viernes, 23 de abril de 2021

Nuevo régimen de suplencias docentes por Covid. Entre Ríos

El Consejo General de Educación dispuso que docentes que sean caso positivo o sospechoso de Covid podrán ser cubiertos por entre cinco y 15 días por suplentes. La resolución N° 981, firmada este lunes 19 de abril por el presidente del CGE, Martín Müller y los vocales Exequiel Coronoffo, Griselda di Lello y Humberto Javier José, “teniendo en cuenta la actual situación epidemiológica es imprescindible continuar implementando determinadas medidas de seguridad, higiene, de organización institucional y pedagógica curricular”. A los docentes que sean caso confirmado positivo o contacto estrecho “se les concederán 15 días de licencia”, pudiendo extenderse en los casos de casos positivo “según informe médico correspondiente”. Tanto en los docentes licenciados por caso positivo o contacto estrecho, dice la resolución del CGE, “se autorizará la cobertura con suplentes”. Suplencias De ese modo, el CGE suspendió “transitoriamente” la aplicación de la resolución N° 1100 del año 2008, y autorizó la cobertura de suplencias por un período mínimo de 5 días. Aquella disposición del año 2008 estableció la cobertura “con personal suplente reemplazante las suplencias que se produzcan: por 5 días o más días corridos en las escuelas de nivel inicial y de educación especial; por 15 días o más corridos en todos los niveles o modalidades. Respecto de los suplentes, el CGE emitió la resolución N° 980, también fechada este lunes 19, y dispuso que al haberse detectado que se han designado suplentes que, luego de tomar el cargo, quedan incluidos entre los grupos de riesgo, “provocando situaciones complejas causadas por la superposición de funciones que ponen en riesgo la continuidad pedagógica de los procesos de enseñanza y de aprendizaje en la presencialidad”, y dispuso un sensible cambio. Así, aquellos docentes que “cubran suplencias” por causas Covid “deberán garantizar la presencialidad en las funciones que asuman tanto en cargos iniciales, horas cátedra o cargos de ascenso, de conducción no directiva y/o directiva”.

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Este artículo «Nuevo régimen de suplencias docentes por Covid. Entre Ríos» se ha publicado originalmente en: https://revista.elarcondeclio.com.ar/nuevo-regimen-de-suplencias-docentes-por-covid-entre-rios/.Si va a utilizar este texto cite la fuente: revista.elarcondeclio.com.ar
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jueves, 15 de abril de 2021

Ingreso a la Docencia 2021-22

La Dirección de Tribunales de Clasificación y la Dirección Gestión de Asuntos Docentes
comunican las pautas y cronograma relacionados con la carga y valoración de antecedentes para
el Ingreso en la Docencia 2021 - 2022.
Dada la actual situación, resulta necesario continuar con la instrumentación de las pautas
referidas al Ingreso a la Docencia, implementadas el año anterior, con el fin de dar respuesta y
favorecer la inscripción de aspirantes teniendo en cuenta a aquellos/as que lo hacen por primera
vez y al mismo tiempo para todas/os las/os docentes que requieren ratificar o rectificar sus datos
de ingreso.
Es por ello, que continuamos utilizando como herramienta la plataforma ABC para el
Ingreso por Autogestión y explicitamos las pautas que servirán de guía para concretar
exitosamente el trámite.
No obstante, debemos aclarar que toda inscripción realizada mediante este sistema, tanto
para las/os aspirantes que lo realizan por primera vez como para las/os que realicen ratificaciones
y rectificaciones, tendrá carácter de Declaración Jurada y será constatada por los organismos
intervinientes, lo que no deslindará la responsabilidad de presentar las debidas constancias en
formato papel, una vez reintegradas las actividades presenciales, mediante la organización de
turnos o como dispongan las respectivas dependencias.
La consignación de datos falsos dará lugar a la consecuente exclusión del listado y las
correspondientes acciones disciplinarias.

Las/los aspirantes que encuentren inconvenientes para registrarse o, no puedan utilizar
el servicio “IID” (Inscripción Ingreso a la Docencia) por fallas en el mismo podrán
consultar el servicio de Mesa de Ayuda (infoayuda@abc.gob.ar) donde obtendrán la guía
necesaria para cumplir con el requisito de autogestionar su usuario/contraseña.
Si la consulta se refiere al uso del aplicativo o de orden normativo, deberá dirigirse al
mail ayuda_ingresoaladocencia@abc.gob.ar

La inscripción al Ingreso a la Docencia se realizará en forma virtual, cumplimentando la
Declaración Jurada en línea a través de la plataforma ABC en la solapa “servicios.abc.gob.ar”. En
aquellos casos que el/la docente realice la inscripción de Ingreso a la Docencia por primera vez,
deberá adjuntar la documentación que avale los datos declarados, como en los casos que se
deban rectificar datos, deberá adjuntar nuevos títulos, certificaciones, cursos, etc.

