jueves, 29 de abril de 2021

Dirección de Educación Agraria. Protocolo Específico para las Residencias. Plan Jurisdiccional Provincia de Buenos Aires

PLAN JURISDICCIONAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES PARA UN REGRESO SEGURO A LAS CLASES PRESENCIALES -Actualización para el inicio de clases 2021”, el que se incorporó como Anexo I (IF-2021-03876320-GDEBA-SSEDGCYE) de la Resolución Conjunta 10/21 y las Resoluciones N°386 /21 y 387/21 del Consejo Federal de Educación.El presente protocolo será acompañado por orientaciones y asesoramiento por parte de la Dirección de Educación Agraria yDirección de Educación Técnica para fortalecer su implementación en las Residencias. Buena parte de las/os estudiantes de la modalidad secundaria agraria y técnica se hospedan en las residencias estudiantiles.Las mismas constituyen una condición indispensable que permite el derecho a la educación de una parte del estudiantado bonaerense que, en muchos casos, se encuentra desfavorecido por las condiciones sociales, económicas, de distancia, acceso y movilidad. En la mayoría de los casos es una condición excluyente: sin la residencia no podrían matricularse en la escuela, e incluso, dificulta el acceso a la educación de nivel secundario obligatorio por razones socioeconómicas o geográficas. La Planificación y Organización de las Residencias Estudiantiles en este contexto específico implica:Arbitrar todos los medios para alcanzar a todas/os las/os estudiantes cuando eventualmente no puedan otorgarse la cantidad de cupos de residencia que se requieren.a-Contemplar para el desarrollo de la jornada, actividades diarias que favorezcan la vinculación de los estudiantes con los entornos formativos.b-Disminuir según el modelo de cada residencia la cantidad de noches en las que se use la misma. c-Dentro de las posibilidades de cada institución,aprovechar el tiempo disponible para el desarrollo de prácticas en los entornos formativos, considerando que los mismos se desarrollan al aire libre. Realizar la entrega en comodato de computadoras o notebook cuando las circunstancias lo ameriten optimizando los recursos para las y los estudiantes.e-Planificar la actividad escolar de modo que:-se asignen tareas domiciliarias para el día o los días que no asisten; -la o el estudiante y su familia conozcan con antelación la planificación de la presencialidad.-en la medida de lo posible, contemplar la organización familiar (procurando que los días de asistencia sean los mismos para los integrantes del mismo grupo familiar). Pautas para organizar la disposición de las y los estudiantes en el ámbito de las Residencias Estudiantiles1.Optimizar el uso de las residenciasconsiderando la posibilidad de que las/los estudiantes puedan emplear otros modos de acceso presencial a las clases.2.Determinar el cupo de estudiantes en cada una de las instituciones en el marco de las pautas que establecen a continuación:De la organización de los grupos:a.La cantidad de estudiantes total que hace uso de la residencia,discriminado por año y sección.b.La disponibilidad de la infraestructura para la organización y distribución de estudiantes. 3.Prever el alojamiento de alumnas/os teniendo en cuenta los recursos humanos, propuestas pedagógicas y condiciones de infraestructura. 4.Planificar las actividades de higiene personal considerando la organización del personal auxiliar y las características del establecimiento, en el marco del cumplimiento del Plan Jurisdiccional. 5.Implementar la DDJJ según las siguientes especificaciones:a.Las/los estudiantes ingresan a las residencias estudiantiles con una DDJJ que tiene una validez de 48 hs.b.Vencidas las 48 hs. la familia tiene la obligación de comunicarse a través de las vías que disponga la institución, ratificando y/o rectificando la información vertida en la DDJJ original respecto al estado de salud de los integrantes del núcleo familiar del estudiante. Organización de periodos de residencia:La organización de la residencia estudiantil guarda estrecha relación y articulación con: a) la propuesta pedagógica general de la institución b) la disponibilidad de cupos en función de la infraestructura de la residenciac) la disponibilidad de espacios en las aulas y entornos formativos Si la combinación de factores posibilita la inclusión de la totalidad de las/os estudiantes residentes al mismo tiempo, no se requieren mayores esfuerzos organizativos.Si la combinación de factores redunda en que las y los estudiantes residentes en la normalidad son más que los cupos que la escuela puede ofrecer, se deberán tener en cuenta las siguientes consideraciones: a) Asegurar que la totalidad de las/los estudiantes tengan acceso alternativamente a la residencia para garantizarles actividades presenciales.b) Diseñar de forma flexible el tiempo de permanencia en la residencia de los grupos de estudiantes.Pautas Generalesa.Medidas de distanciamiento:En todo momento se debe dar cumplimiento a las medidas de distanciamiento físico que se detallan a continuación:-Dentro de espacios edilicios incluyendo sanitarios, las y los estudiantes deben mantener como mínimo una distancia de 1,5 metros entre sí. La misma se aplica a los docentes y auxiliares.b.Uso de tapaboca -nariz:-Las y los estudiantes, como así también el personal docente y no docente, deberán utilizar el tapaboca el máximo tiempo posible en la residencia estudiantil. c.Toma de temperatura: A las personas que ingresen a la residencia se le deberá tomar la temperatura. Monitoreo diario.d. Ventilación: los espacios deberán estar ventilados permanentemente, generando de ser posible una ventilación cruzada que permita la renovación constante de aire, tal como lo prescribe el anexo 8 del “PLAN JURISDICCIONAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES