martes, 13 de diciembre de 2022

Importante acuerdo paritario salarial para docentes de la educación no formal. SADOP

 

 




El Sindicato Argentino de Docentes Privados (SADOP) firmó con las Cámaras empleadoras de la educación privada un incremento salarial para el sueldo básico de las y los docentes incluidos en el artículo 18, inciso b) de la Ley 13.047 y que se desempeñan en los establecimientos privados de enseñanza comprendidos en el Artículo 2do de la misma. 

 

El acuerdo, que rige a partir del 1 de noviembre de 2022, marca los nuevos importes a abonar a las y los docentes que dictan materias extraprogramáticas. El acta se firmó en el ministerio de Educación y será homologado por el ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación El acuerdo fue rubricado por SADOP, el Consejo Superior de Educación Católica (Consudec), la Confederación Argentina de Instituciones de Enseñanza Privada (CAIEP) y la Junta Coordinadora de Asociaciones de la Enseñanza Privada de la República Argentina (COORDIEP). 

 

Este acuerdo implica un aumento del 96% en el año paritario para todo este universo de trabajadoras/es, a lo que se suma una cláusula de revisión en febrero, y a partir de ahí revisiones trimestrales para proteger el poder adquisitivo de los salarios. Marina Jaureguiberry. Secretaria Gremial Grilla Salarial.

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viernes, 2 de diciembre de 2022

 

 


 

 

 Se garantiza que el sueldo mínimo desde el 1° de febrero de 2023 será de 90.338 pesos. Los representantes gremiales coincidieron en «la importancia de la paritaria como herramienta de los trabajadores para recuperar el salario». 

El Gobierno y los cinco gremios docentes con representación nacional en la paritaria federal acordaron en el contexto de la reactualización convencional anual un aumento salarial del 114%, que permitirá un haber mínimo garantizado de $90.338 en febrero próximo, se informó oficialmente. Además, se estableció una mejora del Fondo Nacional de Incentivo Docente (Fonid) y por conectividad que alcanzará 12.100 pesos ese mes. 

«El presidente Alberto Fernández y el ministro de Educación, Jaime Perczyk, acordaron hoy con representantes de los gremios un aumento que eleva el salario Mínimo Nacional Docente Garantizado a $ 90.338 en febrero y contempla, además, un aumento del Fondo Nacional de Incentivo Docente», indicó el Gobierno nacional en un comunicado. 

En la reunión paritaria también se acordó un nuevo encuentro para febrero y un aumento del FONID de $ 11.000 en diciembre y de $ 12.100 en enero y febrero del año próximo. Por la cartera educativa también estuvieron en la firma del acuerdo la secretaria de Educación, Silvina Gvirtz; el secretario general del Consejo Federal de Educación, Marcelo Mango, y el director de Relaciones con la Comunidad Académica y la Sociedad Civil, Luis Calderaro. 

Otros dirigentes presentes fueron, por Ctera, la secretaria gremial, Angélica Graciano, y el secretario de Acción Social, Luis Branchi; por UDA, el secretario general de Formosa, Vicente García Insfrán, y el secretario general de Capital, Norberto Cabanas. Y por la Unión de Educadores de Córdoba (UEC), el secretario general, Juan Monserrat. También estuvieron el secretario adjunto de Sadop, José Luis Fernández, y Jorge Béseles, de Amet. Por la CEA asistieron el secretario de Convenciones Colectivas, Juan Carlos Aguirre; la secretaria de Educación y Cultura, Laura Man, y el secretario de Finanzas, Omar Aita. CTERA planteó la necesidad de un incremento salarial, volvió a plantear la problemática del Impuesto a las Ganancias al sector docente. 

El Consejo Superior de Educación Católica (Consudec) estuvo representado por Adrián Álvarez, mientras que por la Confederación Argentina de Instituciones de Enseñanza Privada fueron Claudia Stringi y Carlos Camarottii. 

El Sadop, liderado por Jorge Kalinger, y la UDA de Sergio Romero coincidieron en señalar que ese incremento del 114% anual regirá sobre el Sueldo Mínimo Nacional Docente Garantizado (Smndg). Los gremios y el Gobierno también acordaron que la paritaria 2023 se abrirá en febrero. 

Resumiendo: En la Paritaria se acordó: 

– Un incremento salarial del 114 % anual. 

• Alcanza al 97% con los haberes del mes diciembre de 2022. 

• 105.9% con los haberes de enero de 2023. 

• 114% con los haberes de febrero 2023.

 – Aumento del FONID y conectividad

 • Diciembre 2022 de 11.000 pesos. • Enero 2023 de 12.100 pesos. 

• Febrero 2023 de 12.100 pesos. Buenos Aires, jueves 1° de diciembre 2022.

