que en caso que un estudiante no cuente en su domicilio con un lugar adecuado para transitar el aislamiento, la familia a través de declaración jurada se comprometerá a alojarlo en un espacio que garantice las condiciones necesarias de asilamiento sanitario. En ningún caso la o el estudiante, identificado como caso sospechoso y/o confirmado de Covid podrá permanecer en la residencia. Se procederá siguiendo las pautas en lo establecido en el Anexo lV del Plan Jurisdiccional?Las instituciones deberán llevar un registro de todaslas medidas adoptadas.De la cocina y el Comedor EscolarEste protocolo habilita el funcionamiento del comedor escolar solo para losy lasestudiantes alojados en las residencias estudiantiles.A los fines de brindar el servicio de alimentación en las EESA, EEST y CEPT,se deberánatender las siguientes recomendaciones,en el marco del presente protocolo: La disposición de los y las estudiantes en el espacio del salón comedor deberá garantizar 1,5metros de distancia entre los mismos. En caso de ser necesario, se dispondrá del uso de otros espaciosalternativos, respetando la distancia establecida. El uso del salón comedor será de manera escalonada según la cantidad de estudiantes que integran cada grupo y la distancia que debe respetarse según los metros cuadrados del comedor ode los espacios alternativos de uso. Ello a los fines de evitar aglomeraciones y contactos entre distintos grupos. Se realizará la limpieza y desinfección de lossalones comedores oespacios comunes alternativos conforme las pautas establecidas en el ANEXO III -Protocolo de Limpieza y desinfección para establecimientos educativos en contexto COVID-19del plan Jurisdiccional. Las cocinas y los salones comedores se limpian y desinfectan en los cambios de turno de uso de los distintos grupos. En el acceso al comedor o en las aulas se deberá colocar dispensador de alcohol en gel, solución hidroalcohólica y/o sanitizantes a disposición de los y las estudiantes. Las mesas, sillas y el piso deberán desinfectarse antes y después de que se retire cada grupo de estudiantes. El lavado frecuente de manos y/o la limpieza de manos con alcohol en gel o alcohol al 70% deberá realizarse por los y las estudiantes antes y después de comer; por las y los trabajadores antes, durante y después de manipular alimentos y después de limpiar y desinfectar las cocinas y salones comedores. Evitar la manipulación innecesaria de cualquier objeto personal (billeteras, celulares, llaves, etc.) durante la rutina del comedor.?Ventilación natural permanente. La ventilación es la renovación del aire de los espacios mediante aire procedente del exterior. Esto puede realizarse de forma eficaz garantizando la ventilación natural, a partir de la abertura total o parcial de puertas y ventanas, en todo momento siempre que sea posible, o al menos cada 20 minutos durante 5 minutos seguidos. Deberá colocarse cartelería que contenga información sobre el sentido de la circulación, lavado de manos, distanciamiento, prohibición de contacto físico, de compartir cubiertos, vasos u otros objetos personales. Acotar los tiempos del uso del comedor evitando que los y las estudiantes permanezcan en instancias de sobremesa. El personal a cargo de servicios de alimentación deberá retomar las prácticas en manipulación permitiendo la distribución de alimentos y provisiones teniendo en cuenta los protocolos de seguridad e higiene habituales. Para su uso, la cocina debe tener instalación de agua y gas en correcto funcionamiento y ser un espacio con buena ventilación. Las personas que trabajen en la cocina deberán procurar mantener una distancia de dos (2) metros entre sí en todo momento. Se deberá procurar que aquellos que no estén involucrados en la preparación de los alimentos no ingresen a la cocina y a los almacenes de alimentos. El personal que realice la elaboración de alimentos deberá usar los elementos de protección personal: barbijos, cofia y/o cabello prolijo y recogido, protector facial (máscara). Los elementos de protección personal deberán cumplir con lo exigido dentro del Código Alimentario Argentino, además, deberán dar cumplimiento a las indicaciones respecto al descarte de los mismos. Las zonas de lavado de manos y utensilios deberá estar abastecida con cantidades suficientes de jabón desinfectante y papel secamanos. Si se usan guantes, implementar correcto uso de cambio y desecho y realizar entre ambos el correcto lavado de manos. Deberán lavarsus manos entre la manipulación de alimentos crudos y cocidos. Evitar en la medida de lo posible el autoservicio de alimentos por parte de los y las estudiantes. La comida será servida en el plato de cada estudiante mediante el uso de pinzas, cucharas y otros utensilios por el personal de cocina. El personal auxiliar deberá sanitizarse las manos antes y después de cada manipulación de los elementos que entrega a los y las estudiantes. Evaluar la conveniencia de identificar los utensilios de cocina que son de uso de los alumnos/as evitando la rotación

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Este artículo «Dirección de Educación Agraria. Protocolo Específico para las Residencias. Plan Jurisdiccional Provincia de Buenos Aires» se ha publicado originalmente en: https://revista.elarcondeclio.com.ar/direccion-de-educacion-agraria-protocolo-especifico-para-las-residencias-plan-jurisdiccional-provincia-de-buenos-aires/.Si va a utilizar este texto cite la fuente: revista.elarcondeclio.com.ar
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