PARA UN REGRESO SEGURO A LAS CLASES PRESENCIALES -Actualización para el inicio de clases 2021”. Verificación, acondicionamiento, higiene y desinfección de los espacios de residencia y comedor escolar a.Infraestructura: (Ver ANEXO II DEL PLAN JURISDICCIONAL)? Disponibilidad de agua para la limpieza del establecimiento e higiene personal. Funcionamiento de los servicios sanitarios de uso de estudiantes y personal, y del sistema de disposición de excretas. Debe existir al menos un inodoro/mingitorio y un pico de agua en funcionamiento cada 15 personas. Ventilación suficiente, de acuerdo con los protocolos sanitarios, de todos los ambientes habitables. ?Funcionamiento del sistema de calefacción, cuando las clases presenciales coincidan con el período invernal o cuando la temperatura sea inferior a 10º C. Funcionamiento del sistema eléctrico y de gas (para cocinar).?Las conexiones de electricidad y gas y la estructura edilicia no deben implicar riesgo.?Se recomienda que cada institución cuente con servicio de wifi y acceso a enchufes, para minimizar la circulación de los y las estudiantes dentro del ámbito de la residencia. Prever la distribución de los lugares destinados al descanso considerando la mejor ubicación de las camas, teniendo en cuenta posicionarse orientadas en dirección opuesta para reducir la transmisión causada al hablar, toser o estornudar. Es decir, considerar la disposición que permita la mayor distancia posible entre las caras de las y los estudiantes. Determinar la cantidad de residentes asegurando un distanciamiento mínimo entre los rostros de 3m. El caso de las residencias con cama “tipo cucheta”, deberá asignarse y ser utilizada únicamente una de ellas, preferentemente la de abajo, y posicionarse en función del distanciamiento establecido. Colocar la señalización y cartelería adecuada para comunicar medidas de seguridad generales y específicas según el tipo de actividad y los espacios propios de la residencia.?Señalizar en el suelo la distancia de seguridad para organizar las filas y/o grupos. Disponer de un sector o área para el cambio de ropa y calzado de aquellas personas provenientes del medio externo.?Se recomienda el uso de barreras impermeables entre camas. En concreto, se trata de biombos o estructuras similares.Destinar un espacio adecuado para el aislamiento transitorio de casos sospechosos y/o positivos, a la espera de activación del protocolo de COVID.?Colocar dispensadores de alcohol en gel que puedan ser usados por los y las estudiantes en cada uno de los espacios que comprenda la residencia y comedor o difusores con solución alcohólica. b.Limpieza y desinfección: la actividad deberá regirse conforme las pautas establecidas en el Anexo III del “Plan jurisdiccional de la Provincia de Buenos Aires para el regreso seguro a clases presenciales”. Se indica: Mantener los ambientes ventilados.Asegurarse el acceso a agua potable (por medio de la vía de suministro de agua del edificio o, si ésta no es potable, por medio de bidones de agua potable) y jabón, toallas de papel descartables y cestos de basura en todos sus baños. Garantizar provisión de alcohol en gel, o alcohol 70°, en todas las instalaciones. c.Limpieza y desinfección de las habitaciones: la misma se realizará según pautas del anexo 3 Actualización para el inicio de clases 2021”, luego de que los estudiantes hayan desocupado la habitación cada mañana, cada vez que un grupo de estudiantes abandone la residencia y cuando el docente a cargo lo considere necesario de acuerdo con eltránsito ocurrido.De agrupamientos y modelos de organización:Para los agrupamientos el equipo de gestión deberá tener en cuenta: La asignación de cuartos, camas y grupos, el primer día de ingreso a la residencia. Las rotaciones de estudiantes permitiendo intervalos de tiempo para la limpieza, desinfección y ventilación de los espacios comunes utilizados. La permanencia del grupo de estudiantes, conformando un grupo de residencia. Mantener a las/os estudiantes residentes que sean hermanas/os o convivientes familiares, dentro del mismo grupo.. De ingreso y egreso al espacio de las residencias. Toda persona que ingrese a la residencia deberá respetar el protocolo de ingreso que consiste en: oUsar el tapaboca-narizen todos los espacios comunes de la residencia.oTomar la temperatura corporal prohibiendo el ingreso a toda aquella persona que presente la temperatura superior a 37,4°C.oRealizar la limpieza de la superficie del calzado con una solución sanitizante.oHigienizar las manos siguiendo el protocolo de lavado de manos. Se recomienda disponer percheros para los abrigos, preferentemente cerca de los accesos o en lugares ventilados,para evitar el máximo contacto del exterior. .No está permitido compartir ningún tipo de elemento personal ni de protección. Realizar la limpieza de loscelulares o cualquier otro dispositivo electrónicocon alcohol al momento de ingresar.?El ingreso a lashabitaciones se podrá realizar con previa autorización por parte de la/el docente a cargo de la residencia, debiendo cuidar que solo ingresen sus ocupantes. De ser posible, la residencia y otros espacios permanecerán abiertos con las puertas trabadas abiertas para minimizar el contacto. En caso contrario, deben establecerse medidas para la desinfección periódica.De convivencia?Restringir la entrada a toda persona ajena al ámbito de la residencia, permitiendo aquella estrictamente necesaria.?No se podrá compartircualquier tipo de comida, bebida o cubiertos. No se podrá intercambiar ropa, objetos personales, recostarse en cama de otras y otros estudiantes. Realizar higiene de manos antes y después de utilizar elementos de uso común. Asegurar la provisión y la disponibilidad permanente de insumos para la higiene de los y las residentes