martes, 23 de junio de 2020

Grilla Salarial docente de aumento a cobrar en junio. Provincia de Buenos Aires


A partir del primero de junio (a cobrar en julio) comenzamos a percibir el segundo tramo del aumento salarial establecido en el Acuerdo Paritario para este primer semestre:

Se incrementa el Básico, índice 1 (preceptor):
+ $490 (nuevos)
+ $423. Traspaso del 455
Se incrementa la suma remnerativa código 455:
+ $1195 nuevos.

El sueldo de PR (sin antig) que en ENERO 2020 era de $23664,49 con un Básico: $10747 pasa a JUNIO 2020 $ 28196,25 Básico $12520
Incremento respecto a Enero 19,12%

El sueldo de MG (sin antig) que en ENERO 2020 era de
$26413,22 Básico $11821,70 pasa en JUNIO 2020 a $ 31058,78 Básico: $13772
Incremento respecto a Enero 17,63%.

El sueldo de Profesor 1 módulo que en ENERO 2020 era de $ 1950,67 Básico $ 1074,70 pasa en JUNIO 2020 a $ 2346,29 Básico $1252
Incremento respecto a Enero 19,74%.

Adjuntamos las grillas correspondientes al mes de junio.
https://drive.google.com/…/12FtN9mR6cCavjs-9lvWBKcr3N…/view…

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jueves, 18 de junio de 2020

INSTRUCTIVO PARA LA LIQUIDACIÓN DEL SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO (SAC) CORRESPONDIENTE AL PRIMER SEMESTRE DEL AÑO 2020 PciaBA

1) OBJETO

Se comunica por el presente, que el sueldo anual complementario correspondiente al
primer semestre del año 2020 se abonará en cuotas en función del nivel remunerativo de los
salarios que percibe el Personal en actividad de la Administración Pública Provincial
(conformada por la Administración Central y organismos descentralizados o autárquicos)
dependientes del Poder Ejecutivo o que se desempeñan bajo su órbita, y de empresas públicas
y sociedades con participación estatal mayoritaria, así como también el personal que
desempeña labores bajo cualquier modalidad de contratación en el ámbito público provincial,
inclusive las efectuadas bajo el marco de la Ley Convenio N° 10.295 y modificatorias.
Quedan excluidos de los alcances del presente instructivo los agentes en situación de
retiro y pasividad.
2) MODALIDAD DE PAGO
 En forma íntegra, en una única cuota, y con los sueldos devengados del mes de junio,
cuando la mayor remuneración total, regular y permanente, sujeta a aportes jubilatorios del
primer semestre del año 2020 (base de cálculo del SAC) sea inferior o igual a pesos ochenta mil
($80.000) brutos.
 En hasta 4 cuotas, con los sueldos devengados del mes de junio la primera cuota; con
los sueldos devengados de julio la segunda; con los sueldos devengados de agosto la tercera y
con los sueldos devengados de septiembre la cuarta; cuando la mayor remuneración total,
regular y permanente, sujeta a aportes jubilatorios del primer semestre del año 2020 (base de
cálculo del SAC) sea mayor a pesos ochenta mil ($80.000) brutos.
a) En este caso, la primera cuota de SAC será de pesos cuarenta mil ($40.000)
brutos.
b) El remanente será abonado en 3 cuotas iguales si fuera mayor o igual a pesos
tres mil ($3.000) brutos.
c) Si el remanente fuera menor a pesos tres mil ($3.000) brutos, las cuotas se
agotarán tomando un mínimo de pesos mil ($1.000) brutos en la cuota siguiente

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miércoles, 3 de junio de 2020

Noticias para docentes de la Provincia de Buenos Aires. Programa de Incorporación Especial de Docentes

La Directora de Cultura y Educación resuelve. ARTÍCULO 1° - Prorrogar desde el 1° de junio y hasta 30 de junio del 2020 el Programa de Incorporación Especial de Docentes y Auxiliares Suplentes en el marco de la emergencia sanitaria creado por la Resolución N° 760/20, y modificado, complementado y prorrogado por las Resoluciones N° 761/20 y N° 901/20, todas ellas de la Dirección General de Cultura y Educación. ARTICULO 2°.- Establecer que quedan incorporados al Programa de Incorporación Especial de Docentes y Auxiliares Suplentes en el marco de la emergencia sanitaria creado por la Resolución N° 760/20, y modificado, complementado y prorrogado por las Resoluciones N° 761/20 y N° 901/20, todas ellas de la Dirección General de Cultura y Educación, aquellos agentes de la Dirección General de Cultura y Educación que se hayan inscripto en la oportunidad prevista en la Resolución N° 901/20 y para ese período, y cumplan los requisitos de la misma así como también de las Resoluciones N° 760/20 y N° 761/20.Visita: http:// www.elarcondeclio.com.ar

lunes, 1 de junio de 2020

¿Qué es la promoción acompañada?