INSCRIPCIÓN DE ASPIRANTES POR PRIMERA VEZ EN LISTADO OFICIAL

La inscripción al Ingreso a la Docencia de aquellos/as docentes que se inscriban por
primera vez en el Listado Oficial se realizará de la siguiente manera:
Se deberán registrar en la plataforma ABC, si aún no se encuentran registrados. Una vez
registrados, ingresarán a la solapa servicios.abc.gob.ar SERVADDO y se dirigirán al enlace que
se indique para la inscripción en el Listado Oficial 2021-2022, donde cumplimentarán la
Declaración Jurada en línea.

Consideraciones en la Declaración Jurada
La Declaración Jurada, cumplimentada por el/la aspirante, generará un comprobante que
le permitirá visualizar su inscripción. Toda la información consignada junto a los documentos
adjuntados, serán analizados por los Tribunales de Clasificación Descentralizados, teniendo en
cuenta las siguientes consideraciones:
1.- DATOS PERSONALES: Se considerarán los datos informados por el/la aspirante en
Declaración Jurada.
a. DOMICILIO: como domicilio real será considerado el que figura consignado en el DNI
(adjuntado por el/la aspirante), de acuerdo con lo establecido en el Art. 60o inc. d) del
Estatuto del Docente, Decretos Reglamentarios y Resolución No 784/03. Adjuntar DNI
(frente y dorso) ESCANEADO, caso contrario no se le permitirá continuar con su declaración
jurada de inscripción.
2.- DISTRITOS SOLICITADOS: Se deberán consignar como máximo tres (3) distritos, incluido o
no, el de residencia. Si el/la interesado/a no consignó ninguno, no podrá continuar con su
inscripción.
3.- NIVELES Y/O MODALIDADES SOLICITADAS: El/la docente será habilitado/a para el ingreso
a la docencia en los niveles y/o modalidades de acuerdo a los títulos que declare y se encuentren
habilitados conforme al Nomenclador.
4.-CARGO TITULAR: Cumplimentar en el caso que el/la aspirante posea cargos titulares en el
sistema educativo provincial, tanto en gestión estatal como en gestión privada. Serán
considerados los datos declarados por el/la interesado/a, teniendo especial atención en aquellos

casos en que se hubiera modificado su situación de revista (acrecentamiento, titularización
interina, renuncia, etc.). Cabe aclarar que se debe adjuntar los cargos/módulos/horas titulares que
posea en cualquier institución educativa. Adjuntar documentación probatoria ESCANEADA.
5.-ANTIGÜEDAD y CALIFICACIÓN:
a. ANTIGÜEDAD Cumplimentar en caso que el/la aspirante tenga desempeño en el
sistema educativo provincial. Se procederá a asignar toda la antigüedad (certificada
por autoridad escolar) que el/la aspirante declare hasta el ciclo lectivo 2020.
b. CALIFICACIÓN: Cumplimentar en caso que el/la aspirante tenga calificación por
desempeño en el sistema educativo provincial. Se consignarán las calificaciones
certificadas (SET4, copia de PDD, nota de autoridad escolar) correspondientes a los
dos (2) últimos años en que haya sido calificado el/la aspirante en el cargo, módulos
y/u horas cátedra. Adjuntar documentación probatoria, ESCANEADA.

6.- TÍTULOS HABILITANTES: Serán considerados todos los títulos que se encuentren en el
nomenclador vigente, el mismo puede ser consultado en el portal ABC
Adjuntar TÍTULO/S ESCANEADO/S, caso contrario no se le permitirá continuar con su
declaración jurada de inscripción.
Observaciones: En el caso de que el/la aspirante posea el título en trámite, se admitirán las
constancias a los/as aspirantes egresados/as de los Institutos Superiores de Formación Docente
y/o Técnico y de las instituciones ajenas a la DGCYE (Institutos y Universidades), que solicitaron
la vía de excepción y que hayan obtenido el aval.
Adjuntar Certificado/s ESCANEADO/S o FOTO.
7.- TÍTULOS Y CURSOS BONIFICANTES: se detallará en el sistema la denominación del título
bonificante / cursos, el organismo que lo expidió y número de Resolución de plan de estudios en
caso de que se consigne. El mismo debe coincidir con la documentación escaneada.
Observaciones: Los títulos y/o cursos bonificantes podrán ser consultados en el nomenclador
vigente publicado en el portal ABC. No se aceptarán constancias de título bonificante en trámite.
Adjuntar TÍTULO/S Y CURSOS BONIFICANTES ESCANEADO.
8.- DECRETO 258: se procederá a cargar la información consignada por el/la aspirante.

INFORMACIÓN PARA EL ASPIRANTE
La/el aspirante podrá cumplimentar, a través de la plataforma ABC los datos requeridos en

la Declaración Jurada Digital, sin necesidad de concurrir a la Secretaría de Asuntos
Docentes.
Deberá consignar los datos en la declaración jurada de inscripción, en inscripción en el
Listado Oficial 2021-2022
Una vez finalizada la inscripción se podrá verificar la autogestión visitando el enlace
“Declaración Jurada Digital Oficial”.
IMPORTANTE: En caso de ingresar en reiteradas oportunidades a efectos de
agregar/rectificar información, será considerado como válido el último ingreso al sistema.
Todos los archivos que se adjunten, deben tener el formato PDF, JPG, de otra forma el
sistema no lo procesará.