y todo el personal, utilizar alcohol en gel con una periodicidad adecuada” y conservar el cubre bocas en todos los momentos en los que sea posible. Se deberá establecer una rutina de lavado de manos en el día. ?Establecer horarios para evitar aglomeraciones en las actividades/tareas propias de una residencia en momentos como, las duchas o durante el servicio de alimentación etc. Se debe realizar una limpieza periódica y frecuente de todas las instalaciones, especialmente en zonas de mayor contacto y circulación (picaportes, mesas, interruptores, etc.), con cada cambio de turno. Se debe realizar la desinfección diaria completa de superficies (la frecuencia debeser acorde al tránsito, acumulación de personas, época del año y complementaria a la ventilación de ambientes). Realizar limpieza de las superficies con agua y detergente previo a la desinfección.Circulación de estudiantes en espacios comunes Diagramar el uso de espacios comunes de las residencias evitando aglomeración de estudiantes, realizar y establecer mediante señaléticas las normas y pautas de uso de los espacios (cantidad de personas, permanencia, etc.) Evitar saludos, abrazos, besos. Al toser o estornudar cubrirse la boca con el pliegue del codo, o con un pañuelo desechable. Evitar compartir bebidas, utensilios personales, tazas, vasos, mate, etc.-Higiene personal. Establecer rutina de higiene de manos frecuente: esta consiste en la higiene de manos mediante el lavado de estascon agua y jabón, la aplicación de alcohol en gel o solución alcohólica al 70 %. Para reducir eficazmente el desarrollo de microorganismos en las manos, el lavado debe durar al menos 40-60 segundos.Es importante hacerlo frecuentemente:-Antes y después de comer, manipular alimentos.-Antes y después de manipular basura o desperdicios.-Luego de haber tocado superficies de uso público (picaportes, interruptores, barandas, etc.)-Manipular dinero, llaves, animales, etc.-Después de ir al baño. Elementos personales: cada uno de los residentes deberá hacerse cargo de sus elementos personales, del orden de su ropa (teniendo en cuenta que todo aquel elemento o prenda que no esté usando en ese momento, deberá permanecer guardada dentro de su habitación). Será necesario que periódicamente desinfecte los elementos de uso personal (teléfono celular, billetera, llaves, anteojos, etc.).Es aconsejable que los residentes lleven el mínimo de pertenencias posibles. Uso de baños:-Infraestructura:los mismos deberán contar con agua potable, fría y caliente, tanto para la higiene bucal, de manos y corporal. -Todas las acciones realizadas dentro de los baños deberán ser llevadas a cabo con objetos personales ya sean los provistos por la escuela o provenientes de sus hogares, sin posibilidad de intercambiar con otros. El espacio debe estar señalado con las medidas de distanciamiento preventivas indicando los usos posibles y restringidos de las instalaciones del lugar.-Ingreso y egresos a los baños delas residencias:En el momento de ingresar las/los estudiantes deberán colocarse la solución sanitizante que estará de forma fija y permanente en el ingreso de los sanitarios. Evitar aglomeraciones tanto al ingreso de los baños como dentro de ellos, generando flujo de movilidad que evite la permanencia innecesaria de las/os estudiantes dentro del mismo. Establecer ingresos mediante turnos preestablecidos o filas cortas de estudiantes pertenecientes al mismo grupo donde se respete el distanciamiento y se utilice el barbijo. Implementar el uso de señalética para fortalecer estas medidas preventivas de contagio. Uso de bachas o piletas para la higiene bucal y de manos: Teniendo en cuenta la disponibilidad de piletas o bachas y el distanciamiento entre las mismas dentro de los baños de la residencia, se recomienda que dichas acciones se realicen de manera alternada dejando una bacha o pileta por medio en el caso de que ingrese más de una persona. Las mismas deberán ser indicadas y señaladas para su uso.-Uso deduchas: Se propone el armado de diagramas de turnos donde el duchado de las/os estudiantes se lleve a cabo en dos momentos del día, a la mañana y por la noche, respetando en la disposición de los turnos los grupos previamente establecidos. Es importante que la organización se articule con los horarios del personal y las acciones de limpieza.-La limpieza y desinfecciónde todos los baños deberá llevarse a cabo como mínimo una vez por turno por el personal de limpieza. A su vez, los baños deberán contar con una solución sanitizante de alcohol al 70% o algún otro producto desinfectante que se utilice sobre los grifos y sanitarios con los que el estudiante tuvo contacto. Procedimiento ante casos sospechososEn el marco de las pautas establecidas Conforme en el Anexo IV del “PLAN JURISDICCIONAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES PARA UN REGRESO SEGURO A LAS CLASES PRESENCIALES Actualización para el inicio de clases 2021”, sobre aparición de síntomas y actuación ante COVID. Cada Residencia deberá: Ante la presencia de fiebre o síntomas compatibles con COVID en estudiantes o preceptores en residencia deben tomarse las medidas dispuestas en el Plan Jurisdiccional de la Provincia de Buenos Aires para situaciones ocurridas durante la actividad diaria.Se indica: Designar por acuerdo institucionala un interlocutor por turno que serán los responsables de la articulación con el referente de salud local. Aislar del resto a la persona con síntomas, ubicándola en una habitación reservada para tal fin, y activar las pautas del anexo 4, actuaciones en contexto COVID. Contactarse en forma inmediata con la familia responsable y con el sistema de salud (Línea 148 en Provincia de Buenos Aires y/o aquellas que se dispongan en cada municipio).?Se deberá dar aviso de la situación