viernes, 16 de agosto de 2019

El Psicopedagogo



La necesidad de conocer sobre la psicopedagogía despierta cada vez mayor interés, a medida que la actividad psicopedagógica se despliega, dada la gran cantidad de consultas, a partir de determinadas situaciones escolares y de derivaciones de parte de los pediatra, docentes, psicologos, fonoaudiologos,  porque es una actividad que se desarrolla con mucho trabajo interciplinario.      La Universidad del Salvador (USAL), en Argentina, fue pionera, pues la primera carrera de grado de Psicopedagogía en Latinoamérica forma parte de su Acta Fundacional del 2 de mayo de 1956, en Buenos Aires. El 17 de septiembre de 1982 se fundó la Federación Argentina de Psicopedagogos (FAP) en una reunión convocada por el Colegio Profesional de Psicopedagogos de San Juan. En su  Acta de Fundación Nº 1 de ese día, se estableció la fecha como Día Nacional de Psicopedagogo,
La función del psicopedagogo apunta fundamentalmente a realizar intervenciones dirigidas a ayudar a superar las dificultades y problemas que encuentran los alumnos cuando llevan a cabo nuevos aprendizajes. La psicopedagogía es aquella disciplina que se ocupa de abordar los comportamientos de las personas y los fenómenos psíquicos en el marco educativo.
La Psicopedagogía surge como disciplina científica a mediados de siglo XX, destacando el valor de la interdisciplina. A diferencia de un maestro que focaliza en el afianzamiento de contenidos escolares, el psicopedagogo busca instalar en el niño, mediante recursos compensatorios a sus problemas de aprendizaje, estrategias eficaces que le permitan aprender en forma autónoma y eficiente.
Su labor está basada en el conocimiento del perfil cognitivo de las habilidades, destrezas y competencias del menor; potenciando las que ya posee, habilitando las que no tiene y rehabilitando las que  por alguna u otra razón  haya perdido, ( afasia, mutismo selectivo, etc).El rol del psicopedagogo, debe ser dinámico y ajustarse a los cambios necesarios, de acuerdo a las filosofías que como familia y escuela se plantee, por eso las exigencias actuales en el ámbito educativo sobre la inclusión,  incentivan al psicopedagogo a redoblar esfuerzos por generar el trabajo en equipo.
Las funciones de un psicopedagogo dentro del aula son las siguientes:
  • Asumir un rol de colaborador del profesor y de los alumnos como una persona recurso.
  • Apoyar con estrategias específicas a los alumnos.
  • Registrar los procesos individuales de riesgo.
  • Los alumnos con riesgo.
  • Tomar en cuenta los aporte de los alumnos, docentes de todos los niveles y modalidades del Sistema y comunidad, que favorecen un ir haciendo con el otro y no por el otro o para el otro.
  • En la integración de alumnos con necesidades educativas especiales.
  • Asesorar a padres y familias
Fuera del aula un Psicopedagogo debe cumplir las siguientes funciones:
  • Asumir un rol de persona recurso junto al docente.
  • Evaluar psicopedagógicamente a los estudiantes con riesgo.
  • Proponer un plan de intervención específico para cada alumno.
  • Se trabaja en sesiones de apoyo de 45 minutos (hora pedagógica)
  • Se manejan técnicas e instrumentos de evaluación ya sea estandarizados o informales  los que aplica antes, durante y después de su intervención.
Monitoreo permanentemente  el proceso de intervención psicopedagogica
La psicología es la ciencia que estudia el comportamiento y los procesos mentales en general. Durante años ha sido una disciplina increíblemente extensa que ha pertenecido en parte tanto a las ciencias sociales como al mundo de las ciencias basadas en la biología, y en los últimos tiempos ha estrechado lazos con las neurociencias para entender mejor quiénes somos y por qué actuamos tal y como lo hacemos.
La psicopedagogía, por su parte, es mucho más específica y se centra un una parcela muy concreta de la experiencia humana: el aprendizaje y la educación, tanto en la infancia como en la adolescencia y la adultez. Eso significa que considera temas secundarios, por ejemplo, el estudio de la consciencia, la toma de decisiones o la intervención clínica sobre psicopatologías; solo se abordan desde las implicaciones que tienen para el proceso educativo.
Existen psicopedagogos dedicados al aprendizaje laboral (recursos humanos), otros orientados hacia la institución escolar (gabinete escolar) y por último los orientados al abordaje clínico-particular.

“Si la ayuda y la salvación han de llegar sólo puede ser a través de los niños» Porque los niños son los creadores de la humanidad» María Montessori (1870-1952) educadora y médica italiana.