INSCRIPCIÓN DE DOCENTES POR AUTOGESTIÓN CON REGISTROS

ANTERIORES

Esta opción de inscripción se habilita para aquellos/as aspirantes que ya se hayan inscripto
en años anteriores.
Para realizar la inscripción deberán acceder a la plataforma ABC con usuario y contraseña,
para lo cual necesitarán estar registrados para acceder al SERVADDO.
Deberán consignar los datos en la declaración jurada de inscripción, que se abrirá seleccionando
la opción para la inscripción Ingreso a la Docencia, validando los datos que visualice en el
SERVADDO y si requieren rectificación elegir la opción: NO ACEPTAR los datos observados y
continuar hasta finalizar la planilla. Para la rectificación, el/la aspirante deberá seguir los pasos
explicados anteriormente en las consideraciones para la carga de datos de la rectificación de
autogestión.
Una vez finalizada la inscripción se podrá verificar la autogestión visitando el servicio DJD
“Declaración Jurada Digital”.
IMPORTANTE: En caso de ingresar en reiteradas oportunidades a efectos de agregar/rectificar
información, será considerado como válido el último ingreso al sistema.

PAUTAS PARA RECTIFICACIÓN DE DATOS EN INSCRIPCIÓN 2021-2022

Se deberá ingresar en la plataforma ABC, con su usuario, una vez en ella deberán ingresar
a la solapa servicios.abc.gob.ar SERVADDO y dirigirse a la opción que indique Rectificación por
Autogestión en el Listado Oficial 2021-2022, cumplimentando la planilla allí detallada.
Consideraciones para la carga de datos de la rectificación de autogestión
La rectificación de autogestión será cumplimentada por el/la aspirante y generará un
comprobante de rectificación, asimismo los documentos adjuntados serán remitidos desde el nivel
central para su posterior análisis y carga en el sistema por parte de los Tribunales de Clasificación
Descentralizados.

IMPORTANTE: Todos los archivos que se adjunten, deben tener el formato PDF, JPG, de otra
forma el sistema no lo podrá procesar. Se sugiere unificar por ítem, la documentación en único
archivo de formato PDF para facilitar la recepción del sistema.

1.- DATOS PERSONALES:
Si el/la aspirante no aceptó en su declaración jurada este punto, deberá adjuntar las probanzas.
Adjuntar DNI o probanzas ESCANEADAS.
2.- CARGO TITULAR:
Si el/la aspirante no aceptó en su declaración jurada este punto, deberá adjuntar las probanzas.
Adjuntar documentación probatoria ESCANEADA
3.- ANTIGÜEDAD:
Si el/la aspirante no aceptó en su declaración jurada este punto, deberá adjuntar las probanzas.
Adjuntar documentación probatoria ESCANEADA
4.- CALIFICACIÓN
Si el/la aspirante no aceptó en su declaración jurada este punto, deberá adjuntar las probanzas.
Adjuntar documentación probatoria ESCANEADA
5.- TÍTULOS HABILITANTES:

Si el/la aspirante no aceptó en su declaración jurada este punto, deberá adjuntar las probanzas.
Adjuntar documentación probatoria ESCANEADA
6.- TÍTULOS Y CURSOS BONIFICANTES:
Si el/la aspirante no aceptó en su declaración jurada este punto, deberá adjuntar las probanzas.
Adjuntar documentación probatoria ESCANEADA

CRONOGRAMA DE ACCIONES

Fechas
2021

S.A.D. T.D. T.C.

12/04 a
partir de las
12.00 hs
hasta el
04/06

Difusión y recepción de
Declaraciones Juradas de
nuevos aspirantes y
documentación que requiera ser
valorada (autogestión)

Carga de antecedentes
correspondientes a las
Declaraciones Juradas
y/o documentación
valorable.

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07/06 al
06/08 ------------

Carga de antecedentes
correspondientes a las
Declaraciones Juradas
y/o documentaciónVisita: http:// www.elarcondeclio.com.ar

viernes, 9 de abril de 2021

Dispensas denegadas. Información

Secretaría de Asuntos Docentes de Saladillo socializa el mail recepcionado, en el día de la fecha, desde la Dirección de Gestión de Asuntos Docentes :

«Se comunica a las y los trabajadores de la Dirección General de Cultura y Educación, que hayan solicitado dispensas laborales en el marco de los establecido en la Resolución N° 90/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y se encuentren DENEGADAS, que en el marco de seguir auditando las mismas y en post de cuidar la salud de las y los trabajadores, las mismas cambiarán de estado, pasarán a encontrarse EN ESPERA y las y los trabajadores estarán provisoriamente dispensados.  

Mientras las dispensas mencionadas en el párrafo anterior se encuentren EN ESPERA, los equipos directivos podrán solicitar la cobertura de los cargos en el marco de lo estipulado en la resolución N° 1141/2021 de la Dirección General de Cultura y Educación.  

Los equipos podrán solicitar al docente o auxiliar que remita la captura de pantalla del sistema MIS LICENCIAS. También puede requerirse la información a la SAD o al CONSEJO ESCOLAR de su distrito.  