a todas aquellas personas que estuvieron en contacto directo para tomar las medidas indicadas por las autoridades de salud correspondientes.?Se deberá tener contacto diario con él o la estudiante o personal de la institución por algún mediode comunicación, para el seguimiento de su condición de salud y la verificación de que efectivamente se trató de un caso de COVID. ?Si se detecta un caso confirmado o sospechoso se realizará una desinfección exhaustiva del ámbito de la residencia, extremando los protocolos establecidos. En todos los casos, para el ingreso de las y los estudiantes a las Residencias, el director junto al interlocutor institucional deberá acordar de manera anticipada y conjunta, con el responsable familiar y el referente de salud local, que en caso que un estudiante no cuente en su domicilio con un lugar adecuado para transitar el aislamiento, la familia a través de declaración jurada se comprometerá a alojarlo en un espacio que garantice las condiciones necesarias de asilamiento sanitario. En ningún caso la o el estudiante, identificado como caso sospechoso y/o confirmado de Covid podrá permanecer en la residencia. Se procederá siguiendo las pautas en lo establecido en el Anexo lV del Plan Jurisdiccional?Las instituciones deberán llevar un registro de todaslas medidas adoptadas.De la cocina y el Comedor EscolarEste protocolo habilita el funcionamiento del comedor escolar solo para losy lasestudiantes alojados en las residencias estudiantiles.A los fines de brindar el servicio de alimentación en las EESA, EEST y CEPT,se deberánatender las siguientes recomendaciones,en el marco del presente protocolo: La disposición de los y las estudiantes en el espacio del salón comedor deberá garantizar 1,5metros de distancia entre los mismos. En caso de ser necesario, se dispondrá del uso de otros espaciosalternativos, respetando la distancia establecida. El uso del salón comedor será de manera escalonada según la cantidad de estudiantes que integran cada grupo y la distancia que debe respetarse según los metros cuadrados del comedor ode los espacios alternativos de uso. Ello a los fines de evitar aglomeraciones y contactos entre distintos grupos. Se realizará la limpieza y desinfección de lossalones comedores oespacios comunes alternativos conforme las pautas establecidas en el ANEXO III -Protocolo de Limpieza y desinfección para establecimientos educativos en contexto COVID-19del plan Jurisdiccional. Las cocinas y los salones comedores se limpian y desinfectan en los cambios de turno de uso de los distintos grupos. En el acceso al comedor o en las aulas se deberá colocar dispensador de alcohol en gel, solución hidroalcohólica y/o sanitizantes a disposición de los y las estudiantes. Las mesas, sillas y el piso deberán desinfectarse antes y después de que se retire cada grupo de estudiantes. El lavado frecuente de manos y/o la limpieza de manos con alcohol en gel o alcohol al 70% deberá realizarse por los y las estudiantes antes y después de comer; por las y los trabajadores antes, durante y después de manipular alimentos y después de limpiar y desinfectar las cocinas y salones comedores. Evitar la manipulación innecesaria de cualquier objeto personal (billeteras, celulares, llaves, etc.) durante la rutina del comedor.?Ventilación natural permanente. La ventilación es la renovación del aire de los espacios mediante aire procedente del exterior. Esto puede realizarse de forma eficaz garantizando la ventilación natural, a partir de la abertura total o parcial de puertas y ventanas, en todo momento siempre que sea posible, o al menos cada 20 minutos durante 5 minutos seguidos. Deberá colocarse cartelería que contenga información sobre el sentido de la circulación, lavado de manos, distanciamiento, prohibición de contacto físico, de compartir cubiertos, vasos u otros objetos personales. Acotar los tiempos del uso del comedor evitando que los y las estudiantes permanezcan en instancias de sobremesa. El personal a cargo de servicios de alimentación deberá retomar las prácticas en manipulación permitiendo la distribución de alimentos y provisiones teniendo en cuenta los protocolos de seguridad e higiene habituales. Para su uso, la cocina debe tener instalación de agua y gas en correcto funcionamiento y ser un espacio con buena ventilación. Las personas que trabajen en la cocina deberán procurar mantener una distancia de dos (2) metros entre sí en todo momento. Se deberá procurar que aquellos que no estén involucrados en la preparación de los alimentos no ingresen a la cocina y a los almacenes de alimentos. El personal que realice la elaboración de alimentos deberá usar los elementos de protección personal: barbijos, cofia y/o cabello prolijo y recogido, protector facial (máscara). Los elementos de protección personal deberán cumplir con lo exigido dentro del Código Alimentario Argentino, además, deberán dar cumplimiento a las indicaciones respecto al descarte de los mismos. Las zonas de lavado de manos y utensilios deberá estar abastecida con cantidades suficientes de jabón desinfectante y papel secamanos. Si se usan guantes, implementar correcto uso de cambio y desecho y realizar entre ambos el correcto lavado de manos. Deberán lavarsus manos entre la manipulación de alimentos crudos y cocidos. Evitar en la medida de lo posible el autoservicio de alimentos por parte de los y las estudiantes. La comida será servida en el plato de cada estudiante mediante el uso de pinzas, cucharas y otros utensilios por el personal de cocina. El personal auxiliar deberá sanitizarse las manos antes y después de cada manipulación de los elementos que entrega a los y las estudiantes. Evaluar la conveniencia de identificar los utensilios de cocina que son de uso de los alumnos/as evitando la rotación

