viernes, 8 de febrero de 2013

Propocional de Vacaciones para los docentes suplentes e interinos


Tabla de proporción de vacaciones
Días trabajados Días corridos
a cobrar
Desde hasta
16 45 2
46 75 7
76 105 9
106 135 14
136 165 16
166 195 21
196 225 23
226 255 28
256 285 30
286 315 35
316 345 37
346 365 42
Atención
Los docentes interinos o suplentes que posean cargos titulares cobrarán sus vacaciones de acuerdo con su o sus cargos ejercidos.


COBRO PROPORCIONAL DE VACACIONES PARA QUIENES CESARON DURANTE EL AÑO

Según el Artículo 113 del Estatuto del Docente y su Decreto regalmentario 441/95, 
 el personal provisional y suplente que no se desempeñó todo el año cobra en receso (sueldo enero que se recibe los primeros días de febrero) un proporcional a los días trabajados:, a saber:
Días Trabajados de
0 a 14, Ningún Día a Cobrar
15 a 44, Días a Cobrar 2
45 a 74, Días a Cobrar 5
75 a 104, Días a Cobrar 7
105 a 134, Días a Cobrar 10
135 a 164, Días a Cobrar 12
165 a 194, Días a Cobrar 15
195 a 224, Días a Cobrar 17
225 a 254, Días a Cobrar 20
255 a 284, Días a Cobrar 22
285 a 314, Días a Cobrar 25
315 a 344, Días a Cobrar 27
345 a 365, Días a Cobrar 30



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1 comentario:

Unknown dijo...

Hola yo ingrese el 29 de marzo de 2016 y a la fecha tengo continuidad.
Soy profesora suplente de 6° año en una escuela de enseñanza secundaria técnica.
Quisiera saber cuántos días y cuanto dinero me corresponde por vacaciones.
Gracias.