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miércoles, 7 de abril de 2021

Pandemia conceptos sobre la asistencia a clases. Lenguaje protocolar. Provincia de Buenos Aires

DISPENSA: Permiso que autoriza a un docente a no concurrir en forma presencial a la escuela. Debe realizar su tarea docente con la modalidad virtual. Se le otorga a los mayores de 60 años y a quienes padecen enfermedades o factores de riesgo ante el Covid. DIPSENSA POR HIJO CON DISCAPACIDAD: Excepciones al Trabajo Presencial por Menores a Cargo con Discapacidad o con Factores de riesgo para COVID 19,según lo estipulado en el Artículo 1° de la Resolución N° 391/21 se informa que las y los agentes que sean convocados a prestar servicios de manera presencial, pueden solicitar la autorización de inasistir al lugar de trabajo, cuando se trate del progenitor, progenitora o persona adulta responsable a cargo de un niño, niña o adolescente con discapacidad o considerado/a población de riesgo conforme el artículo 1° de la Resolución N° 90/20 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros. ARTÍCULO 2°.- ADECUACIÓN HORARIA: Los trabajadores y las trabajadoras, ya sea que presten tareas en forma presencial o desde su domicilio, que acrediten estar a cargo del cuidado de niños y niñas de entre SEIS (6) y DOCE (12) años, de personas con discapacidad o de adultos mayores dependientes, tendrán derecho a pautar horarios compatibles con las tareas de cuidado a su cargo o de solicitar hasta dos interrupciones por jornada, siempre que ello no afecte el cumplimiento de sus tareas o de la jornada legal o convencional. LICENCIA MÉDICA POR COVID CONFIRMADO: El docente que tiene Covid confirmado tiene derecho a la licencia médica hasta que sea dado de alta. En este caso y como ocurre con cualquier otra licencia médica, está eximido de trabajar, por ende, no dará clase ni presencial ni virtualmente. DOCENTE AISLADO: Un docente será aislado cuando haya dado clase en una burbuja en las 48 horas antes de haberse detectado un alumno con caso sospechoso (2 o màs síntomas Covid) o con Covid confirmado. El aislamiento durará 14 días y el profesor debe realizar su tarea docente en forma virtual. Si el caso sospechoso es descartado, la burbuja y los docentes aislados retornan a clases presenciales. El docente debe ser aislado en todas las escuelas donde trabaje y entregar la certificación emitida por “la escuela que aisla” a las otras instituciones para la justificación de las inasistencias. ESCUELAS: ÀMBITO DE IMPLEMENTACIÓN DEL PROTOCOLO Las escuelas no somos un ámbito de decisión en materia de protocolos, solo nos compete su implementación. Por ende, ninguna escuela puede negarle a un docente el aislamiento o, por el contrario, interrumpir o acortar el periodo de aislamiento de 14 días impuesto. Aun cuando el docente no presente síntomas o tenga hisopado negativo, el aislamiento debe cumplirse según el protocolo. ¿QUÉ HACE UN DOCENTE NO AISLADO CUANDO SU BURBUJA ESTÁ AISLADA? Da clases virtuales a esa burbuja. Èl no asiste a la escuela en ese horario ya que los alumnos están aislados. ¿QUÈ DEBE HACER UN DOCENTE AISLADO? Dar clases virtuales a todas las burbujas y en todas las escuelas. Llegado el caso que tuviera Covid confirmado, solicitará licencia médica por Covid y no da clases. Según lo establecido en el Artículo 3° de la Resolución N° 391/21 del MJGB, se estipula la documentación necesaria que deberán adjuntar al momento de solicitar la Dispensa Laboral Dicha documentación deberá ser presentada en cada establecimiento educativo donde la o el agente tenga desempeño. La dispensa será gestionada/cargada por el equipo directivo a través de SUNA (DL – Dispensa cuidado de menor a cargo) cuando esté la documentación COMPLETA, adjuntándose la documentación presentada por la o el agente. En esta instancia, y mientras la misma sea evaluada desde el nivel central, la dispensa laboral ingresada por el equipo directivo será considerada como válida. Estas dispensas serán presentadas en los establecimientos educativos, quienes deberán cargarlas en el SUNA. La aprobación estará a cargo de las Secretarías de Asuntos Docentes y los Consejos Escolares, pudiendo auditarse la documentación presentada a nivel Central. Documentación a presentar: http://www.abc.gob.ar/rrhh/comunicado-sobre-dispensas-laborales-2021 --------- Este artículo «Pandemia conceptos sobre la asistencia a clases. Lenguaje protocolar. Provincia de Buenos Aires» se ha publicado originalmente en: https://revista.elarcondeclio.com.ar/pandemia-conceptos-sobre-la-asistencia-a-clases-lenguaje-protocolar-provincia-de-buenos-aires/.Si va a utilizar este texto cite la fuente: revista.elarcondeclio.com.ar ---------Visita: http:// www.elarcondeclio.com.ar

sábado, 3 de abril de 2021

Proyecto de Ley sobre Educación de Gestión Privada, Social y Cooperativa. Catamarca