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viernes, 23 de abril de 2021

Nuevo régimen de suplencias docentes por Covid. Entre Ríos

El Consejo General de Educación dispuso que docentes que sean caso positivo o sospechoso de Covid podrán ser cubiertos por entre cinco y 15 días por suplentes. La resolución N° 981, firmada este lunes 19 de abril por el presidente del CGE, Martín Müller y los vocales Exequiel Coronoffo, Griselda di Lello y Humberto Javier José, “teniendo en cuenta la actual situación epidemiológica es imprescindible continuar implementando determinadas medidas de seguridad, higiene, de organización institucional y pedagógica curricular”. A los docentes que sean caso confirmado positivo o contacto estrecho “se les concederán 15 días de licencia”, pudiendo extenderse en los casos de casos positivo “según informe médico correspondiente”. Tanto en los docentes licenciados por caso positivo o contacto estrecho, dice la resolución del CGE, “se autorizará la cobertura con suplentes”. Suplencias De ese modo, el CGE suspendió “transitoriamente” la aplicación de la resolución N° 1100 del año 2008, y autorizó la cobertura de suplencias por un período mínimo de 5 días. Aquella disposición del año 2008 estableció la cobertura “con personal suplente reemplazante las suplencias que se produzcan: por 5 días o más días corridos en las escuelas de nivel inicial y de educación especial; por 15 días o más corridos en todos los niveles o modalidades. Respecto de los suplentes, el CGE emitió la resolución N° 980, también fechada este lunes 19, y dispuso que al haberse detectado que se han designado suplentes que, luego de tomar el cargo, quedan incluidos entre los grupos de riesgo, “provocando situaciones complejas causadas por la superposición de funciones que ponen en riesgo la continuidad pedagógica de los procesos de enseñanza y de aprendizaje en la presencialidad”, y dispuso un sensible cambio. Así, aquellos docentes que “cubran suplencias” por causas Covid “deberán garantizar la presencialidad en las funciones que asuman tanto en cargos iniciales, horas cátedra o cargos de ascenso, de conducción no directiva y/o directiva”.

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jueves, 15 de abril de 2021

Ingreso a la Docencia 2021-22

La Dirección de Tribunales de Clasificación y la Dirección Gestión de Asuntos Docentes
comunican las pautas y cronograma relacionados con la carga y valoración de antecedentes para
el Ingreso en la Docencia 2021 - 2022.
Dada la actual situación, resulta necesario continuar con la instrumentación de las pautas
referidas al Ingreso a la Docencia, implementadas el año anterior, con el fin de dar respuesta y
favorecer la inscripción de aspirantes teniendo en cuenta a aquellos/as que lo hacen por primera
vez y al mismo tiempo para todas/os las/os docentes que requieren ratificar o rectificar sus datos
de ingreso.
Es por ello, que continuamos utilizando como herramienta la plataforma ABC para el
Ingreso por Autogestión y explicitamos las pautas que servirán de guía para concretar
exitosamente el trámite.
No obstante, debemos aclarar que toda inscripción realizada mediante este sistema, tanto
para las/os aspirantes que lo realizan por primera vez como para las/os que realicen ratificaciones
y rectificaciones, tendrá carácter de Declaración Jurada y será constatada por los organismos
intervinientes, lo que no deslindará la responsabilidad de presentar las debidas constancias en
formato papel, una vez reintegradas las actividades presenciales, mediante la organización de
turnos o como dispongan las respectivas dependencias.
La consignación de datos falsos dará lugar a la consecuente exclusión del listado y las
correspondientes acciones disciplinarias.

Las/los aspirantes que encuentren inconvenientes para registrarse o, no puedan utilizar
el servicio “IID” (Inscripción Ingreso a la Docencia) por fallas en el mismo podrán
consultar el servicio de Mesa de Ayuda (infoayuda@abc.gob.ar) donde obtendrán la guía
necesaria para cumplir con el requisito de autogestionar su usuario/contraseña.
Si la consulta se refiere al uso del aplicativo o de orden normativo, deberá dirigirse al
mail ayuda_ingresoaladocencia@abc.gob.ar

La inscripción al Ingreso a la Docencia se realizará en forma virtual, cumplimentando la
Declaración Jurada en línea a través de la plataforma ABC en la solapa “servicios.abc.gob.ar”. En
aquellos casos que el/la docente realice la inscripción de Ingreso a la Docencia por primera vez,
deberá adjuntar la documentación que avale los datos declarados, como en los casos que se
deban rectificar datos, deberá adjuntar nuevos títulos, certificaciones, cursos, etc.

INSCRIPCIÓN DE ASPIRANTES POR PRIMERA VEZ EN LISTADO OFICIAL

La inscripción al Ingreso a la Docencia de aquellos/as docentes que se inscriban por
primera vez en el Listado Oficial se realizará de la siguiente manera:
Se deberán registrar en la plataforma ABC, si aún no se encuentran registrados. Una vez
registrados, ingresarán a la solapa servicios.abc.gob.ar SERVADDO y se dirigirán al enlace que
se indique para la inscripción en el Listado Oficial 2021-2022, donde cumplimentarán la
Declaración Jurada en línea.