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domingo, 11 de agosto de 2019

El Perfil del Inspector de Enseñanza




La Ley de Educación Provincial 13.688 establece la responsabilidad de todos los agentes del sistema de garantizar las condiciones para el acceso a la educación, siendo el Inspector un actor fundamental en el entramado del Sistema Educativo provincial. En su artículo 74 indica que ¨(…) Dicha función constituye un factor fundamental para asegurar el derecho a la educación, teniendo como fin la atención de los aspectos pedagógicos y administrativos que inciden en la calidad de los procesos escolares.
El Inspector, en su función político pedagógica, establece enlaces dentro del Sistema Educativo. A partir de ello releva y construye información cuantitativa y  cualitativa, con el objetivo de transformarla en insumos indispensables para favorecer la articulación entre los Niveles y Modalidades, en pos de garantizar un modelo de educación inclusiva.
La escuela es el espacio público donde se produce el encuentro cotidiano entre estudiantes, docentes y conocimiento, donde se deben generar las mejores condiciones de enseñanzas que garanticen el desarrollo de las trayectorias educativas continuas, centralizando la mirada en cada estudiante y sus particularidades. En este contexto, la intervención del inspector debe estar orientada a “detectar logros y dificultades, resolución reflexiva de problemas y
  orientación hacia apoyos especializados para lograr la concreción de las metas de la Política Educativa en todas las escuelas de las Provincia (art.75).”[1]
Tomando el informe de la UNESCO de la Comisión Internacional sobre la Educación para el siglo XXI, se establecen cuatro pilares de la educación del futuro: aprender a conocer, aprender a hacer, aprender a vivir juntos y aprender a ser. En este marco es labor del Inspector de Enseñanza acompañar a los actores institucionales en el desarrollo de competencias personales y sociales que permitan asegurar en los estudiantes una educación integral. [2]
El perfil del Inspector de Enseñanza del Nivel Primario
Es prioridad de la Dirección de Educación Primaria enfatizar la función pedagógica didáctica del Supervisor. Éste se ve provisto de una formación especializada que lo constituye como profesional, permitiéndole mirar y leer las dinámicas institucionales en clave con el marco teórico y normativo que regula al Nivel.
En este sentido, se le reconoce al inspector un lugar estratégico dentro del Sistema Educativo, en tanto y en cuanto pueda detectar lo que permanece oculto, visibilizarlo y transformarlo en una práctica educativa tendiente al desarrollo de una institución escolar, donde la inclusión con calidad, la democratización del conocimiento y el buen clima escolar sean los principios estructurantes. Esta Dirección de Educación Primaria concibe la tarea del inspector como una práctica que favorece la enseñanza y el aprendizaje de todos los actores bajo el área de supervisión. Si asume la función de acompañante pedagógico se constituirá en animador y coordinador del trabajo en equipo.
Desde su función comunicacional se concibe al inspector como un productor de prácticas  sociales, de sentidos y significados, reconociendo al otro en una relación dialógica, que lo retome  en toda su subjetividad. Es prioritario que lo invite a expresarse y a incorporar prácticas y valores que enriquezcan su práctica cotidiana.
La presencia del supervisor en las instituciones del nivel primario debe tender a facilitar la problematización de lo ya sabido, de la rutina instalada, de las prácticas obstaculizadoras de los procesos de enseñanza y de aprendizaje. De esta manera promoverá, nuevas miradas que permitan establecer otras relaciones, no desde una posición de control ni remarcando lo que no está bien, sino desde un marco teórico que acompañe en la revisión de las prácticas con la incorporación de estrategias innovadoras.
El trabajo del inspector demanda el desarrollo de habilidades que puedan incidir en facilitar la comprensión y la acción sobre la realidad en la que se actúa. Dichas habilidades tienen que ver con estrategias facilitadoras de la comunicación, el intercambio de saberes y la promoción del trabajo en equipo.
En síntesis, desde la Dirección de Educación Primaria se espera que quien aspire a cumplir la función de Supervisor de Enseñanza, logre apropiarse del rol como un funcionario responsable que responda a los lineamientos de la Dirección General de Cultura y Educación.

Acciones que debe efectuar el inspector de enseñanza:
 Enlazar los lineamientos emanados del Nivel Central y su implementación en las escuelas.
  • Diseñar su propio PES, en relación con el PI de cada una de las instituciones que acompaña, con el PED y el PER correspondiente.
  • Facilitar la consolidación de equipos de trabajo inter e intra institucionales.
  • Garantizar la articulación entre niveles, modalidades, organismos distritales e instituciones.
  • Promover innovaciones educativas y procesos de mejora institucional.
  • Acompañar en la consolidación de la autonomía institucional y la elaboración de su proyecto pedagógico.
  • Participar de los procesos de enseñanza y aprendizaje de los estudiantes que integran su área de supervisión.
  • Orientar y acompañar en la implementación de la actualización de  los Diseños Curriculares.
  • Promover procesos de autoevaluación institucional, poniendo especial énfasis en la implementación del Régimen Académico del Nivel.
  • Construir un liderazgo basado en su saber pedagógico.
  • Demostrar habilidad en la toma de decisiones para la resolución de conflictos.
  • Conocer, difundir y garantizar la implementación de Planes y Programas Nacionales y Provinciales que apunten a enriquecer las propuestas pedagógicas y mejoren los índices de inclusión.
  • Facilitar espacios de encuentro para la revisión colectiva de prácticas institucionales.
  • Inspirar procesos de crecimiento, conocimiento y desarrollo profesional.
  • Asesorar pedagógicamente  a los equipos de conducción.
  • Intervenir pedagógicamente a partir de sus visitas institucionales.
  • Supervisar los estados administrativos escolares y orientar en el marco de la normativa al respecto.
  • Garantizar el seguimiento y monitoreo de la sistematización de sus intervenciones y sus resultados en el territorio.
¨La gestión escolar (…) que se centra en hacer de la escuela un proyecto y gestar su mejora, es un asunto complejo y multidimensional. Se requiere un saber hacer, un poder hacer y un querer hacer que no pueden agotarse en una actuación meramente técnica o de operatividad básicamente política. Por el contrario incluyendo ambas dimensiones, la técnica y la política, se plantea la gestión escolar como una práctica crítica y profundamente vital cuyo sentido último es hacer de una escuela una buena escuela[3] Una buena escuela es aquella donde todos los estudiantes aprenden.
Bibliografía:
 Carriego, Cristina. (2005) Los desafíos de la Gestión Escolar. Una investigación cualitativa. Colección Itinerarios. Editorial Stella. Bs. As.
  • Diseño Curricular para la Educación Primaria. Resolución N? 1482/17.
  • Ley Provincial de Educación Nº 13.688, 2007.
  • Nicastro, Sandra (2006) Revisitar la mirada sobre la escuela. Exploraciones acerca de lo ya sabido. Ed. Homo Sapiens. Bs. As.
  • Régimen Académico del Nivel Primario. Resolución 1057/14
  • Reglamento General de las Instituciones Educativas de la Provincia de Buenos Aires. Decreto 2299/11.
  • Romero, Claudia (2010) Hacer de una escuela, una buena escuela. Evaluación y mejora de la la gestión escolar. Ed. Aique. Bs. As.
  • Williams de Fox, Sonia (2014) Las emociones en la escuela. Propuestas de educación emocional para el aula. Ed. Aique. Bs. As.