Se trata de la modificación y actualización de la ley de Enseñanza Privada que fue promulgada hace 42 años atrás, por lo que a partir de nuevos paradigmas, se incluyeron cambios significativos para la regulación íntegra de la educación pública de gestión privada, social y cooperativa en todo el territorio provincial. La demora en la aprobación definitiva de la nueva Ley de Educación de Gestión Privada, Social y Cooperativa, que ya tiene media sanción del Senado (falta la aprobación en Diputados), generó malestar en los representantes de los colegios privados, que solicitan su aprobación cuanto antes. “Los centros educacionales públicos no estatales gozarán de libertad para su instalación, organización, funcionamiento y determinación de planes de estudio, sin otra limitación que las establecidas por la Constitución y previamente autorizados para su funcionamiento” manifestó al tiempo de considerar que “este proyecto de Ley, regula de manera íntegra la educación pública de gestión privada, social y cooperativa en todo el territorio provincial, cuya población estudiantil actual es de 21.862 alumnos y alumnas, activos, en todos los niveles y modalidades, distribuidos en 31 colegios de nuestra Provincia”. Adecuaciones La nueva ley prevé la distinción entre aranceles obligatorios y no; y la protección de los alumnos respecto de sus derechos y obligaciones. La ley tiene como punto fuerte que los tutores de los alumnos paguen un adicional por contribución de obras. El aporte estatal estará dividido en cinco categorías de bandas arancelarias que repercutirán en el nivel de subvención. Esto definirá los cargos que se subvencionarán anualmente a partir de las respectivas POF (Planta Orgánica Funcional) de los colegios privados, estableciéndose que, quienes cobren una cuota más alta a los alumnos, tendrán un menor aporte estatal.

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Este artículo «Proyecto de Ley sobre Educación de Gestión Privada, Social y Cooperativa. Catamarca» se ha publicado originalmente en: https://revista.elarcondeclio.com.ar/educacion-de-gestion-privada-social-y-cooperativa-catamarca/.Si va a utilizar este texto cite la fuente: revista.elarcondeclio.com.ar
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viernes, 5 de marzo de 2021

Diputada Laura Aprile. Proyecto de Declaración sobre falta de materiales y recursos educativos en Educación Especial. Provincia de Buenos Aires --------- Este artículo «Diputada Laura Aprile. Proyecto de Declaración sobre falta de materiales y recursos educativos en Educación Especial. Provincia de Buenos Aires-

Proyecto de declaración la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires declara: Su preocupación por la falta de materiales y recursos educativos orientados específicamente a los y las estudiantes de la modalidad de Educación Especial durante la suspensión de clases presenciales debido a la pandemia por COVID 19. Asimismo, vería con agrado que esta situación sea revertida en el ciclo lectivo 2021, en caso de continuar con clases virtuales o semi presencialidad. Honorable Cámara de Diputados Provincia de Buenos Aires FUNDAMENTOS Durante el 2020 las escuelas de Educación Especial recibieron los cuadernillos de “Seguimos Educando” por parte del Ministerio de Educación de la Nación y de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires. Sin embargo, se recibieron los mismos cuadernillos que en las escuelas comunes, por lo que los mismos o bien no pudieron utilizarse, o se utilizaron de forma muy acotada, ya que no contaban con actividades en formato accesible o que siguieran las propuestas curriculares de las escuelas especiales. Si la educación a distancia tal como se dio en estos meses es complicada para estudiantes de escuelas de nivel que en principio no requieren de acompañamiento, mucho más lo es para quienes sí lo necesitan. Peor aún resulta si los docentes y equipos no cuentan con herramientas y recursos para sostener las currículas y los vínculos con los y las estudiantes. Celebramos el envío de cuadernillos y otros materiales en formato físico a las escuelas, pero además es importante garantizar la pertinencia y la adecuación de los mismos a los destinatarios a los que están dirigidos, así como todo aspecto operativo. En el caso de la educación especial es particularmente relevante el envío de material en formato físico porque ni el sitio web Educ.Ar ni continuemosestudiando.abc.gob.ar cuentan con diseños que respeten las normas y requisitos de accesibilidad, tal como establece la Ley Nacional 26.653 y la Ley Provincial 15.115. Tampoco se encuentra ningún material orientado a la educación especial: ni siquiera hay una pestaña que la identifique. Asimismo, como es sabido, no todos los y las estudiantes cuentan con conectividad adecuada ni con dispositivos necesarios para sostener el vínculo con la escuela. Sin embargo, entendemos que enviar los mismos materiales a Escuelas Especiales que a escuelas de nivel demuestra la vacancia de políticas públicas orientadas a la continuidad pedagógica de los y las estudiantes con discapacidad de Honorable Cámara de Diputados Provincia de Buenos Aires. Las Escuelas Especiales, o por lo menos, un profundo desconocimiento y desinterés por la educación inclusiva por parte del Gobierno. De esta manera, reconocemos la vulneración del derecho humano de las y los casi 75.0001 estudiantes con discapacidad a la educación, con otros derechos como el de ser incluido/a en la comunidad, el de tener acceso a la comunicación y la información, entre otros; y que la negación o restricción de este derecho implica una discriminación por motivos de discapacidad y conlleva negar, restringir o desconocer el resto de los derechos reflejados en la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Por lo expuesto, solicito a mis pares que acompañen el presente proyecto de declaración. 1 Fuente: Censo Provincial de Matrícula Educativa 2017. Provincia de Buenos Aires. Disponible en: http://www.estadistica.ec.gba.gov.ar/dpe/images/Informe_CPME-2017.pdf Abogada y Diputada Provincial por la Sexta Sección. Acerca de Clio Comunidad 432 Articles La revista educativa Arcón de Clio ofrece esta sección a la comunidad para dar a difusión todo lo referente a la educación desde proyecto de autoridades nacionales, provinciales, municipales, organizaciones internacionales, Ongs, ect. Lo hacemos para seguir generando un compromiso con la educación. Esta sesión va dedicada especialmente a esas personas que día a día suman educación, que s ecomprometen con el futuro del país. La educación es una tarea que no se hace en soledad por lo tanto los invitamos a dar divulgación. La via de contacto es el correo de la revista. Contacto: Sitio web Artículos relacionados Andrés Perco, el estudio debe ser prioridad Andrés Perco, el estudio debe ser prioridad El Regimiento Inmortal…. Parte I El Regimiento Inmortal…. Parte I Bernardino Rivadavia El liberalismo a la conquista de la Nación Bernardino Rivadavia El liberalismo a la conquista de la Nación Se el primero en comentar Deja un Comentario Tu dirección de correo no será publicada. Comentario Nombre * Correo electrónico * Sitio web Sergio Siciliano, la Escuela es en sí misma promesa de futuro Sergio Siciliano, la Escuela es en sí misma promesa de futuro por Daniela Leiva Seisdedos en Educ + Acción 1 1. Con nombre y apellido: ¿Qué referentes educativos tiene usted para ejercer su actividad como Sub-secretario de Educación de la Provincia de Buenos Aires? S.S. No tengo un solo referente educativo, pero hay muchos autores [...]