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Este artículo «Paritaria Nacional Docente. Acuerdos» se ha publicado originalmente en: https://revista.elarcondeclio.com.ar/paritaria-nacional-docente-acuerdos/.Si va a utilizar este texto cite la fuente: revista.elarcondeclio.com.ar
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martes, 22 de noviembre de 2022

Cambios en el cálculo jubilatorio docente

El Gobierno nacional, a través de las resoluciones 1566/2022 y 1567/2022 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, difundidas en el Boletín Oficial, notificó las modificaciones del cálculo jubilatorio que se aplican al régimen docente Ley 24.016 y la Ley 26.508 de docentes universitarios. A partir de estas decisiones de la cartera laboral, se modifica el sistema de movilidad semestral que tenían para el cálculo y pasa a uno trimestral, como se emplea en el régimen general. Las medidas gubernamentales fueron frutos del reclamo en la Paritaria Nacional de SADOP, junto con el resto de las organizaciones docentes hermanas. Marina Jaureguiberry, Secretaria Gremial, calificó a las modificaciones como “un hecho de justicia reparatoria”. CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 26.508 instituyó un Régimen Previsional Especial para el Personal Docente de las Universidades Públicas Nacionales, no comprendido en la Ley Nº 22.929 y sus modificatorias. 

 Que mediante la Resolución SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL Nº 33/09 se establecieron las normas reglamentarias para posibilitar el otorgamiento de las prestaciones previstas en dicho Régimen y el reconocimiento de su movilidad. Que por el Artículo 2º de la resolución mencionada precedentemente se dispuso que la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL debía determinar el índice de movilidad a aplicar en los meses de marzo y septiembre de cada año calendario. 

 Que en el Anexo de la Resolución SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL Nº 33/09, en oportunidad de reglamentar el Artículo 1º, inciso c) de la Ley Nº 26.508, se estableció que el índice de movilidad del haber mensual de los beneficiarios amparados por la misma debería ser elaborado por la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL y mediría las variaciones salariales de la Remuneración Imponible Promedio de los Docentes Universitarios Nacionales (RIPDUN) del primer semestre del año para ser aplicada en septiembre de dicho año y la del RIPDUN del segundo semestre, para ser aplicada en marzo del año siguiente. 

 Que, posteriormente, por el Artículo 3° de la Resolución de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL N° 4 del 28 de febrero de 2018 se sustituyó el segundo párrafo de la reglamentación del Artículo 1º, inciso c) de la Ley N° 26.508 aprobado por Resolución SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL Nº 33/09, arriba citado, y se determinó que el valor de la movilidad de los haberes mensuales a otorgar en el mes de marzo de cada año calendario sería equivalente al porcentaje del incremento salarial que se hubiera acordado para el segundo semestre del año anterior, es decir, julio a diciembre inclusive, a través del instrumento que suscriban los representantes de las Instituciones Universitarias Nacionales y los representantes de los gremios docentes del sector universitario, con la participación del MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN y, el valor de la movilidad a otorgar en septiembre de cada año, sería equivalente al porcentaje del incremento salarial acordado para el primer semestre del año en curso, es decir, enero a junio inclusive. 

Que, desde el dictado de las normas citadas precedentemente, la movilidad del personal docente se otorga de manera semestral, sin que sea alcanzada por las disposiciones de las Leyes Nros. 27.426, 27.541 y 27.609. Que a fin de preservar el poder adquisitivo de estos beneficios en el actual contexto inflacionario, resulta necesario otorgar la movilidad que les corresponde en paridad de condiciones temporales que el resto de los y las beneficiarias previsionales. 

Que a tales efectos se dispone la sustitución del Artículo 2° de la Resolución de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL N° 33/09 y el segundo párrafo de la reglamentación del Artículo 1º, Inciso c), contenida en su Anexo. Que a tales efectos, se encomienda a la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL, dependiente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), cada una en el ámbito de sus respectivas competencias, el dictado de las normas y/o procedimientos que sean necesarios para la efectiva aplicación de lo dispuesto en el presente. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios Nº 22.520 (Texto Ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias.

 Por ello, LA MINISTRA DE TRABAJO, EMPLEO Y DE SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- Sustitúyase el Artículo 2° de la Resolución de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL N° 33 del 5 noviembre de 2009, por el siguiente: “ARTÍCULO 2°. – Esta SECRETARÍA determinará el índice de movilidad a aplicar a los beneficios otorgados por el régimen que instituye la Ley Nº 26.508, en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año calendario”. 

ARTÍCULO 2º.- Sustitúyase el segundo párrafo de la reglamentación del Artículo 1º, Inciso c), contenida el Anexo de la Resolución de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL N° 33 del 5 noviembre de 2009, por el siguiente: “El valor de la movilidad de los haberes mensuales a otorgar en el mes de marzo de cada año calendario será equivalente al porcentaje del incremento salarial que se hubiere acordado para el cuarto trimestre del año anterior, es decir, octubre a diciembre inclusive, a través del instrumento que suscriban los representantes de las Intituciones Universitarias Nacionales y los representantes de los gremios docentes del sector universitario, con la participación del MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN. El valor de la movilidad de los haberes mensuales a otorgar en el mes de junio de cada año calendario será equivalente al porcentaje del incremento salarial que se hubiere acordado para el primer trimestre del mismo año, es decir, enero a marzo inclusive, a través del instrumento mencionado en el párrafo anterior. 