[1]  Ley de Educación Provincial 13.688
[2] Citado en ¨Las emociones en la escuela. Propuestas de educación emocional para el aula.” Sonia Williams de Fox. Editorial Aique. Bs. As.
[3] Claudia Romero (2010) Hacer de una escuela, una buena escuela. Evaluación y mejora de la gestión escolar. Ed. Aique. Bs. As.


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sábado, 3 de agosto de 2019

Regimen de Lidencias en la Provincia de Buenos Docentes. Artículo 114




El personal docente tiene derecho a licencias por las siguientes causas:
ARTICULO 114°:
a) Por enfermedad o accidente de trabajo.
b) Por examen médico prematrimonial.
c) Por matrimonio.
d) Por maternidad o adopción.
e) Por nacimiento de hijo.
f) Por atención de familiar enfermo.
g) Por donación de sangre.
h) Por razones de profilaxis.
i) Por unidad familiar o cuidado de familiar a cargo.
j) Por duelo familiar.
k) Por examen médico por incorporación al servicio militar.
l) Por servicio militar o incorporación a reserva de las FF.AA.
ll) Por pre-examen y examen.
m) Por citación de autoridad competente.
n) Por vacación anual.
ñ) Por donación de órganos.
o) Por causa particular.
Licencia Ordinaria por Enfermedad. .1) Personal titular hasta ciento veinte (120) días corridos por año calendario en forma continua o alternada en las siguientes condiciones:
Los primeros veinticinco (25) días con goce íntegro de haberes.
Los treinta y cinco días (35) siguientes con el cincuenta por ciento de haberes.
Los sesenta (60) días restantes sin goce de haberes.
1.2) Personal Docente provisional: gozará de la licencia determinada en este artículo e
incisos, en las condiciones y con los límites allí establecidos, hasta un máximo de veinticinco días
(25) corridos, continuos o alternados, en el año calendario. Cuando el personal Docente provisional alcance una antigüedad mínima de un año en la docencia, gozará de las licencias que se determinen en el presente artículo e inciso, en las mismas condiciones que los Docentes titulares.
1.3) Personal suplente: tres (3) días corridos por cada mes de trabajo completo cumplidos en el ciclo lectivo correspondiente hasta un máximo de veinte (20) días corridos por año calendario, computándose el desempeño en el escalafón que corresponda. El personal Docente suplente que alcance una antigüedad mínima de un (1) año en la docencia gozará de las licencias determinadas en el presente artículo e inciso, en las mismas condiciones que el personal titular.
Licencia extraordinaria por enfermedad
En caso de intervenciones quirúrgicas y/o enfermedades que produzcan incapacidad laboral invalidante por tiempo prolongado, de conformidad con lo determinado por la Junta Médica correspondiente. Esta licencia se otorgará independientemente de los plazos establecidos en 1.2.1. Personal titular con menos de cinco años de antigüedad: hasta setecientos veinticinco (725) días corridos en forma continua o alternada en las siguientes condiciones:
Los primeros trescientos sesenta y cinco (365) días con goce íntegro de haberes.
Cuando la incapacidad laborativa sea total y temporaria y la causa esté directamente vinculada con las patologías que se detallan en 2.8, hasta los 365 días con goce íntegro de haberes, renovables con las mismas condiciones por los días que se determine el organismo médico componente.
Los ciento ochenta (180) días siguientes con el cincuenta por ciento de haberes.
Los ciento ochenta (180) días restantes sin goce de haberes.
2.2. Personal titular con cinco o más años de antigüedad: hasta mil noventa y cinco (1095) días corridos en forma continua o alternada en las siguientes condiciones:
Los primeros trescientos sesenta y cinco (365) días con goce íntegro de haberes.
Cuando la incapacidad laborativa sea total y temporaria y la causa esté directamente vinculada con las patologías que se detallan en 2.8, hasta los 365 días con goce íntegro de haberes, renovables con las mismas condiciones por los días que se determine el organismo médico componente.
Los trescientos sesenta y cinco (365) días siguientes con el cincuenta por ciento de haberes.
Los trescientos sesenta y cinco (365) días restantes sin goce de haberes.
2.3. Por el período completo, sólo se podrá utilizar esta licencia una vez en la carrera Docente.
2.4. El personal que antes de cinco años de antigüedad hubiere agotado el período de setecientos veinticinco (725) días en forma completa, sólo podrá tener acceso a una diferencia de trescientos sesenta (360) días, luego de haber adquirido la antigüedad mínima de los citados cinco años. A dicha cantidad de días se accederá en las siguientes condiciones:
Los primeros ciento ochenta (180) días con el cincuenta por ciento de haberes.
Los ciento ochenta (180) días restantes sin goce de haberes.
2.5. En caso de que el personal Docente arribe a la antigüedad de cinco años, mientras se encuentra utilizando la licencia, podrá continuar y acceder a utilizar un período completo de mil noventa y cinco (1095) días, con la siguiente aclaración para el computo de los días:
Si se encuentra gozando de los primeros trescientos sesenta y cinco (365) días con goce íntegro, el computo hasta agotar los mil noventa y cinco (1095) días continuará normalmente.
Si se encuentra gozando de cualquiera de las fracciones de ciento ochenta (180) días (con el cincuenta por ciento o sin goce de haberes) se realizará la siguiente operación:
DG = Días ya utilizados correspondientes a las fracciones de ciento ochenta (180) días con el
cincuenta por ciento o sin goce de haberes.
TDG = Total de días utilizados con la conversión incluida por la diferencia de períodos.
DEG = Días de licencia que efectivamente le quedan para utilizar, a partir del día en que adquiera
la antigüedad de cinco años. 365 + (DG x 2) = TDG y luego: 1095 – TDG = DEG
2.6. Personal provisional: en iguales condiciones que el personal titular siempre que su duración no exceda de la décima parte de la antigüedad registrada en la Dirección General de Cultura y Educación a la fecha de interposición del pedido.
Cuando la incapacidad laborativa sea total y temporaria y la causa esté directamente vinculada con las patologías que se detallan en 2.8, hasta los 365 días con goce íntegro de haberes, renovables con las mismas condiciones por los días que se determine el organismo médico componente.
2.7. Personal suplente: no gozará de este beneficio, excepto en los casos en que el agente sufriera contagio en el lugar de trabajo de enfermedades infecto – contagiosas (sarampión, rubéola, hepatitis, etc.) situación que siempre deberá ser certificada y/o avalada por la Dirección de Reconocimientos Médicos, sus delegaciones, o delegaciones de la Dirección General de Cultura y Educación.
Cuando se trate de incapacidad laborativa y temporaria directamente vinculada con las patologías que se detallan en 2.8, los Docentes suplentes gozarán de licencia en los términos establecidos en los incisos 2.1.1.1, 2.2.1.1 y 2.6, siempre y cuando el término del otorgamientono exceda los términos de la designación y acrediten haber sido designados en la suplencia con anterioridad al diagnóstico de su patología.
Cada uno de los períodos de esta licencia será acumulable durante toda la carrera Docente a los efectos del cómputo total de la misma, cualquiera sea la situación de revista en que haya sido otorgada.
ISTADO DE PATOLOGÍAS CRÓNICAS (Acuerdo Paritario del 28-02-2008).
Colitis Ulcerosa.
Enfermedad Celíaca.
Enfermedad de Crohn.
Enfermedades metabólicas con afección sistémica con insuficiencia de órganos y sentidos.
Síndrome de Inmunosupresión adquirido.
Pancreatitis Crónica.
Hepatitis B, C y Hepatitis No clasificadas que evolucionan a la cronicidad con insuficiencia hepática.
Insuficiencia Hepática Crónica.
Insuficiencia Renal Crónica.
EPOC (Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica) – Asma Severo Recurrente (que no obedece a tratamiento preventivo).
Neumoconiosis – Insuficiencia Respiratoria Crónica.
Anemias Crónicas: Hemolíticas, Aplásicas, Genéticas.
Agranulocitosis Crónica.
Deficiencias del Factores de la Coagulación (VIII y IX).
Aplasias Medulares Crónicas.
Discracias sanguíneas severas.
Sarcoidosis.
Enfermedades degenerativas del SNC (Sistema Nervioso Central): Demencias o Déficit de esfera cognitiva irreversible.
Enfermedades Desmielinizantes: Esclerosis Múltiple.
Trastornos Extrapiramidales y del movimiento: Parkinson.
Demencias Orgánicas.
Lupus Eritematoso Sistémico.
Artritis Reumatoidea.
Oncológicas (Tumores malignos en tratamiento Quimio-Radio-Hormonoterapia u otra terapia alternativa con el debido respaldo científico, de cualquier sector de la anatomía).
Insuficiencia Cardíaca Crónica.
Dependientes de Oxigenoterapia intermitente.
Dependientes de Traqueotomías, Gastrostomías, Colostomías u otras ostomías de forma intermitente o permanente.
Órganos trasplantados.
RTICULO 115°: CASOS FACULTATIVOS.
a) Por estudio o perfeccionamiento docente.
b) Por representación gremial de acuerdo con las normas vigentes en la materia.
c) Por actividad de interés público o del Estado.
d) Por desempeño de cargos de mayor jerarquía en el sistema educativo.
e) Por desempeño de cargos electivos o representación política.
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domingo, 30 de junio de 2019