Consideraciones en la Declaración Jurada
La Declaración Jurada, cumplimentada por el/la aspirante, generará un comprobante que
le permitirá visualizar su inscripción. Toda la información consignada junto a los documentos
adjuntados, serán analizados por los Tribunales de Clasificación Descentralizados, teniendo en
cuenta las siguientes consideraciones:
1.- DATOS PERSONALES: Se considerarán los datos informados por el/la aspirante en
Declaración Jurada.
a. DOMICILIO: como domicilio real será considerado el que figura consignado en el DNI
(adjuntado por el/la aspirante), de acuerdo con lo establecido en el Art. 60o inc. d) del
Estatuto del Docente, Decretos Reglamentarios y Resolución No 784/03. Adjuntar DNI
(frente y dorso) ESCANEADO, caso contrario no se le permitirá continuar con su declaración
jurada de inscripción.
2.- DISTRITOS SOLICITADOS: Se deberán consignar como máximo tres (3) distritos, incluido o
no, el de residencia. Si el/la interesado/a no consignó ninguno, no podrá continuar con su
inscripción.
3.- NIVELES Y/O MODALIDADES SOLICITADAS: El/la docente será habilitado/a para el ingreso
a la docencia en los niveles y/o modalidades de acuerdo a los títulos que declare y se encuentren
habilitados conforme al Nomenclador.
4.-CARGO TITULAR: Cumplimentar en el caso que el/la aspirante posea cargos titulares en el
sistema educativo provincial, tanto en gestión estatal como en gestión privada. Serán
considerados los datos declarados por el/la interesado/a, teniendo especial atención en aquellos

casos en que se hubiera modificado su situación de revista (acrecentamiento, titularización
interina, renuncia, etc.). Cabe aclarar que se debe adjuntar los cargos/módulos/horas titulares que
posea en cualquier institución educativa. Adjuntar documentación probatoria ESCANEADA.
5.-ANTIGÜEDAD y CALIFICACIÓN:
a. ANTIGÜEDAD Cumplimentar en caso que el/la aspirante tenga desempeño en el
sistema educativo provincial. Se procederá a asignar toda la antigüedad (certificada
por autoridad escolar) que el/la aspirante declare hasta el ciclo lectivo 2020.
b. CALIFICACIÓN: Cumplimentar en caso que el/la aspirante tenga calificación por
desempeño en el sistema educativo provincial. Se consignarán las calificaciones
certificadas (SET4, copia de PDD, nota de autoridad escolar) correspondientes a los
dos (2) últimos años en que haya sido calificado el/la aspirante en el cargo, módulos
y/u horas cátedra. Adjuntar documentación probatoria, ESCANEADA.

6.- TÍTULOS HABILITANTES: Serán considerados todos los títulos que se encuentren en el
nomenclador vigente, el mismo puede ser consultado en el portal ABC
Adjuntar TÍTULO/S ESCANEADO/S, caso contrario no se le permitirá continuar con su
declaración jurada de inscripción.
Observaciones: En el caso de que el/la aspirante posea el título en trámite, se admitirán las
constancias a los/as aspirantes egresados/as de los Institutos Superiores de Formación Docente
y/o Técnico y de las instituciones ajenas a la DGCYE (Institutos y Universidades), que solicitaron
la vía de excepción y que hayan obtenido el aval.
Adjuntar Certificado/s ESCANEADO/S o FOTO.
7.- TÍTULOS Y CURSOS BONIFICANTES: se detallará en el sistema la denominación del título
bonificante / cursos, el organismo que lo expidió y número de Resolución de plan de estudios en
caso de que se consigne. El mismo debe coincidir con la documentación escaneada.
Observaciones: Los títulos y/o cursos bonificantes podrán ser consultados en el nomenclador
vigente publicado en el portal ABC. No se aceptarán constancias de título bonificante en trámite.
Adjuntar TÍTULO/S Y CURSOS BONIFICANTES ESCANEADO.
8.- DECRETO 258: se procederá a cargar la información consignada por el/la aspirante.

INFORMACIÓN PARA EL ASPIRANTE
La/el aspirante podrá cumplimentar, a través de la plataforma ABC los datos requeridos en

la Declaración Jurada Digital, sin necesidad de concurrir a la Secretaría de Asuntos
Docentes.
Deberá consignar los datos en la declaración jurada de inscripción, en inscripción en el
Listado Oficial 2021-2022
Una vez finalizada la inscripción se podrá verificar la autogestión visitando el enlace
“Declaración Jurada Digital Oficial”.
IMPORTANTE: En caso de ingresar en reiteradas oportunidades a efectos de
agregar/rectificar información, será considerado como válido el último ingreso al sistema.
Todos los archivos que se adjunten, deben tener el formato PDF, JPG, de otra forma el
sistema no lo procesará.

INSCRIPCIÓN DE DOCENTES POR AUTOGESTIÓN CON REGISTROS

ANTERIORES

Esta opción de inscripción se habilita para aquellos/as aspirantes que ya se hayan inscripto
en años anteriores.
Para realizar la inscripción deberán acceder a la plataforma ABC con usuario y contraseña,
para lo cual necesitarán estar registrados para acceder al SERVADDO.
Deberán consignar los datos en la declaración jurada de inscripción, que se abrirá seleccionando
la opción para la inscripción Ingreso a la Docencia, validando los datos que visualice en el
SERVADDO y si requieren rectificación elegir la opción: NO ACEPTAR los datos observados y
continuar hasta finalizar la planilla. Para la rectificación, el/la aspirante deberá seguir los pasos
explicados anteriormente en las consideraciones para la carga de datos de la rectificación de
autogestión.
Una vez finalizada la inscripción se podrá verificar la autogestión visitando el servicio DJD
“Declaración Jurada Digital”.
IMPORTANTE: En caso de ingresar en reiteradas oportunidades a efectos de agregar/rectificar
información, será considerado como válido el último ingreso al sistema.