El valor de la movilidad de los haberes mensuales a otorgar en el mes de septiembre de cada año calendario será equivalente al porcentaje del incremento salarial que se hubiere acordado para el segundo trimestre del mismo año, es decir, abril a junio inclusive, a través del mismo instrumento. El valor de la movilidad de los haberes mensuales a otorgar en el mes de diciembre de cada año calendario será equivalente al porcentaje del incremento salarial que se hubiere acordado para el tercer trimestre del mismo año, es decir, julio a septiembre inclusive, a través del mismo instrumento”. 

ARTÍCULO 3º.-Encomiéndase a la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL, dependiente de este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), cada una en el ámbito de sus respectivas competencias, el dictado de las normas y/o procedimientos que sean necesarios para la efectiva aplicación de lo dispuesto en la presente.

 ARTÍCULO 4º.- La movilidad a otorgar en el mes de diciembre de 2022, conforme lo dispuesto en los artículos precedentes, se abonará en el mes de enero de 2023. 

 ARTÍCULO 5º.- La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL. 

ARTÍCULO 6º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. 

Raquel Cecilia Kismer e. 08/11/2022 N° 90400/22 v. 08/11/2022 Fecha de publicación 08/11/202 --------- Este artículo «Cambios en el cálculo jubilatorio docente» se ha publicado originalmente en: https://revista.elarcondeclio.com.ar/cambios-en-el-calculo-jubilatorio-docente/?doing_wp_cron=1669127088.4369659423828125000000.Si va a utilizar este texto cite la fuente: revista.elarcondeclio.com.ar ---------

domingo, 6 de noviembre de 2022

Jubilados docentes de Anses. Recibirán aumento cada 3 meses

 


 


Desde el mes de diciembre de 2022, la actualización de los haberes jubilatorios se realizará en forma trimestral y no semestral. Esa lucha incluyó gestiones de CTERA y la CTA
DESARROLLO
Una muy buena noticia para los y las jubiladas docentes nacionales. Gracias a la lucha del conjunto, de la CTERA, de la CTA de los y las Trabajadoras y de cada compañero y compañera, se logró que desde el mes de diciembre del corriente, la actualización de sus haberes jubilatorios se realice en forma trimestral. Esa lucha incluyó gestiones de CTERA y la CTA, juntadas de firmas, movilizaciones al Ministerio de Trabajo y la inclusión del pedido, en el último paro nacional de CTERA. En el día de la fecha la CTERA, encabezada por Sonia Alesso, Secretaria General: Roberto Baradel, Secretario General Adjunto y Angélica Graciano, Secretaria Gremial, se reunieron en Casa de Gobierno, con el Presidente de la Nación, Alberto Fernández; el de Ministro de Educación, Jaime Perczyk y la Ministra de Trabajo, Kelly Olmos.
En dicha reunión los funcionarios informaron la resolución de este justo reclamo que la CTERA viene exigiendo desde hace tiempo.
Mediante esta resolución del Ministerio de Trabajo, a partir de diciembre la movilidad de la jubilación para esos sectores dejará de ser semestral y pasará a ser trimestral.
La primera actualización se pagará junto a los haberes del mes de enero de 2023 a más de 170.000 jubiladas y jubilados docentes.
Este logro es fundamental para poder enfrentar los elevados índices de inflación. El próximo aumento se cobrará en el mes de enero del 2023. Este próximo incremento se sumará de forma acumulada al 53,18% del mes de septiembre último. La CTERA sigue en lucha permanente por la defensa del régimen jubilatorio Docente.
Buenos Aires, viernes 4 de noviembre 2022
Sonia Alesso Secretaria General
Roberto Baradel Secretario General Adjunto
Jorge Molina Secretario de Asuntos Previsionales
Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina

 

 

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domingo, 30 de octubre de 2022

Solicitud de Desafiliación Sindical. Argentina

 

 



Esta Solicitud de Desafiliación Sindical puede ser utilizada por una persona afiliada a una asociación sindical, también llamada sindicato, para ejercer su derecho de renunciar a dicha entidad en cualquier momento. Este documento cumple los requisitos de la Ley nacional N° 23.551 y modificatorias y del Decreto N° 467/88 del Poder Ejecutivo nacional y modificatorias exclusivamente.

Renunciante

Cualquier persona afiliada a un sindicato puede presentar su renuncia como afiliado/a en cualquier momento.

Sindicato

El sindicato al que se solicitará la desafiliación debe contar con personería gremial otorgada por el Gobierno nacional y vigente de acuerdo con la información publicada por el Gobierno nacional.

Requisitos Legales de la Solicitud

La solicitud de renuncia como afiliado/a debe cumplir los siguientes requisitos establecidos por ley:

  • comunicarse por escrito.
  • documentarse en papel.
  • individualizar a la persona renunciante.
  • tener la firma manuscrita o digital (pero no la firma electrónica) de la persona renunciante.
  • la copia original firmada debe ser entregada al sindicato al cual la persona renunciante está afiliada y una fotocopia simple de la copia original firmada debe ser recibida con fecha por dicho sindicato.