Ley 10579 Estatuto del Docente en la Provincia de Buenos Aires: Obligación y Derechos de los docentes




Texto Actualizado con las modificaciones introducidas por las Leyes 10614, 10693, 10743, 12537, 12770, 12799, 12867, 13124, 13141, 13170, 13414, 13936 y 14814.
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY.
ARTICULO 6°: Son obligaciones del personal docente:
a) Desempeñar digna, eficaz y responsablemente las funciones inherentes al cargo.
b) Observar dentro y fuera del servicio donde se desempeñe una conducta que no afecte la función y la ética docentes.
c) Formar a los alumnos en las normas éticas y sociales con absoluta prescindencia partidaria y religiosa, en el amor y respecto a la patria y en el conocimiento y respeto de la Constitución Nacional y la Constitución Provincial.
d) Ampliar su cultura y su formación pedagógica, procurando su perfeccionamiento.
e) Conocer, respetar y cumplir el presente estatuto.
f) Cumplir las normas que se dicten para la mejor organización y gobierno de la enseñanza.
g) Respetar las normas sobre jurisdicción y vía jerárquica en lo docente, administrativo y disciplinario.
h) Declarar bajo juramento los cargos y/o actividades oficiales o privadas computables para la jubilación que desempeñe o haya desempeñado.
i) Declarar y mantener actualizado su domicilio ante el establecimiento o repartición donde preste servicios, el que subsistirá a todos los efectos legales, mientras no denuncie otro nuevo.
j) Declarar en los sumarios administrativos ordenados por autoridad competente siempre que no tuviera impedimento legal para hacerlo.
k) Mantener el secreto, aún después de haber cesado en el cargo, de los asuntos del servicio que por su naturaleza o en virtud de disposiciones especiales sea necesario.
ARTICULO 7°: Son derechos del personal docente titular:
a) La estabilidad en el cargo, categoría, jerarquía y ubicación o destino.
b) La percepción de una remuneración justa, acorde con la responsabilidad y la jerarquía de las tareas que realiza.
c) El ascenso, la permuta y el traslado de acuerdo con las condiciones establecidas en el presente estatuto.
d) El progresivo acrecentamiento de horas-cátedra, hasta el máximo compatible.
e) El cambio de funciones en caso de disminución o pérdida de aptitudes psico-físicas, cuando no se alcancen a cumplir los requisitos establecidos para la jubilación por incapacidad.
f) El conocimiento de las nóminas de aspirantes, de sus antecedentes, y del listado por orden de mérito, en casos de concursos contrataciones, ascensos, acrecentamiento de horas-cátedra y traslados.
g) El derecho a vista en toda actuación en la que sea parte interesada, con las limitaciones que establece el presente estatuto y su reglamentación y leyes aplicables.
h) La defensa de sus derechos mediante las acciones y recursos que este estatuto y demás normas legales establezcan.
i) La concentración de tareas.
j) El ejercicio de su actividad en las condiciones pedagógicas adecuadas.
k) La consideración, por parte de las autoridades, de los problemas que afecten la unidad familiar.
l) El uso de licencias reglamentarias.
ll) El goce de vacaciones reglamentarias.
m) La libre agremiación para la defensa de sus intereses profesionales.
n) El ejercicio sin trabas de todos aquellos que son inherentes a su condición de ciudadanos.
ñ) La obtención de becas para su perfeccionamiento cultural y profesional y la consiguiente licencia si fuera necesario.
o) La participación en el gobierno escolar, integrando los distintos organismos de la Dirección General de Escuelas y Cultura, prevista en este estatuto y leyes pertinentes.
p) La percepción de la indemnización que, por enfermedad profesional y/o accidente sufrido en el o por el acto de servicio, establezcan las leyes que rijan la materia, sin perjuicio de otros beneficios y derechos que legalmente le puedan corresponder.
q) Beneficiarse con los sistemas de asistencia y previsión social que se establezcan y participar en el gobierno que los rige de acuerdo con lo que establezcan las leyes orgánicas de cada entidad.
r) El goce de una jubilación justa.
ARTICULO 8°: El personal docente suplente y provisional gozará de los derechos establecidos en el artículo anterior a excepción de los enumerados en los incisos a), c), d),e), i), k), ñ) y o).
ARTICULO 9°: Las asociaciones gremiales docentes con personería o inscripción gremial, que habiendo cumplimentado los requisitos que la reglamentación establezca, se registren en la Dirección General de Escuelas y Cultura, podrán:
a) Participar en la cogestión en materia educativa integrando con representantes un organismo permanente que tendrá como principal finalidad emitir criterio en las consultas que se le formulen sobre asuntos de interés general, sometida a consideración por las autoridades educativas, o en los temas del mismo nivel que por propia iniciativa genere el organismo, previo a la decisión político-administrativa de la cuestión.
b) Actuar como observadores en los tribunales de clasificación, en los concursos que se realicen y en la comisión permanente de estudios de títulos.
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jueves, 20 de junio de 2019