PAUTAS PARA RECTIFICACIÓN DE DATOS EN INSCRIPCIÓN 2021-2022

Se deberá ingresar en la plataforma ABC, con su usuario, una vez en ella deberán ingresar
a la solapa servicios.abc.gob.ar SERVADDO y dirigirse a la opción que indique Rectificación por
Autogestión en el Listado Oficial 2021-2022, cumplimentando la planilla allí detallada.
Consideraciones para la carga de datos de la rectificación de autogestión
La rectificación de autogestión será cumplimentada por el/la aspirante y generará un
comprobante de rectificación, asimismo los documentos adjuntados serán remitidos desde el nivel
central para su posterior análisis y carga en el sistema por parte de los Tribunales de Clasificación
Descentralizados.

IMPORTANTE: Todos los archivos que se adjunten, deben tener el formato PDF, JPG, de otra
forma el sistema no lo podrá procesar. Se sugiere unificar por ítem, la documentación en único
archivo de formato PDF para facilitar la recepción del sistema.

1.- DATOS PERSONALES:
Si el/la aspirante no aceptó en su declaración jurada este punto, deberá adjuntar las probanzas.
Adjuntar DNI o probanzas ESCANEADAS.
2.- CARGO TITULAR:
Si el/la aspirante no aceptó en su declaración jurada este punto, deberá adjuntar las probanzas.
Adjuntar documentación probatoria ESCANEADA
3.- ANTIGÜEDAD:
Si el/la aspirante no aceptó en su declaración jurada este punto, deberá adjuntar las probanzas.
Adjuntar documentación probatoria ESCANEADA
4.- CALIFICACIÓN
Si el/la aspirante no aceptó en su declaración jurada este punto, deberá adjuntar las probanzas.
Adjuntar documentación probatoria ESCANEADA
5.- TÍTULOS HABILITANTES:

Si el/la aspirante no aceptó en su declaración jurada este punto, deberá adjuntar las probanzas.
Adjuntar documentación probatoria ESCANEADA
6.- TÍTULOS Y CURSOS BONIFICANTES:
Si el/la aspirante no aceptó en su declaración jurada este punto, deberá adjuntar las probanzas.
Adjuntar documentación probatoria ESCANEADA

CRONOGRAMA DE ACCIONES

Fechas
2021

S.A.D. T.D. T.C.

12/04 a
partir de las
12.00 hs
hasta el
04/06

Difusión y recepción de
Declaraciones Juradas de
nuevos aspirantes y
documentación que requiera ser
valorada (autogestión)

Carga de antecedentes
correspondientes a las
Declaraciones Juradas
y/o documentación
valorable.

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07/06 al
06/08 ------------

Carga de antecedentes
correspondientes a las
Declaraciones Juradas
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viernes, 9 de abril de 2021

Dispensas denegadas. Información

Secretaría de Asuntos Docentes de Saladillo socializa el mail recepcionado, en el día de la fecha, desde la Dirección de Gestión de Asuntos Docentes :

«Se comunica a las y los trabajadores de la Dirección General de Cultura y Educación, que hayan solicitado dispensas laborales en el marco de los establecido en la Resolución N° 90/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y se encuentren DENEGADAS, que en el marco de seguir auditando las mismas y en post de cuidar la salud de las y los trabajadores, las mismas cambiarán de estado, pasarán a encontrarse EN ESPERA y las y los trabajadores estarán provisoriamente dispensados.  

Mientras las dispensas mencionadas en el párrafo anterior se encuentren EN ESPERA, los equipos directivos podrán solicitar la cobertura de los cargos en el marco de lo estipulado en la resolución N° 1141/2021 de la Dirección General de Cultura y Educación.  

Los equipos podrán solicitar al docente o auxiliar que remita la captura de pantalla del sistema MIS LICENCIAS. También puede requerirse la información a la SAD o al CONSEJO ESCOLAR de su distrito.  

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miércoles, 7 de abril de 2021

Pandemia conceptos sobre la asistencia a clases. Lenguaje protocolar. Provincia de Buenos Aires