Vigencia de la Desafiliación

La desafiliación tiene efecto automáticamente:

- para el sindicato: desde la fecha que primero ocurra de entre las siguientes:

    • la fecha cuando el órgano directivo del sindicato acepta de manera expresa la renuncia.
    • si el órgano directivo del sindicato no rechaza de manera expresa la renuncia debido a la existencia de un motivo legítimo para expulsar a la persona renunciante de acuerdo con el estatuto del sindicato, la fecha que es 30 días corridos posterior a la fecha de recepción de la renuncia por el sindicato.

- para la persona o entidad empleadora: desde la fecha cuando se cumplen las siguientes condiciones: (1) la desafiliación está vigente para el sindicato; y (2) la persona desafiliada comunica por escrito a su persona o empleadora la vigencia de la desafiliación para el sindicato.


¿Cómo utilizar este documento?

Esta Solicitud de Desafiliación Sindical puede ser utilizada por una persona afiliada a una asociación sindical, también llamada sindicato, para ejercer su derecho de renunciar a dicha entidad en cualquier momento.

Para completar este documento es necesario contar con los siguientes datos:

  • del sindicato al cual se solicitará la desafiliación (denominación legal).
  • de la persona renunciante (nombre completo y apellido, identificación civil e identificación administrativa como afiliado/a).

Una vez finalizada esta Solicitud de Desafiliación Sindical sin datos en blanco, debe ser impresa en papel común en 1 copia original. La copia original debe ser firmada con firma manuscrita o digital (pero no electrónica) por la persona renunciante. Luego la copia original firmada debe ser entregada al sindicato al cual dicha persona está afiliada. Por último una fotocopia simple de la copia original firmada debe ser recibida con fecha por dicho sindicato.

Legislación Aplicable

Esta Solicitud de Desafiliación Sindical se rige por las disposiciones del artículo 4 de la Ley nacional N° 23.551 y modificatorias y del artículo 2 del Anexo único del Decreto N° 467/88 del Poder Ejecutivo nacional y modificatorias.


¿Cómo modificar el modelo?

Completás un formulario. El documento se va redactando ante tus ojos, en base a tus respuestas.

Al finalizar, lo recibirás en los formatos Word y PDF. Podés modificarlo y volver a utilizarlo.

 

Una guía para ayudarte: ¿Cómo se puede terminar anticipadamente un contrato de trabajo?

Nombres alternativos para este documento: Aviso de Desafiliación a Asociación Sindical Ley 23551 Decreto 467/88, Aviso de Desafiliación a Gremio Ley 23551 Decreto 467/88, Aviso de Desafiliación a Sindicato Ley 23551 Decreto 467/88, Aviso de Renuncia a Asociación Sindical Ley 23551 Decreto 467/88, Aviso de Renuncia a Gremio Ley 23551 Decreto 467/88

 El Decreto que garantiza el derecho a desafiliarse o renunciar a un sindicato es el Decreto N° 467/1988 que garantiza: Para desafiliarse, el trabajador deberá presentar su renuncia a la asociación sindical por escrito. El órgano directivo podrá dentro de los treinta días de la fecha de recibida, rechazarla, si existiere un motivo legítimo para expulsar al afiliado renunciante.
No resolviéndose sobre la renuncia en el término aludido o resolviéndose su rechazo en violación de lo dispuesto en el párrafo precedente, se considerará automáticamente aceptada, y el trabajador podrá comunicar esta circunstancia al empleador a fin de que no se le practiquen retenciones de sus haberes en beneficio de la asociación sindical.


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domingo, 23 de octubre de 2022

Radio Capital: Inclusión Educativa, Alejandra Fortunato. Entrevista a Daniela Leiva Seisdedos

 

 Entrevista en el programa Inclusión Educativa de Alejandra Fortunato en Radio Capital. Esta entrevista salió para Argentina, España, Miami, México

 

 


 

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lunes, 17 de octubre de 2022

 

 
Aumento salarial que en el caso del sector docente será del 8% en octubre, 8% en noviembre y 14% en diciembre, acumulando una suba total del 94%, en virtud del avance inflacionario. Asimismo, el gobernador Kicillof anunció un incremento del 50% en las asignaciones familiares.
 
 
 
De este modo se logró alcanzar una actualización para el mes de octubre atendiendo la recomposición salarial del último trimestre 2022 y previéndose una nueva revisión en el mes de diciembre 2022.
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domingo, 16 de octubre de 2022