El rol de los equipos de orientación escolar



Escrito para la Revista por Aida Mireno
¿Quiénes lo integran?? Quiénes lo supervisan?
¿Rol de cada uno de los integrantes?
¿Dónde y cómo trabajan?
Es función de los Equipos de Orientación Escolar desde un enfoque integrado, interdisciplinario y de corresponsabilidad basado en el reconocimiento de la educación como derecho y bien social, proveer e indicar a los adultos responsables de los alumnos información y orientación respecto de los servicios disponibles para modalidades y Centros Educativos Complementarios, se ocupan de la atención, orientación y acompañamiento de niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos con el propósito de contribuir a la inclusión educativa y social a través del …
Los equipos de orientación escolar, con sus diferentes denominaciones, historias institucionales, modalidades de funcionamiento y formas de intervención, trabajan en todas las jurisdicciones del país junto a supervisores, directivos y docentes ante las más diversas situaciones que requieren orientación o apoyo, y en el marco de diferentes políticas y proyectos. Los integrantes de los equipos, con sus saberes provenientes de distintos campos disciplinares, tales como la pedagogía, la psicología, el trabajo social, etcétera, colaboran de manera interdisciplinaria en el sostenimiento de las trayectorias educativas de todos los niños, niñas y adolescentes que habitan nuestras escuelas.
La disposición que regula las intervenciones de los equipos de orientación en las instituciones educativas es la 76/08. En su artículo número 2- expresa” Es responsabilidad de los Equipos de Orientación Escolar de todos los Niveles y Modalidades del Sistema Educativo Provincial la atención, orientación y acompañamiento de niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos a efectos de contribuir, conjuntamente con los otros actores institucionales, a la inclusión educativa y social a través del aprendizaje.”
Los roles que se desempeñan en los equipos de orientación en las instituciones educativas son:
Orientador educacional ( OE), Maestro Recuperador ( MR u  Orientador de los Aprendizajes), Orientador  Social ( OS) , Fonouadióloga (FO o UF) , Médico/a (DO).
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miércoles, 12 de junio de 2019

Nuevo Buscador de Carreras: ¿cómo ayudar a los alumnos a decidir qué estudiar?



Ya está online el primer buscador de cursos y carreras de la provincia de Buenos Aires, con toda la oferta universitaria, terciaria, de formación profesional y de finalización de primaria y secundaria de adultos. La plataforma es una propuesta del programa provincial Orientá tu futuro, que lleva adelante desde 2018 el Consejo Provincial de Educación y Trabajo (Copret) de la Dirección de Escuelas bonaerense.
El buscador está orientado especialmente a los jóvenes, pero puede ser utilizado por personas de cualquier edad que estén interesados en continuar sus estudios de grado. El objetivo es potenciar el desarrollo profesional y educativo de los jóvenes y que puedan obtener información de todas las carreras universitarias, terciarias y cursos de formación profesional gratuitos y con certificación oficial.
El buscador también guía la búsqueda del interesado por distrito y región. En ese sentido, en lo que va del año ya se registraron 111 personas en carreras terciarias técnicas. En ese nivel, la rama de Salud e Higiene es la más elegida. Sigue la Humanística, luego Economía y jurídica, Hotelería Turismo y Gastronomía, Ingeniería en Sistemas y Arte. E
n tanto, las carreras más elegidas en general por los usuarios del buscador son Técnico en Seguridad e Higiene, Enfermería y Trabajo Social.
En Formación Profesional se preinscribieron 1.519 personas a través del buscador y las áreas de interés más elegidas en Formación Profesional son: Arte diseño arquitectura y Construcción, Ciencias Económicas, Ciencias Jurídicas, Salud e Higiene, Hotelería y Turismo e Ingeniería en sistemas.
Orientá tu futuro es un programa del Copret que tiene el objetivo de brindar herramientas de orientación vocacional y ocupacional vinculadas al autoconocimiento, la reflexión sobre intereses y aptitudes, y toda la información sobre carreras y elementos claves para la búsqueda de trabajo.
Desde el año pasado, jóvenes y adultos participaron del presente Programa tanto de manera online a través de los test de orientación vocacional que se realizan en la web https://tufuturo.abc.gob.ar/prehome, como así también de manera presencial en las aulas móviles.
El programa, entre sus propuestas, incluye talleres de confección de CV, realización de test de orientación vocacional, así como el buscador de oferta de carreras universitarias, terciarias y cursos de Formación Profesional de la provincia de Buenos Aires.
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martes, 4 de junio de 2019

SADOP docentes extraprogramaticos, Grilla. 2019



El Sindicato Argentino de Docentes Privados (SADOP), junto al Consejo Superior de Educación Católica (Consudec), la Junta Coordinadora de Asociaciones de la Enseñanza Privada de la República Argentina (Coordiep) y la Asociación de Institutos Libres de Enseñanza en General, firmaron un alza salarial del 65% para todos los docentes extraprogramáticos del país.
El acuerdo entra en vigencia desde el 1 de mayo de 2019, en tanto que en agosto las partes volverán a reunirse, a fin de evaluar una “recomposición de los valores básicos de la escala a tenor de la evolución de los índices económicos a esa fecha”, según indica el acta.
Además, los presentes acordaron continuar trabajando, a fin de poder construir una nueva estructura orgánico funcional, diseñada en base al reconocimiento de los puestos de trabajo vigentes, cargos y funciones.
La última actualización que habían recibido los educadores extraprogramáticos fue dispuesta por el Consejo Gremial de Enseñanza Privada (CGEP), el 3 de mayo de 2017. Luego de eso, SADOP instó en rever las condiciones de este sector, pero los interlocutores se negaban a abrir una instancia de diálogo.
En representación por SADOP asistieron a la firma del acuerdo María Lazzaro (Secretaria General), Jorge Kalinger (Secretario General electo), Pedro Bayúgar (Secretario Gremial) y Marina Jaureguiberry (Secretaria Gremial electa).