Fue un acuerdo de los ministros de Educación de todo el país. Sólo la escuela en tanto institución tiene la posibilidad de seguir la trayectoria escolar completa del niño a lo largo del nivel que cursa. Esta herramienta de promoción acompañada, está vigente desde el 2012 para casos especiales, se aplicará para garantizar la continuidad escolar por decisión del Consejo Federal de Educación en este ciclo lectivo. Se la denomina “progresión continuada” o “promoción acompañada”. Este año, ante la eventualidad, se implementará un dispositivo atípico en todo el país. Lo primero que va a cambiar es en los primeros cursos de primaria. Tercer grado pasará a integrar la unidad pedagógica que ya componen primero y segundo. Es decir, los chicos de primero y segundo grado no podrán repetir. La figura de “promoción acompañada” está regulada desde 2012, pero solo se aplica en casos aislados. Este año, si las previsiones de regreso a las aulas se mantienen en agosto, entrará en vigor el dispositivo a partir de tercer grado. La resolución es vinculante a todas las provincias, pero cada distrito lo implementará de acuerdo a sus posibilidades. En Córdoba, por ejemplo, habrá un sistema de tutorías para los alumnos que necesiten mayor acompañamiento una vez que se reanuden las clases presenciales. El diagnóstico se obtendrá a partir de una evaluación. ¿Qué quiere decir la promoción acompañada? Implica que los aprendizajes que no se lograron en 2020, podrán reforzarse en los primeros meses de 2021. Por lo cual, la acreditación de saberes para definir el paso de curso se tomaría, en el peor de los casos, recién en abril del año que viene. La resolución del Consejo Federal determina el compromiso por parte de las autoridades educativas nacionales y jurisdiccionales para la promoción del desarrollo de dispositivos institucionales, pedagógicos-didácticos y normativos para el cumplimiento de los principios de la Ley Nacional de Educación 26.206/06. Para hacer efectiva la obligatoriedad del proceso educativo de 13 años de escolarización será central, según lo enuncian los ministros en la Resolución 154 del Consejo Federal en su anexo I, garantizar la continuidad y asistencia de los alumnos en la escuela, por lo que se propone dotar a las prácticas educativas escolares de una mayor intensidad. Para ello se abogará por la optimización de los espacios y tiempos de aprendizaje en la escuela y del desarrollo de nuevas modalidades de organización del trabajo docente que deberá realizarse en ella (fortalecer lo que se aprende en el ciclo escolar). La experiencia de la Ciudad de Buenos Aires. Desde 2016, la Ciudad de Buenos Aires implementa la promoción acompañada en sus primarias públicas. El dispositivo dejó atrás a otro que se llamaba Boletín Abierto, que también daba más tiempo a los alumnos con problemas de aprendizaje. Los resultados, en términos de reducción de la repitencia, fueron evidentes: en 2015, repitieron 3.294 alumnos porteños en primaria, mientras que en 2018 repitieron solo 1.257, según datos oficiales. En total, una baja del 62% en el indicador. Extender el tiempo dedicado a la enseñanza es una condición necesaria para mejorar los aprendizajes pero no suficiente para garantizar que todos los niños progresen . En la Provincia de Buenos Aires el jueves 29 de mayo la Directora Provincial de Cultura y Educación Agustina Vila junto a la Subsecretaria prof. Claudia Brachi se reunieron con los Inspectores Jefes Regionales de las 25 regiones de la provincia para conversar diversos temas educativos pero el más importante fue la preparación para el día en el que vuelvan las clases de forma presencial. En tanto, en el Ministerio de Educación de la Nación reiteran con énfasis que no se trata de una promoción automática. «Eso querría decir que se dan por alcanzados los niveles de logro establecidos para cada instancia curricular en un grado o año y sin evaluación se pasaría al curso subsiguiente», explicaron desde la cartera. Además, señalaron que implementarían mecanismo para ayudar alumnos con riesgo de abandono escolar. Esta modalidad presenta una dificultad que son los cursos que terminan nivel en primaria y en secundario. Estos son los grupos a priorizar. --------- Este artículo «¿Qué es la “promoción acompañada?» se ha publicado originalmente en: https://revista.elarcondeclio.com.ar/que-es-la-promocion-acompanada/.Si va a utilizar este texto cite la fuente: revista.elarcondeclio.com.ar ---------