Pasan, miran de lejos y nada más. Daniela Leiva Seisdedos



Los docentes de aula, NO sabemos de educación los que saben están en los escritorios, son grandes pedagogos, se las saben todas de libros irreales, saben de entelequias. Solo hay expertos en delegar, hablar desde el pulpito, y no en solucionar.
Jamás se acercan al aula. Los docentes siempre somos observados de reojo, nos cuentan a cada rato las costillas, no buscamos aplausos ni reconociendo pero es difícil desprenderse de ser docente cada día y que nos entiendan.
Que desesperanza produce esa realidad. Los que toman las decisiones no saben, ni averiguan ¿Cómo es el aula? . No se relacionan con docentes reales, dicen que tienen asesores y le a esos asesores le pagamos para que todo vaya mejor. Una vez a un colegio fue Bruera cuando eran candidato a Intendente en la ciudad de La Plata, en la escuela que está en 20 y 54 le pedimos mapas, seis años después NO los tenía esa escuela. Ahhh yo daba geografía sin MAPAS.
Los grandes pedagogos que están en los escritorios no se dieron cuenta que hoy la formación de los estudiantes es: multidisciplinaria, los docentes de aula debemos saber de: medicina básica, enfermería, psicología clínica, ser profeta para saber todo lo que está por venir, apoyada en técnicas terapéuticas, trabajo social para solucionar desde comer hasta llevar los utiles a la escuela, ser los mejores expertos en salud mental pero como no nos alcanzó el tiempo, algunos apenas nos recibimos de docentes. Hoy mi tarea no es pedagógica, sino terapeutica, primero solucioanr todo lo que trae el alumno que muy pocos se atrevieron a ayudarlo a solucionar y si queda tiempo darle algún contenido. Todo está en la escuela y pasa en la escuela.
Educar es, y siempre debe ser, un pensar más en el otro, en su futuro y en su desarrollo pensar en la técnica que se transmite. Nos educamos para seguir humanizándonos por eso una educación sin valores no tiene valor.
El problema es que los docentes de aula NO sabemos de educación, no entendemos lo que pasa en las "altas esferas" y lo único que hacemos es tener 3 meses de vacaciones y trabajar solo cuatro horas. ¿Qué más queremos? Daniela Leiva Seisdedos.
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domingo, 9 de octubre de 2022

¿Qué es la paritaria nacional docente y cuándo se cobra el aumento de sueldo 2022? -

La paritaria nacional docente es una de las negociaciones salariales que cada año mayor importancia tiene en el panorama nacional. La definición del salario docente mínimo nacional afecta directamente a menos del 5% de los docentes, los que recién se inician en la profesión. Sin embargo, como este porcentaje se toma como piso para otras negociaciones salariales, indirectamente tiene implicancias no solo en el conjunto de los docentes, sino también en otros sectores laborales. 

Es una discusión con fuertes efectos sobre la vida de las personas y los presupuestos públicos. Por eso es clave discutir los incrementos salariales en estrecha relación con las características de la carrera profesional.es necesario explicitar el destino y la distribución entre las provincias de los fondos salariales nacionales: el Fondo Nacional de Incentivo Docente y el Fondo Compensatorio Docente. 

 

Estas asignaciones representaron un 17% de los fondos educativos nacionales en 2016. Las personas tienden a pensar solamente en ello cuando se produce un paro y se interrumpe el normal dictado de clases. Pero la paritaria docente es mucho más que esos episodios conflictivos. En la paritaria nacional docente, en la que intervienen numerosos gremios, entidades que representan a escuelas privadas y el Estado como empleador, se define el aumento de sueldo que tendrán todos los maestros y profesores del país. Por eso es fundamental conocer cómo se manejan las negociaciones de la paritaria docente, cómo impactará en los bolsillos y qué aumento de sueldo tendrán los trabajadores y trabajadoras de la educación en 2022. 

 

¿Qué es la paritaria nacional docente? En la paritaria nacional docente los principales referentes del área de educación a nivel nacional acuerdan salarios básicos mínimos que se toman como parámetro en el resto del país. Es decir, se reunen cinco gremios docentes con representación nacional y los funcionarios de la cartera educativa para establecer el piso a partir del cual luego las autoridades de Educación de las distintas provincias y las patronales del área a nivel provincial pueden negociar con sus sindicatos de base. Ningún maestro o profesor en la Argentina puede cobrar por debajo de lo acordado en la paritaria nacional, aunque en muchos de los distritos el salario mínimo supera esos valores. El derecho a celebrar este tipo de acuerdos es un derecho laboral de los docentes. A nivel general, para todos los trabajadores del país, el derecho a concertar convenios colectivos está establecido en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, así como también está ratificado por el Convenio 151 de la Organización Internacional de los Trabajadores (OIT). Pero la paritaria nacional docente no se agota en la discusión salarial, sino que es el ámbito propicio para debatir otras cuestiones que hacen a la docencia

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Este artículo «¿Qué es la paritaria nacional docente y cuándo se cobra el aumento de sueldo 2022?» se ha publicado originalmente en: https://revista.elarcondeclio.com.ar/editar-que-es-la-paritaria-nacional-docente-y-cuando-se-cobra-el-aumento-de-sueldo-2022/.Si va a utilizar este texto cite la fuente: revista.elarcondeclio.com.ar
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sábado, 1 de octubre de 2022

Inscripción al ciclo lectivo 2023. UNLP

El ingreso a la Escuela Graduada «Joaquín V. González» se realiza por sorteo, para cubrir el cien por ciento de las vacantes existentes. Los criterios para el ingreso 2023 han sido establecidos en la Res. Nº 8286/22 por el Sr. Presidente de esta Universidad. El plazo de inscripción es desde el 3 de octubre al 4 de noviembre a las 15hs. del presente año. El sistema inicia a las 8:00 hs del primer día. Para conocer los requisitos y modo de inscripción dirigirse al BOLETÍN INFORMATIVO.