 Click para descargar el Acta y Grilla Salarial
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sábado, 1 de junio de 2019

Acuerdo salarial con los docentes universitarios




El Ministerio de Educación dio a conocer el acuerdo con los seis gremios docentes universitarios. Establece subas de 4% en mayo y julio y de 8% en septiembre.


El acuerdo salarial firmado el viernes, que abarca el período en curso, o sea que va de 1° marzo de 2018 al 28 febrero de 2019, prevé aumentos de entre el 24 y el 26 %, con revisiones en diciembre y en febrero. Para llegar a esos porcentajes, se deben tener en cuenta los tres aumentos otorgados en lo que va del período a cuenta de la paritaria. Estos fueron:
–       Primera etapa: a partir del 01/05/2018 un incremento del 5 (cinco) por ciento, el salario básico vigente para cada categoría al 01/03/2018.
–       Segunda etapa: a partir del 01/08/2018, un incremento del 5.8 (cinco con ochenta) por ciento el salario básico vigente para cada categoría al 01/03/2018.
–       Tercera etapa: a partir del 01/09/2018, un incremento del 4.20 (cuatro con veinte) por ciento el salario básico vigente para cada categoría al 01/03/2018.
–       Cuarta etapa: a partir de 01/10/2018 se otorgará una suma remunerativa no bonificable para cada cargo y categoría, que significará un aumento de entre el 24 y el 26 por ciento.
De acuerdo con la tabla, los aumentos son del 24% por ciento para los cargos Titulares, del 25% en el caso de los Adjuntos, del 25.5% para los jefes de trabajos prácticos (JTP), y del 26% para los ayudantes. Estos porcentajes se reflejarán en los haberes de octubre.
Los montos adicionales establecidos toman en cuenta los distintos rangos de antigüedad. Cabe aclarar, además, que el hecho de que sean no bonificables significa que no se calcularán en el plus por posgrado.
Además, el acta manifiesta explícitamente el compromiso de incorporar al salario básico los porcentajes adicionales mencionados.
La suma es remunerativa o sea en blanco y se calculan para las vacaciones, aguinaldo y jubilaciones.
En tanto, para los cuatro meses restantes del acuerdo paritario (de octubre a febrero), el acta fija dos instancias, acordadas entre las partes, de “revisión obligatoria bimestral” de las escalas salariales en relación a la inflación en dos tramos. La primera será en el bimestre noviembre-diciembre del 2018, y la segunda para el bimestre enero-febrero del 2019. Las revisiones se realizarán una vez que se conozca el IPC (Índice de Precios al Consumidor) de diciembre de 2018 para el primer tramo, y el correspondiente a febrero de 2019 para el segundo.
En cuanto a la garantía salarial, que implica que ningún docente puede estar por debajo de la misma, se fijan los montos aplicables como garantía salarial remunerativa en cada etapa:
–          A partir del 01/10/2018: $31.703,70 para los salarios de los cargos de dedicación exclusiva; $15.851,85 brutos para los cargos de dedicación semiexclusiva, y de $7.925,93 brutos para los cargos de dedicación simple, excepto la categoría ayudante de 2°.
–       A partir del 01/12/2018: $33.481,48 brutos para los salarios de los cargos con dedicación exclusiva; $16.740,74 brutos para los cargos de dedicación semiexclusiva; y de $8.370,37 brutos para los cargos de dedicación simple a excepción de la categoría ayudante de 2°.
–        A partir del 01/03/2019: $35.259,26 brutos para los salarios de los cargos con dedicación exclusiva; $17.629,63 brutos para los cargos de dedicación semiexclusiva; y de $8.814,81 brutos para los cargos de dedicación simple a excepción de la categoría ayudante de 2°.
–         A partir del 01/06/2019: $37.037,04 brutos para los salarios de los cargos con dedicación exclusiva; $18.518,52 brutos para los cargos de dedicación semiexclusiva; y de $9.259,26 brutos para los cargos de dedicación simple a excepción de la categoría ayudante de 2°.
En cuanto a la recomposición del nomenclador docente, en el acta se estableció una modificación en las relaciones vigentes entre el cargo de Titular y el de Ayudante de Primera que pasa de 1.76 a 1.8 a partir de 01/10/2018. Esto significa una recomposición salarial para todas las categorías superiores a los ayudantes.
Otro punto a resaltar respecta a la situación de los docentes ad honorem y los contratados, ya que entre las partes, se acordó destinar 50 millones de pesos a fines de atender y revertir tales situaciones. Para continuar con el tratamiento de este tema se fijó una reunión para el 2 de octubre próximo.  
En el caso de los docentes de los Colegios Universitarios, se otorgará el 15% como a los demás docentes y se agregará la suma fija que figura en esta tabla. La misma es para una carga horaria de 10 horas, con lo cual si la carga fuera otra deberá realizarse el calculo correspondiente.
En tanto que para el caso del nomenclador preuniversitario, se manifestó la voluntad de continuar con su recomposición, efectivizando ajustes en virtud de lo acordado para los universitarios y las relaciones definidas en el Convenio Colectivo de Trabajo.