DISPENSA: Permiso que autoriza a un docente a no concurrir en forma presencial a la escuela. Debe realizar su tarea docente con la modalidad virtual. Se le otorga a los mayores de 60 años y a quienes padecen enfermedades o factores de riesgo ante el Covid. DIPSENSA POR HIJO CON DISCAPACIDAD: Excepciones al Trabajo Presencial por Menores a Cargo con Discapacidad o con Factores de riesgo para COVID 19,según lo estipulado en el Artículo 1° de la Resolución N° 391/21 se informa que las y los agentes que sean convocados a prestar servicios de manera presencial, pueden solicitar la autorización de inasistir al lugar de trabajo, cuando se trate del progenitor, progenitora o persona adulta responsable a cargo de un niño, niña o adolescente con discapacidad o considerado/a población de riesgo conforme el artículo 1° de la Resolución N° 90/20 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros. ARTÍCULO 2°.- ADECUACIÓN HORARIA: Los trabajadores y las trabajadoras, ya sea que presten tareas en forma presencial o desde su domicilio, que acrediten estar a cargo del cuidado de niños y niñas de entre SEIS (6) y DOCE (12) años, de personas con discapacidad o de adultos mayores dependientes, tendrán derecho a pautar horarios compatibles con las tareas de cuidado a su cargo o de solicitar hasta dos interrupciones por jornada, siempre que ello no afecte el cumplimiento de sus tareas o de la jornada legal o convencional. LICENCIA MÉDICA POR COVID CONFIRMADO: El docente que tiene Covid confirmado tiene derecho a la licencia médica hasta que sea dado de alta. En este caso y como ocurre con cualquier otra licencia médica, está eximido de trabajar, por ende, no dará clase ni presencial ni virtualmente. DOCENTE AISLADO: Un docente será aislado cuando haya dado clase en una burbuja en las 48 horas antes de haberse detectado un alumno con caso sospechoso (2 o màs síntomas Covid) o con Covid confirmado. El aislamiento durará 14 días y el profesor debe realizar su tarea docente en forma virtual. Si el caso sospechoso es descartado, la burbuja y los docentes aislados retornan a clases presenciales. El docente debe ser aislado en todas las escuelas donde trabaje y entregar la certificación emitida por “la escuela que aisla” a las otras instituciones para la justificación de las inasistencias. ESCUELAS: ÀMBITO DE IMPLEMENTACIÓN DEL PROTOCOLO Las escuelas no somos un ámbito de decisión en materia de protocolos, solo nos compete su implementación. Por ende, ninguna escuela puede negarle a un docente el aislamiento o, por el contrario, interrumpir o acortar el periodo de aislamiento de 14 días impuesto. Aun cuando el docente no presente síntomas o tenga hisopado negativo, el aislamiento debe cumplirse según el protocolo. ¿QUÉ HACE UN DOCENTE NO AISLADO CUANDO SU BURBUJA ESTÁ AISLADA? Da clases virtuales a esa burbuja. Èl no asiste a la escuela en ese horario ya que los alumnos están aislados. ¿QUÈ DEBE HACER UN DOCENTE AISLADO? Dar clases virtuales a todas las burbujas y en todas las escuelas. Llegado el caso que tuviera Covid confirmado, solicitará licencia médica por Covid y no da clases. Según lo establecido en el Artículo 3° de la Resolución N° 391/21 del MJGB, se estipula la documentación necesaria que deberán adjuntar al momento de solicitar la Dispensa Laboral Dicha documentación deberá ser presentada en cada establecimiento educativo donde la o el agente tenga desempeño. La dispensa será gestionada/cargada por el equipo directivo a través de SUNA (DL – Dispensa cuidado de menor a cargo) cuando esté la documentación COMPLETA, adjuntándose la documentación presentada por la o el agente. En esta instancia, y mientras la misma sea evaluada desde el nivel central, la dispensa laboral ingresada por el equipo directivo será considerada como válida. Estas dispensas serán presentadas en los establecimientos educativos, quienes deberán cargarlas en el SUNA. La aprobación estará a cargo de las Secretarías de Asuntos Docentes y los Consejos Escolares, pudiendo auditarse la documentación presentada a nivel Central. Documentación a presentar: http://www.abc.gob.ar/rrhh/comunicado-sobre-dispensas-laborales-2021 --------- Este artículo «Pandemia conceptos sobre la asistencia a clases. Lenguaje protocolar. Provincia de Buenos Aires» se ha publicado originalmente en: https://revista.elarcondeclio.com.ar/pandemia-conceptos-sobre-la-asistencia-a-clases-lenguaje-protocolar-provincia-de-buenos-aires/.Si va a utilizar este texto cite la fuente: revista.elarcondeclio.com.ar ---------Visita: http:// www.elarcondeclio.com.ar

sábado, 3 de abril de 2021

Proyecto de Ley sobre Educación de Gestión Privada, Social y Cooperativa. Catamarca

Se trata de la modificación y actualización de la ley de Enseñanza Privada que fue promulgada hace 42 años atrás, por lo que a partir de nuevos paradigmas, se incluyeron cambios significativos para la regulación íntegra de la educación pública de gestión privada, social y cooperativa en todo el territorio provincial. La demora en la aprobación definitiva de la nueva Ley de Educación de Gestión Privada, Social y Cooperativa, que ya tiene media sanción del Senado (falta la aprobación en Diputados), generó malestar en los representantes de los colegios privados, que solicitan su aprobación cuanto antes. “Los centros educacionales públicos no estatales gozarán de libertad para su instalación, organización, funcionamiento y determinación de planes de estudio, sin otra limitación que las establecidas por la Constitución y previamente autorizados para su funcionamiento” manifestó al tiempo de considerar que “este proyecto de Ley, regula de manera íntegra la educación pública de gestión privada, social y cooperativa en todo el territorio provincial, cuya población estudiantil actual es de 21.862 alumnos y alumnas, activos, en todos los niveles y modalidades, distribuidos en 31 colegios de nuestra Provincia”. Adecuaciones La nueva ley prevé la distinción entre aranceles obligatorios y no; y la protección de los alumnos respecto de sus derechos y obligaciones. La ley tiene como punto fuerte que los tutores de los alumnos paguen un adicional por contribución de obras. El aporte estatal estará dividido en cinco categorías de bandas arancelarias que repercutirán en el nivel de subvención. Esto definirá los cargos que se subvencionarán anualmente a partir de las respectivas POF (Planta Orgánica Funcional) de los colegios privados, estableciéndose que, quienes cobren una cuota más alta a los alumnos, tendrán un menor aporte estatal.

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