  Descargar aquí. Se recomienda la lectura atenta del mismo a fin de evitar errores. El trámite de inscripción es virtual. Le ofrecemos una guía en este link ¿Cómo es el trámite en nuestra escuela? Información adicional: Las personas interesadas deberán ingresar a las páginas web de cada uno de los establecimientos educativos, donde encontrarán los requisitos para la inscripción:

 -Colegio Nacional “Rafael Hernández”: https://www.nacio.unlp.edu.ar/docencia/ – 

Liceo “Víctor Mercante”: https://www.lvm.unlp.edu.ar/articulo/2022/9/13/inscripcion_a_la_docencia_2023 – Bachillerato de Bellas Artes: https://www.bba.unlp.edu.ar/docencia – 

Escuela Graduada “Joaquín V. González”: https://www.graduada.unlp.edu.ar/personal/inscripcion-a-la-docencia-2023-21650 – Escuela Agraria “M.C. y M.L. 

Inchausti”: https://inchausti.unlp.edu.ar/personal/docentes/inscripciones/2022/inscripcion-a-la-docencia-ciclo-lectivo-2023 Fecha del Sorteo: Miércoles 16 de noviembre a las 9 hs en el Sala de Consejo Superior – Edificio de Presidencia de la UNLP (Av. 7 e/ 47 y 48) Contacto: sorteoanexa@graduada.unlp.edu.ar --------- 

 

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martes, 20 de septiembre de 2022

Escuelas Retén. Daniela Leiva Seisdedos

 

 


Actualmente, muchas escuelas se usan como ‘almacenes de alumnos’, ‘guarderías’ y ese, claro está, no es el papel que debe cumplir la escuela. A poco que nos paremos a pensar, caeremos en la cuenta de que la escuela no solo contiene a los alumnos, sino que también les escucha, les enseña, les aconseja.

 En la escuela, acontece una celebración para que la comunidad educativa sea –sensu lato– menos ignorante. Sin embargo, como ya hemos apuntado, la primera institución que debe velar por los alumnos es la familia.

Independientemente del modelo de familia, nuestros chicos necesitan de EJEMPLO. No pueden estar «a la deriva», requieren de sumo cuidado –como todos–; ¿pues no son, acaso, hijos antes que alumnos?

Hoy la escuela y la docencia han sido suplantadas por la contención y la asistencia: solo eso.

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martes, 6 de septiembre de 2022

Pero faltar al cole no está bien. Olor a hipocresía educativa

 

 


 

El absentismo escolar es el nombre con el que definimos la conducta de faltar a clase sin causa justificada, ni razón sostenible. 
 
¿Qué educación quieren los padres para sus hijos? Situación: Profe: “nos vamos de vacaciones porque en esta época es más barata”. Entonces se vienen las preguntas y lógicas respuestas la educación inicial, primaria y secundaria en Argentina es obligatoria. Es cierto que cada casa es un mundo y si vamos a justificar cada uno de nuestros motivos, no habría niños en las aulas, pero los componentes de la sociedad incluidos los padres deben saber que educación quieren para sus hijos. 
 
Como profesora que veo esta situación les digo que las escuelas son instituciones en donde no se puede entrar alegremente y desbaratar el proyecto educativo que tiene los docentes para todos sus alumnos, eso es entender mal el concepto de aprendizaje democrático. 
 
La educación no es un menú a la carta que cada uno pide lo que quiere y hace lo que quiere incluido los padres. Seamos responsables y no hipócritas a la hora de planear que educación queremos como país.

 

 

 

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sábado, 27 de agosto de 2022

La provincia propone un 20 por ciento de aumento salarial hasta septiembre y convocar una nueva reunión en octubre. Entre Ríos

Los miembros paritarios del gobierno de Entre Ríos y de los gremios del personal docente se volvieron a reunir en paritaria este jueves. 

Tras un breve cuarto intermedio, la provincia formalizó la propuesta de incremento del 20 por ciento: el cuatro por ciento que se adelantó y se está liquidando con los haberes de agosto, más un 16 por ciento con los haberes de septiembre. También se convocaría a una nueva reunión en octubre para analizar la situación inflacionaria y evaluar nuevos acuerdos. 

 

 La paritaria pasó a un cuarto intermedio hasta que los gremios consulten con las bases. “Nos encontramos por segunda vez en la semana para mejorar la propuesta salarial atento a la variación inflacionaria. Escuchamos el pedido de los gremios y la decisión del gobernador es llevar el aumento de los meses agosto y septiembre al 20 por ciento. 