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Este artículo «Diputada Laura Aprile. Proyecto de Declaración sobre falta de materiales y recursos educativos en Educación Especial. Provincia de Buenos Aires» se ha publicado originalmente en: https://revista.elarcondeclio.com.ar/diputada-laura-aprile-proyecto-de-declaracion-sobre-falta-de-materiales-y-recursos-educativos-provincia-de-buenos-aires/.Si va a utilizar este texto cite la fuente: revista.elarcondeclio.com.ar
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martes, 23 de febrero de 2021

Se aprobó el protocolo para las clases presenciales en escuelas albergues. Salta

Mediante la resolución 13 del Ministerio de Salud Pública de Salta se dio por aprobado el protocolo para dictar las clases presenciales en las escuelas albergues de la provincia. La novedad es que se establecieron períodos alternos de 15 días en la institución y 15 días en los domicilios particulares de los alumnos, la enseñanza bimodal. El protocolo establece las siguientes condiciones: -Garantizar el cumplimiento del distanciamiento social mínimo de dos metros de distancia entre personas -Uso obligatorio de barbijos o tapabocas durante la permanencia en la unidad educativa -Higiene frecuente de manos ventilación de ambientes, sumado a la desinfección de superficies -Disponer de alcohol en gel o sanitizantes -Queda prohibido el contacto físico estrecho, como besos, abrazos, apretones de manos, puños, etc. -Prohibido compartir mates, vajillas, útiles, u otros utensilios personales -Higienización de manos antes durante y después de comer, de tocar o compartís espacios comunes -No ingresaran las personas que tengan tos, dolor de garganta, fatiga muscular, fiebre superior a 37.5 grados o cualquier otro síntoma compatible con covid-19 -Docentes y alumnos de ingresar de forma individual y organizada -Se adecuará el horario de inicio y cierre de la quincena presencial de manera tal el traslado eviten picos de movimiento vinculados al desplazamiento laboral y social -Máximo de personas permitidas dentro de un mismo espacio cerrado donde se pueda garantizar el distanciamiento --------- Este artículo «Se aprobó el protocolo para las clases presenciales en escuelas albergues. Salta» se ha publicado originalmente en: https://revista.elarcondeclio.com.ar/se-aprobo-el-protocolo-para-las-clases-presenciales-en-escuelas-albergues-salta/.Si va a utilizar este texto cite la fuente: revista.elarcondeclio.com.ar ---------Visita: http:// www.elarcondeclio.com.ar

viernes, 15 de enero de 2021

Aumento en la cuota destinada al incentivo docente para recursos en Conectividad 202. Change Org

 


 Link para acceder a dejarnos tu firma. https://www.change.org/adicional-incentivo-docente

 La educación es un derecho no un privilegio. Los docentes de aula, los padres y alumnos fuimos los que sostuvimos el sistema educativo a nivel nacional en el año 2020, este año 2021 no debemos improvisar con el acceso a los recursos educativos.

