El Comité Consultivo Permanente de Riesgos de Trabajo en su sesión plenaria del día 13 de noviembre de 2012, aprobó la incorporación al listado de enfermedades profesionales, de tres grupos de patologías de alta prevalencia en una gran cantidad de actividades laborales.
Se trata de hernias inguinales mixtas y crurales, varices laterales y hernia discal lumbosacra, como así también lumbalgias. Se logró además bajar el tiempo de exposición del trabajador/a al riesgo a tres años y se incluyeron factores de riesgo para las várices que aún no estaban contemplados.
Este conjunto de enfermedades hasta ahora eran rechazadas como enfermedades profesionales, por lo cual esta inclusión amplía la cobertura de asistencia, rehabilitación y resarcimiento para los trabajadores/as que las padezcan.
El próximo paso es la adecuación del baremo de discapacidades para lo cual trabajarán las comisiones técnicas. Cabe destacar que la adecuación del baremo debe realizarse por Decreto del PEN. Cuando esté publicado será difundido, de allí que el título de la noticia dice “serán” enfermedades profesionales.
Cabe ratificar que esta resolución constituye un avance respecto de la cobertura de los riesgos de trabajo, que nos fortalece a la hora de continuar luchando por una reforma integral de la ley de riesgos de trabajo que tenga como objetivo principal el cuidado de la salud de los trabajadores a través de la prevención, la mejora de las condiciones y medioambiente de trabajo y el cumplimiento de las normas sobre higiene y seguridad en los establecimientos laborales, con participación de los trabajadores en la prevención y contralor del efectivo cumplimiento de las normas.
Este conjunto de enfermedades hasta ahora eran rechazadas como enfermedades profesionales, por lo cual esta inclusión amplía la cobertura de asistencia, rehabilitación y resarcimiento para los trabajadores/as que las padezcan.
El próximo paso es la adecuación del baremo de discapacidades para lo cual trabajarán las comisiones técnicas. Cabe destacar que la adecuación del baremo debe realizarse por Decreto del PEN. Cuando esté publicado será difundido, de allí que el título de la noticia dice “serán” enfermedades profesionales.
Cabe ratificar que esta resolución constituye un avance respecto de la cobertura de los riesgos de trabajo, que nos fortalece a la hora de continuar luchando por una reforma integral de la ley de riesgos de trabajo que tenga como objetivo principal el cuidado de la salud de los trabajadores a través de la prevención, la mejora de las condiciones y medioambiente de trabajo y el cumplimiento de las normas sobre higiene y seguridad en los establecimientos laborales, con participación de los trabajadores en la prevención y contralor del efectivo cumplimiento de las normas.
Fuente: CTERA
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