Confiamos en el diálogo como herramienta para construir soluciones para la educación de la provincia.”, expresó el presidente del Consejo General de Educación, Martín Müller. En ese sentido, el funcionario destacó que “con este aumento, el incremento salarial de la docencia entrerriana, en lo que va del año, será del 65,45 por ciento”, y recordó que “primero acordamos un 45,45 por ciento, luego adelantamos un 4 por ciento más, y ahora sumaremos un 16 por ciento con los haberes de septiembre”. Además, Müller destacó que “también remarcamos la decisión de convocar a una nueva reunión en octubre, porque nuestra vocación es reunirnos todo lo sea necesario a fin de evaluar la situación del país y lograr el objetivo principal que nos planteó el gobernador, que es que los salarios le ganen a la inflación”. 

 “Esperamos que este esfuerzo de la provincia pueda ser valorado y que continuemos con el diálogo que hemos mantenido hasta acá, con los chicos y las chicas en las aulas, a fin de garantizar los días de clases que se necesitan”, acotó Müller, y concluyó: “Las paritarias son el ámbito por excelencia en el que debemos acordar las mejoras de las condiciones de los trabajadores del Estado y en particular de la educación”. La reunión estuvo presidida por el secretario de Trabajo, Ángel Zacarías. 

 

En representación del gobierno participaron, además de Müller, el vocal, Humberto Javier José; el secretario General, Pablo Vittor; el director General de Liquidaciones, Néstor Grifoni, y la directora de Asuntos Jurídicos, Miriam Clariá. En tanto, por parte de Agmer, participaron el secretario General, Marcelo Pagani; la secretaria Adjunta, Ana Delaloye; el secretario Gremial, Guillermo Zampedri; el miembro pariatrio, Juan Carlos Crettaz, la apoderada legal, Verónica Fischbach, y la vocal gremial, Susana Cogno. También participaron el secretario Adjunto de AMET, Carlos Varela; y en representación de Sadop, la secretaria Adjunta, Alejandra Franck, y la secretaria Gremial, Katerina Arce. Por UDA participó la secretaria General, Mirta Raya. --------- 

 

Este artículo «La provincia propone un 20 por ciento de aumento salarial hasta septiembre y convocar una nueva reunión en octubre. Entre Ríos» se ha publicado originalmente en: https://revista.elarcondeclio.com.ar/la-provincia-propone-un-20-por-ciento-de-aumento-salarial-hasta-septiembre-y-convocar-una-nueva-reunion-en-octubre-entre-rios/.Si va a utilizar este texto cite la fuente: revista.elarcondeclio.com.ar ---------

sábado, 20 de agosto de 2022

Educación acordó una actualización salarial con docentes de las universidades nacionales

 


 

El acuerdo firmado en el Palacio Sarmiento, contempla un aumento del 7% en agosto, un 5% en septiembre y un 9% en diciembre. Estos aumentos porcentuales prevén un monto fijo mínimo. Además, se acordó retomar las reuniones en octubre.

Perczyk sostuvo que “el acuerdo paritario de hoy es consecuencia del diálogo permanente con todos los gremios universitarios y de la voluntad política de este gobierno para que los salarios de las y los trabajadores se recuperen y le ganen a la inflación”.

Por su parte, el secretario de Políticas Universitarias, Oscar Alpa, expresó que “en este contexto que atravesamos, nuestro gobierno tiene un fuerte compromiso con las y los trabajadores para que los salarios no pierdan poder adquisitivo frente a la inflación”.

La propuesta fue aceptada por representantes de los gremios que agrupan a los docentes en CONADU, FEDUN, FAGDUT, UDA y CTERA. También estuvieron presentes representantes de CONADU Histórica que darán una respuesta hoy.

Por parte del Ministerio de Educación participaron el secretario de Evaluación e Información Educativa, Germán Lodola, y el subsecretario de Fortalecimiento de las Trayectorias Estudiantiles, Leandro Quiroga.

En tanto, acompañaron el encuentro virtualmente: Alfredo Lazzereti (UNMDP), Víctor Moriñigo (UNSL), Andrés Sabella (UNER), Darío Kusinsky (UNPAZ) y Julio Mazzotta (UNLP) en calidad de miembros paritarios por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN)Visita: http:// www.elarcondeclio.com.ar

sábado, 6 de agosto de 2022

El Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut, a través del Departamento Central de Clasificación Docente Nivel Inicial y Nivel Primario, convoca a Concurso docente

El Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut, a través del Departamento Central de Clasificación Docente Nivel Inicial y Nivel Primario, convoca a Concurso de Ascenso Jerárquico, para cubrir los cargos de Supervisor, Director y Vicedirector de sus Niveles y Modalidades, que se tramita por las siguientes resoluciones: ME Nº 615/22 – ME Nº 616/22 – ME Nº 617/22 – ME Nº 618/22.

Los interesados podrán notificarse de los Listados de cargos en las Juntas Zonales de Clasificación Docente, en las Supervisiones Técnicas Escolares, en las Supervisiones Seccionales, en la Página Web del Ministerio de Educación, e inscribirse a través de la Plataforma LUV, completando los datos en la pestaña de CONCURSO DE ASCENSO, que será habilitada desde el 01/09/22 al 10/09/22.