Nadie piensa en lo que invertimos los docentes para que se sostuvieran en gran medida parte el sistema educativo argentino, ¿Cuánto invertimos en reparar nuestras computadoras, adecuarlas, más crédito en nuestro celular, comprar de pizarrones, etc? Todas inversiones que deben partir del estado ya sea nacional o provincial.

Los recursos docentes cada vez son más finitos como así el de todas las familias. ¿Qué es la bonificación del Incentivo Docente? El mismo tiene carácter nacional y son recursos que se otorgan mensualmente exclusivamente a los docentes que cumplen efectivamente su función en el aula.

Armé esta petición para pedirle al Ministerio Nacional de Educación que aumente la cuota mensual de Incentivo Docente. Esta no se actualiza desde el año 2016. Como docentes tenemos que poder brindarle a nuestros alumnos un mayor acceso a la conectividad y recursos. No es la solución pero si es parte de la solución que se debe prever, esto debe ser parte de la tarea indelegable que tiene el Estado. Sería un adicional por todo este 2021.


Hoy la continuidad pedagógica virtual en Argentina se sostiene exclusivamente con nuestros recursos propios ya sea de docentes o alumnos. Sin acceso a internet, se agiganta la desigualdad, con desigual tendremos una educación más fragmentada en este 2021. La educación es tarea de todos, no solo de los docentes por lo tanto trabajemos juntos para reducir las brechas existentes en parte que sufren los docentes de todo nuestro país.


Esta petición no es la solución pero si es un comienzo. Esperamos contar con su apoyo en todo nuestro país. Por eso, les quiero pedir que me acompañen firmando, para que el Ministerio de Educación de la Nación nos escuche y aumente la cuota del Incentivo Docente.


¡Muchas gracias!

 

 

 

 

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jueves, 7 de enero de 2021

La petición de 2021 año de los Bomberos Voluntarios declaramos la victoria en Change Org.

 

 


La petición de 2021 año de los Bomberos Voluntarios declaramos la victoria en Change Org.
¡GRACIAS! A los que nos ayudaron en este proyecto con mis alumnos, si bien no se consiguió a nivel nacional. Logramos la victoria en nuestra provincia de La Rioja gracias a la generosidad del Diputado por la provincia de La Rioja Roberto Klor, Juan Amado Filippes, Alfredo Brígido, Mario Gustavo Galván. En breve mostraré la resolución.
¡Gracias a: las 3543 veces que lo visitaron, 827 veces compartidas y a los 1107 votos, los hicimos posible.
mensaje del Diputado Roberto Klor: "Les comento que en la Legislatura de La Provincia de La Rioja se aprobó una Ley que presenté por iniciativa de Daniela Leiva Seisdedos
. Donde se dispone que los Documentos Públicos llevarán la leyenda ,"Año 2021 de los Profesionales y auxiliares de la salud, educación y seguridad - Año de los Bomberos Voluntarios.

 

 

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martes, 1 de diciembre de 2020

Artículo 35 del Estatuto Docente. C.A.B.A

Aartículo 35 del Estatuto Docente, los/as docentes que hayan cumplido las condiciones requeridas para la jubilación ordinaria en su máximo porcentaje podrán solicitar a la autoridad competente continuar en situación activa. La autorización se otorgará por una sola vez y no podrá extenderse por más de tres añosReglamentación del artículo 35**

**El estatuto original numera solo el primer párrafo de la presente reglamentación. Así lo mante-
nemos.

I. La Dirección Administrativa Docente (8) remitirá todos los años antes del 30 de junio a los organismos de cada área de la educación, según corresponda, la nómina de los docentes que al 31 de diciembre de ese año están en condicio-
nes de obtener la jubilación ordinaria en su máximo porcentaje, de acuerdo con lo establecido en el decreto 1645/78

(*) modificado por la ordenanza N.° 40.594. Dichas dependencias notificarán a los interesados dentro de los DIEZ (10) días hábiles de recibidas las listas, para que éstos –si así lo desean– soliciten la permanencia. Si no lo hicieran, podrán proseguir en su función hasta el 31 de diciembre de ese año, fecha en que la Dirección Administrativa Docente les
extenderá la certificación de servicios para que inicien en forma inmediata el trámite jubilatorio. (*) Ídem nota 7. 

Alos docentes que hubieran cumplido en años anteriores las condiciones establecidas en la citada ordenanza, la Secretaría de Educación podrá intimarlos a que inicien dicho trámite jubilatorio. Si no cumplieran con los plazos fijados en la intimación, la superioridad decretará su cese. La solicitud de permanencia deberá presentarla antes del 30 de setiembre al superior jerárquico, con la certificación de la autoridad sanitaria oficial que acredite la condición psico-lógica del docente, o con la constancia de haber iniciado este trámite, en el caso de no poder obtenerla en término por causas no imputables al docente. El superior jerárquico elevará el pedido al organismo respectivo, dentro de los
CINCO (5) días hábiles. Cuando la superioridad autorice la permanencia del docente en la función, deberá indicar el término de la misma. La negativa de la superioridad a la solicitud de permanencia será irrecurrible y el docente podrá continuar hasta el 31 de diciembre de ese año, fecha en la que cesará en forma definitiva. La Secretaría de Educación resolverá en definitiva. El docente que hubiera cumplido el plazo de permanencia podrá continuar en su función hasta que la superioridad lo intime a iniciar los trámites jubilatorios en los términos de la reglamentación del artículo
anterior.Visita: http:// www.elarcondeclio.com.ar

miércoles, 4 de noviembre de 2020

Plan Jurisdiccional para el regreso seguro a clases presenciales. Provincia de Buenos Aires --------- Este artículo «Plan Jurisdiccional para el regreso seguro a clases presenciales. Provincia de Buenos Aires»