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LICENCIA CONTRA LA MUJER: ENCUADRE. Provincia de Buenos Aires


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PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR LICENCIA

MEMO LICENCIA

COMUNICACION


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miércoles, 15 de mayo de 2019

Resolución CFE Nº 348/19. Inclusión de contenidos de caracter obligatorio de la temática Género y Violencia


Inclusión de contenidos de caracter obligatorio de la temática Género y Violencia contra las mujeres en trayectos formativos, cursos, evaluaciones de ascenso a cargos directivos y de supervisión.

Resolución CFE Nº 348/19 

Resolución CFE Nº 348/19

CFE: CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN

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domingo, 5 de mayo de 2019

martes, 30 de abril de 2019

Jubilación Digital

 
 
A partir del 2 de mayo de 2019  la Jubilación será Digital.
 Quienes cumplan con los requisitos podrán iniciar su trámite jubilatorio a través del portal abc ingresando con su login a jubilaciones.
 En los siguientes enlaces encontrarán  los manuales de jubilación digital, telegrama y  preguntas frecuentes.


JUBILACION DIGITAL: MANUAL

TELEGRAMA

PREGUNTAS FRECUENTES


La  Dirección de Jubilaciones y Certificaciones informa  el enlace para solicitar turno de atención al público (solo atenderá al público con turno previo)  https://turnosjubi.abc.gob.ar/web/
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sábado, 27 de abril de 2019

Formación del Plan Nacional Aprender Matemática. Materiales. Argentina

El Plan Nacional Aprender Matemática es una iniciativa que propone innovar la estrategia tradicional utilizada por los docentes a la hora de enseñar matemática para promover mejoras en el aprendizaje y construir conocimiento matemático, tal como ya sucede en algunas escuelas de nuestro país.
La parte más importante de este Plan es la de la formación de docentes para implementar estrategias metodológicas que les permitan trabajar de otra manera con los alumnos en algunas temáticas que suelen ser difíciles para ellos, como división, fracciones, proporciones, ecuaciones, entre otras, y proponerles alternativas para que logren comprender y disfrutar de la matemática dándoles oportunidades de aprendizaje que los ayude a completar todos sus estudios.
Hugo Labate, director de Diseño de Aprendizajes, dio la bienvenida a los presentes en el encuentro desarrollado en marzo y expresó las expectativas depositadas en los próximos días: “Esperamos que esta segunda etapa sea de consolidación de lo que aprendimos en la primer visita, y de adquisición de nuevas herramientas y estrategias de intervención”.
La semana se incio en marzo 7 del año 2019 con una conferencia a cargo de Daniela Reyes y Ricardo Cantoral, del Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional (Cinvestav), una institución pública mexicana dedicada al desarrollo de la ciencia, la tecnología y la educación a nivel de posgrado.
El Plan Nacional Aprender Matemática es una iniciativa del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología que propone cambiar la estrategia tradicional utilizada por los docentes a la hora de enseñar matemática para promover mejoras en el aprendizaje y construir conocimiento matemático. Sabemos que en muchas escuelas de nuestro país ya están sucediendo estas prácticas las cuales queremos destacar y ampliar.
El plan empezará en diez mil escuelas de todo el país, mitad primarias y la otra mitad secundarias. Y a cargo de su implementación habrá 650 formadores: 350 para nivel primario y 300 para secundario.
El primer cambio será dejar de lado los ejercicios automáticos. Se plantearán problemas reales, los cuales tendrán que ver con la economía cotidiana de los chicos. Los alumnos además formarán grupos para encontrar soluciones, ya que el objetivo es que aprendan “haciendo, equivocándose y experimentando”.
¿En qué consiste el Plan?
La parte más importante del Plan es la formación de docentes para implementar estrategias metodológicas que les permitan trabajar de otra manera con los alumnos.
A través de estas estrategias se les propondrá alternativas para que logren comprender, disfrutar de la matemática dándoles oportunidades de aprendizaje que los ayude a completar todos sus estudios.
El Consejo Federal de Educación aprobó los Indicadores de Progresión de Aprendizajes Prioritarios de Matemática (IPAP-M), que permiten enfocarse en saberes prioritarios a la hora de hacer la planificación para la enseñanza.
Se propone abordar la enseñanza de los temas relacionándolos con las necesidades de los estudiantes, planteando problemas y procesos de experimentación, construyendo soluciones en conjunto y relacionándolos con la vida real.
El docente no indicará ejercicios sino que planteará problemas.
Los alumnos, divididos en grupos, pensarán formas de solucionarlo y las argumentarán ante sus compañeros, para elegir finalmente la resolución más adecuada. Es un proceso de experimentación y vivencia matemática para que sean los alumnos quienes construyen las soluciones. De esta forma, se aprende haciendo, equivocándose, experimentando y la conclusión se formaliza al final.
El docente recapitula lo realizado, acompaña a los estudiantes a dejar registro de lo aprendido, aporta nueva información y establece relaciones con otros contenidos.
La evaluación se realiza a medida que los estudiantes resuelven, encontrando quiénes necesitan apoyo extra del maestro/profesor o de sus propios compañeros para comprender el contenido.

Materiales para descargar

Accedé al recurso de apoyo para nivel primario
Accedé a los recursos de apoyo para nivel secundario: Predecir (I) y Predecir (II)
Consultá los Indicadores de Progresión de los Aprendizajes Prioritarios y el Marco Nacional para la Mejora del Aprendizaje en Matemática.
Más sobre Aprender Matemática.
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