A continuación, compartimos las resoluciones y anexos correspondientes: https://drive.google.com/drive/folders/1veQAQHMDnatt7go1h21gPwGigiaoVPZG

Visita: http:// www.elarcondeclio.com.ar

sábado, 30 de julio de 2022

El sector docente tendrá un 80% anual de incremento salarial. Slata

Cumpliendo con lo que estaba previsto en la paritaria realizada a principios de año, el Gobierno de la provincia y el sector docente realizaron una revisión del acuerdo paritario a partir de la segunda quincena de junio. La reunión estuvo encabezada por el ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, Matías Cánepa.

En una primera etapa se resolvió adelantar los incrementos salariales estipulados para septiembre con el objetivo de que el salario no pierda frente al proceso inflacionario, por lo que se acordó un incremento del 13% para el mes de junio (ya cobrado este mes) y un 9% para julio (a cobrar los primeros días de agosto).

Luego de diversas reuniones posteriores se consensuó un esquema de incremento para los próximos meses del año: 8% para agosto y un 9% para septiembre. Luego de lo cual se realizará un nuevo proceso de revisión para adecuar los incrementos de los 3 últimos meses del año a la realidad del proceso inflacionario. Además está prevista otra revisión para noviembre. 

Más allá de esto, se estableció un porcentaje de incremento salarial distribuido entre los meses de noviembre y diciembre, con lo que se llega a un incremento anual del 80%.

Este acuerdo fue refrendado por los gremios de ADP, UPCN, ATE, AMET, UDA y Sadop y puesto a consideración de su asamblea por parte de Sitepsa a quien acompaña otros sectores docentes que también harán las consultas pertinentes.


Fuente:

domingo, 24 de julio de 2022

Comunicado Area de Concursos N°427: NOTIFICACIÓN de fecha, hora y lugar de Inicio para Prueba de Selección de Secretarios Modalidad Formación Profesional. La Plata.


 Ternas distribuidas en las semanas 2, 3, 4 y 5 que involucra desde el 22 de Agosto hasta el 05 de Octubre del 2022


Recepcionado desde la Comisión Evaluadora,  SAD ll La Plata, Area de Concursos, solicita a los aspirantes a notificarse del Listado con ternas, organizado por fecha para la realización de las Pruebas de Selección para la cobertura de Cargos Jerárquicos Transitorios de Secretarios correspondientes a la Modalidad Formación Profesional.

 

 Listado Secretarios_ Semanas 2-3-4-5

 

Se envia mail a los aspirantes del Distrito La Plata que figuran en la Nómina, para su notificación fehaciente a través del correo de concursoessad2@gmail.comVisita: http:// www.elarcondeclio.com.ar

sábado, 9 de julio de 2022

Carreras Cortas Universitarias. Argentina -

El ministro de Educación, Jaime Perczyk, y el secretario de Políticas Universitarias, Oscar Alpa, presentaron un mapa georeferenciado con la oferta de carreras cortas de formación laboral y profesional que ofrecen 59 universidades nacionales y provinciales, informó la cartera educativa. «Impulsamos esta línea de política desde el Ministerio con las universidades para atender a una función que consideramos que tienen que cumplir las casas de estudio, pero también para atender a una necesidad social que tiene nuestro país», dijo Perczyk, según un comunicado difundido por la cartera de Educación. El mapa georreferenciado tiene más de 500 opciones entre carreras de corta duración, diplomaturas y tecnicaturas universitarias que se dictan en el marco del Programa Universitario de Escuelas de Educación Profesional (Pueep). Esas propuestas de formación se crearon a partir de las necesidades laborales detectadas en cada región, vinculadas a los sectores productivos, de servicios, en la agroindustria y en los procesos de transferencia de tecnologías. El Pueep se presentó el 26 de febrero de 2021 con una convocatoria a las instituciones de educación superior a diseñar propuestas formativas para la inserción laboral e incluye un financiamiento de 2.250 millones de pesos. Al respecto, Alpa explicó que con este Programa de Escuelas «estamos certificando habilidades y capacidades que permitan obtener un trabajo digno y esto es una política del ministerio de Educación». A su vez, remarcó que se trata de una medida concreta «que está escrita y acordada con el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) en lo que llamamos los siete puntos de desarrollo productivo y progreso social de las universidades». El Pueep es una iniciativa que depende de la Dirección Nacional de Programas de Calidad, Ciencia y Vinculación Tecnológica de la Secretaría de Políticas Universitarias (SPU) que vincula a las universidades con los sectores productivos, de servicios, de la agroindustria y con los procesos de transferencia de tecnologías en cada región. El mapa de ofertas formativas profesionales se puede visualizar en la dirección web: mapaspu.siu.edu.ar/#

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Este artículo «Carreras Cortas Universitarias. Argentina» se ha publicado originalmente en: https://revista.elarcondeclio.com.ar/carreras-cortas-universitarias-argentina/.Si va a utilizar este texto cite la fuente: revista.elarcondeclio.com.ar
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