A los Equipos Docentes
A la Comunidad Educativa
Distritos: Bragado, Coronel Suarez, Rojas, S Antonio de Areco, Bolivar, Chascomús, Chivilcoy, Gral Lamadrid, Lobos, 9 de julio, Saavedra, Almirante Brown, Avellaneda, Ayacucho, Azul, Balcarce, Baradero, Benito Juarez, Campana, Cañuelas, Carlos Casares, Carmen de Areco, Chacabuco, Colón, Coronel Pringles, Dolores, E Echeverría, Exaltación de la Cruz, Ezeiza, General Alvarado, General
Arenales, General Madariaga, General Paz, General Pinto, General San Martín, General Villegas, Hurlingham, José C. Paz, Junín, Las Flores, Leandro N. Alem, Lincoln, Lobería, Luján, Magdalena, Mar Chiquita, Marcos Paz, Mercedes, Moreno, Necochea, Presidente Perón, Quilmes, Ramallo, Saladillo, Salto, San Nicolás, San Vicente, Bahía Blanca, Berisso, Capitán Sarmiento, Coronel Rosales, General Belgrano, Ituzaingó, Lanús, Lomas de Zamora, Navarro, Pilar, Rauch, San Fernando, San Isidro, San Miguel, Tapalqué, Tornquist, Tres Arroyos, Tres de Febrero, Villa Gesell, Villarino, Zárate, General Rodríguez, La Plata, Tigre, Vicente López, Berazategui, Escobar,
Florencio Varela, Malvinas Argentinas, Merlo, Morón.
Por medio de la presente se comunica a los Equipos de Supervisión, Equipos Directivos, Consejos Escolares y por su intermedio a toda la Comunidad Educativa que, de acuerdo a los resultados de la última evaluación epidemiológica realizada por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos de acuerdo a la metodología establecida en la Resolución conjunta 63/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de
Ministros, el Ministerio de Salud y la Dirección General de Cultura y Educación, los distritos mencionados en el encabezamiento, han sido clasificado como riesgo MEDIO.
En consecuencia, debe realizarse las acciones de capacitación, organización y planificación previstas en el Plan Jurisdiccional para el regreso seguro a clases presenciales, quedan habilitadas exclusivamente las actividades de revinculación al aire libre, en predios cerrados para grupos de hasta 10 estudiantes, conforme el Protocolo que obra como anexo IV en la mencionada resolución. Se recuerda que la realización de estas actividades serán voluntarias tanto para las escuelas como para la participación de los y las estudiantes.
Asimismo se informa que en caso de que del monitoreo de la situación epidemiológica surjan circunstancias que modifiquen el nivel de riesgo actual, las mismas serán comunicadas a los fines de redefinir las actividades educativas habilitadas.
Se solicita a los Inspectores Jefes Regionales comunicar por su intermedio a las JefaturasVisita: http:// www.elarcondeclio.com.ar

domingo, 1 de noviembre de 2020

La presencialidad podría volver a mediados de la próxima semana. Oeste bonaerense

Como estaba previsto, ayer se concretó una reunión de la mesa de UEGD con el objeto de evaluar el estado de avance en la implementación del Plan Jurisdiccional de la Provincia de Buenos Aires.

En esta oportunidad, participaron el IJR de Gestión Estatal Prof. Gerardo Chichiri, la IJR de Gestión Privada Prof. Selva Calabrese, IJD, inspectores de Nivel Primario, Nivel Secundario, Inspectores de Educación Agraria, Consejo Escolar, DPI, Educación Municipal, representantes de entidades gremiales de docentes y auxiliares, SAD y tribunal descentralizadola Inspectora Jefe Distrital de Educación, Alejandra Marino “al considerarse el Distrito de Trenque Lauquen como Distrito de riesgo bajo, de acuerdo a la categorización que establece el Ministerio de Salud, se comenzó a trabajar en el avance de las etapas que establece el mencionado plan. Con el objeto de garantizar un regreso a la presencialidad de forma gradual y segura se acordó realizar una reunión extraordinaria el día martes que permita un análisis de situación a la espera de requisitos con los que no se cuenta a la fecha”.

Asimismo, adelantó que “siempre que la situación epidemiológica se sostenga en riesgo bajo y las condiciones que establecen los protocolos estén garantizadas, se evalúa cómo probable un regreso a la presencialidad a partir de mediados de la próxima semana”.

No obstante, recordó que “el regreso a la presencialidad es exclusivamente para con los grupos de alumnos con los que se perdió el vínculo pedagógico”.

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